Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2010 (01/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2010

Que, mediante Acuerdo N° 160 de fecha 28 de setiembre de 2010, la Comision Alterna a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico Mauk'a Livitaka, ubicado en el distrito de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por el Director de Gestion, Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; y la Resolucion Directoral Nacional N° 500/INC de fecha 11 de marzo de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre del sitio arqueologico Mauk'a Livitaka MORDAZA Chumbivilcas Distrito Livitaca Datum PSAD56 MORDAZA 19 Datum WGS84 MORDAZA 19 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte 206657.20 8416807.24 206850.67 8417185.29

que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro (e) de Patrimonio Cultural e Industrial Culturales

572148-10 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 0149-2010-VMPCIC-MC
MORDAZA, 19 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 2803-2007-MNS-SDSPDA/DREPH/INC de fecha 18 de octubre de 2007, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia comunica que se han registrado dos (02) monumentos arqueologicos prehispanicos en el MORDAZA de ejecucion del "Proyecto de Evaluacion Arqueologica de Reconocimiento sin Excavaciones - Acceso Alternativa Caso Base Proyecto Quellaveco" a cargo de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ampuero, con R.N.A. N° BC-0722; Que, mediante Informe N° 007-2010-JAER-CNTADA-DREPH-INC de fecha 15 de setiembre de 2010, la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda que el precitado expediente sea derivado a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su evaluacion y pronunciamiento; Que, mediante Acuerdo N° 1171 de fecha 16 de setiembre de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: Cocotea I y Cocotea II, ubicados en la provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura,

Articulo 2°.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA la elaboracion del expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros

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