Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2010 (08/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010

Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante titular del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la Comision Multisectorial de Naturaleza Temporal, constituida mediante Resolucion Suprema Nº 006-2008VIVIENDA. Articulo 2º.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velaochaga, como representante titular del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante la Comision Multisectorial de Naturaleza Temporal constituida mediante Resolucion Suprema Nº 0062008-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban disposiciones y formularios para la declaracion jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2009
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 003-2010/SUNAT
MORDAZA, 7 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que segun el articulo 79º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, los contribuyentes del impuesto que obtengan rentas computables para los efectos de esta ley, deberan presentar declaracion jurada de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los medios, condiciones, forma, plazos y lugares que determine la SUNAT; Que el citado articulo faculta a la SUNAT a establecer o exceptuar de la obligacion de presentar la declaracion jurada del Impuesto a la Renta, en los casos que estime conveniente, a efecto de garantizar una mejor administracion o recaudacion del impuesto; Que por su parte, el articulo 22º del citado Texto Unico Ordenado establece que para los efectos de dicho impuesto, las rentas afectas de fuente peruana se califican en rentas de primera y MORDAZA categorias (a las que alude como rentas del capital), rentas de tercera categoria, y rentas de cuarta y MORDAZA categorias (a las que designa como rentas del trabajo); Que los articulos 49º y 51º del mismo Texto Unico Ordenado disponen que no son susceptibles de compensacion entre si los resultados que arrojen las distintas rentas netas de un mismo contribuyente, determinandose el impuesto correspondiente a cada una de estas en forma independiente, y que la renta MORDAZA de fuente extranjera se sumara a la renta MORDAZA del trabajo o a la renta MORDAZA empresarial de fuente peruana, segun corresponda. Que resulta necesario establecer los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2009; Que de otro lado, el articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 28194, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2004-EF y normas modificatorias, dispone que la MORDAZA de la declaracion y el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras a que se refiere el inciso g) del articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasion y para la Formalizacion de la Economia, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1502007-EF, se efectue conjuntamente con la MORDAZA de la declaracion jurada anual del Impuesto a la Renta; Que el MORDAZA parrafo del articulo 17º del citado Texto Unico Ordenado establece que la declaracion y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras MORDAZA senalado se realizara en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT; Que por otra parte, el articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, preve que los Contratistas que realicen actividades de exploracion y explotacion o explotacion de Hidrocarburos en mas de un area de Contrato y que ademas desarrollen otras actividades relacionadas con petroleo, gas natural y condensados y actividades energeticas conexas a las de Hidrocarburos, determinaran los resultados de cada ejercicio en forma independiente por cada area de Contrato y por cada actividad para los efectos del calculo del Impuesto a la Renta; Que en ese sentido, el articulo 6º del Reglamento de la Garantia de Estabilidad Tributaria y de las Normas

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ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Aprueban Plan de Promocion de la Inversion Privada para la concesion del proyecto "Reserva Fria de Generacion"
ACUERDO PROINVERSION Nº 322-04-2009
Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSION en su Sesion Nº 322 de fecha 30 de diciembre de 2009 "De conformidad con lo solicitado por el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Telecomunicaciones, Energia e Hidrocarburos, PRO CONECTIVIDAD mediante Oficio Nº 83-2009-CPC/PROINVERSION del 16 de diciembre de 2009, Acuerdo Comite Pro Conectividad 057-01-2009-Electricidad de fecha 15 de diciembre de 2009, Resumen Ejecutivo 094-2009/JPELEC-DAT/PROINVERSION de fecha 11 de diciembre de 2009 e Informe Legal Nº 764-2009-OAJ-MCHV, de fecha 10 de diciembre de 2009, se acuerda: 1. Aprobar el Plan de Promocion de la Inversion Privada para la concesion el proyecto: "Reserva Fria de Generacion", incorporado al MORDAZA de promocion de la inversion privada mediante Decreto de Urgencia Nº 121-2009 publicado el 24 de diciembre de 2009. 2. Gestionar la publicacion del acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba el Plan de Promocion a que se refiere el Numeral 1 precedente. Transcribir el presente acuerdo al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Telecomunicaciones, Energia e Hidrocarburos ­ PRO CONECTIVIDAD, a la Direccion de Asuntos Tecnicos, a la Oficina de Asesoria Juridica y al Jefe de Proyectos en Asuntos Electricos e Hidrocarburos, dispensandolo de la aprobacion y lectura del acta". TABATA MORDAZA DEL MORDAZA Secretaria de Actas PROINVERSION MORDAZA, 30 de diciembre de 2009.

442938-1

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