Norma Legal Oficial del día 13 de Abril del año 2010 (13/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2010

Provincial y Distritales son Organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado proteger a la familia y promover el matrimonio, reconociendolos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Que, de igual modo, el Art. 233 del Codigo Civil, establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru. Que, el Art. 234 del acotado Codigo, establece que el matrimonio es la union voluntariamente concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para ello y formalizada con sujecion a los requisitos y documentos exigidos en el Articulo 248 del acotado Codigo. Que, el numeral 2 del Art. 84 de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", establece que son funciones de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion (...), asi como, el de promover la igualdad de oportunidades con criterio e equidad. Que, es politica de la actual gestion municipal, propiciar las bases solidas de la formacion de la familia, contribuir con la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como cedula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, de igual manera es funcion de la labor administrativa crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, en este caso a traves de la formalizacion de las uniones de hecho, de parejas que por motivos economicos y/o otra indole mantienen un estado de concubinato indefinido, correspondiendole al gobierno local de acuerdo a sus facultades promover campanas de matrimonio civil comunitario con la finalidad de procurar que las personas formalicen su estado civil. Que, asi mismo, en virtud de la facultad conferida en el Art. 252 del Codigo Civil, es pertinente dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Articulo 248 del citado Codigo Que, estando al Informe Nº 035-2010-MDP/SGUADyRC e Informe Nº 071-2010-MDP/OAJ, asi mismo, en aplicacion del Articulo 42º y uso de las facultades conferidas en el Articulo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en toda la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de manera descentralizada, conforme al siguiente cronograma: : MORDAZA sabado del mes de MORDAZA Cercado de MORDAZA MORDAZA Matrimonio : MORDAZA sabado del mes de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barrenechea Tercer Matrimonio : MORDAZA sabado del mes de Septiembre Los Huertos de Manchay. Articulo 2º.- ESTABLECER por derecho de celebracion de Matrimonio Civil Comunitario, un unico pago ascendente a la suma de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil Comunitario, son: a. Partida de Nacimiento original actualizada de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los contrayentes (mostrar Primer Matrimonio

original con el holograma de las ultimas elecciones). c. Declaracion Jurada de Solteria de cada uno de los contrayentes, en caso de contrayentes viudos o divorciados, deberan presentar Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal o certificado consular de solteria o viudez, segun sea el caso. d. Declaracion Jurada de Domicilio de cada uno de los contrayentes expedido el formato por la Municipalidad. e. Declaracion Jurada de Salud y MORDAZA de consejeria de prevencion de VIH y ETS expedido el formato por la Municipalidad. f. Recibo de Pago por derecho de celebracion del Matrimonio Civil Comunitario. g. Dos (02) testigos mayores de edad, adjuntando MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad. h. El Acta de nacimiento, certificado de solteria y certificado de domicilio del contrayente extranjero, debera contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de Origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. i. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 4º.- DISPENSAR de la publicacion de los edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion completa establecido como requisito previo y que se encuentren aptos para contraer matrimonio en merito de lo establecido en el Art. 252 del C.C. Articulo 5º.- AUTORIZAR la recepcion de los expedientes matrimoniales e inscripcion hasta 24 horas MORDAZA de las fechas programadas de la celebracion del Matrimonio a la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad y/o a las Agencias Municipales de Huertos de Manchay y MORDAZA MORDAZA Barrenechea, respectivamente. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil la publicacion de la relacion de parejas que contraeran Matrimonio Civil Comunitario en las fechas programadas en el periodico mural de la Municipalidad y/o Agencias Municipales y en la Oficina de Informatica y Estadistica, en la pagina Web de la Municipalidad, indicando en forma generica el lugar y hora donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo 7º.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano Articulo 8º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion, Secretaria General a traves de la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil, Unidad de Imagen Institucional, asi como a la Agencia Municipales de MORDAZA MORDAZA Barrenechea y Huertos de Manchay y demas Unidades Organicas el cumplimiento y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 479408-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Prorrogan plazo para el pago al contado o fraccionado del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales establecido en la Ordenanza Nº 286-MDSMP
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2010/MDSMP San MORDAZA de Porres, 31 de marzo del 2010

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