Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2009 (06/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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ejecucion de sus Planes de Reestructuracion Regional de las Comunidades Locales de Administracion de Salud ­ CLAS, por lo que resulta conveniente prorrogar por seis (06) meses adicionales el plazo para que las Comunidades Locales de Administracion de Salud - CLAS con Contrato de Administracion Compartida vigente y excepcionalmente aquellas cuyo contrato vencio el 31 de diciembre de 2007, se adecuen a la Ley N° 29124 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-SA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Prorrogar el plazo para que las CLAS se adecuen a la Ley N° 29124 y su Reglamento Prorroguese por seis (06) meses adicionales, contados a partir del 24 de MORDAZA de 2009, el plazo a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29124 aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-SA, para que las CLAS con Contrato de Administracion Compartida vigente y excepcionalmente aquellas cuyo contrato vencio el 31 de diciembre de 2007, se adecuen a la Ley N° 29124 y su Reglamento MORDAZA mencionado. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 357639-4

Estados Unidos Mexicanos, con rapida propagacion en dicho MORDAZA y tambien en algunas ciudades de los Estados Unidos de MORDAZA, asi como en paises fronterizos al nuestro, como Brasil y Colombia; hasta que el Ministerio de Salud se pronuncie oficialmente para indicar que tal situacion ha dejado de ser una amenaza para nuestra poblacion; Que, es de publico conocimiento a traves del Centro de Operaciones de Emergencia del Sector Salud (COE­ SALUD), asi como de diversos medios de comunicacion que en el departamento de Amazonas se ha producido el enfrentamiento entre las fuerzas del orden y las personas que se encuentran obstaculizando las vias de comunicacion, alterando el orden publico, llegando a ocasionar muertos, heridos y poniendo en riesgo la salud del resto de la poblacion de dicha localidad; Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la ALERTA ROJA en los establecimientos de salud de la Direccion Regional de Salud Amazonas hasta por un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- Mantener la ALERTA AMARILLA en los demas establecimientos de salud a nivel nacional, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 285-2009/MINSA, del 27 de MORDAZA de 2009. Articulo 3º.- La Oficina General de Defensa Nacional, a traves de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud comprometidas, se encargara de monitorizar, supervisar y evaluar la aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/portada/transparencia /normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 357637-1

Declaran Alerta Roja en establecimientos de salud de la Direccion Regional de Salud Amazonas y disponen mantener la Alerta Amarilla en los demas establecimientos de salud a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-2009/MINSA MORDAZA, 5 de junio del 2009 Visto: el Expediente Nº 09-046020-001, que contiene la Nota Informativa Nº 073-2009-DG-OGDN/MINSA de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud y el Informe Nº 519-2009-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 517-2004/ MINSA del 14 de MORDAZA de 2004, se aprobo la Directiva Nº 036-2004-OGDN/MINSA-V.01, "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", Que, la referida Directiva senala que la declaratoria de Alerta Roja se establece cuando se han producido danos a la poblacion, sus bienes y su entorno debido a un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectuen en forma inmediata las intervenciones y acciones de respuesta que MORDAZA necesarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 285-2009/MINSA, del 27 de MORDAZA de 2009, se declaro la Alerta Amarilla en todos los establecimientos de salud a nivel nacional, en razon de haberse producido un brote con caracteristicas de epidemia por influenza en varias ciudades de los

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de profesionales del Ministerio para participar en el MORDAZA / Taller sobre "Transporte y Politica Aerea" que se realizara en Guatemala
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2009-MTC MORDAZA, 5 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado;

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