Norma Legal Oficial del día 02 de Julio del año 2010 (02/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2010

"Proyecto de la Ley de devolucion de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo" del ano 2010, bajo la presidencia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mezarina y teniendo como miembros a Marleny MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes iniciaron sus actividades el 2 de junio de 2010. 2. Conforme a la consulta al Registro de Organizaciones Politicas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra registrada como miembro valido del comite de la provincia de Abancay de la organizacion politica local Agrupacion por el Desarrollo de Abancay, la misma que se encuentra en MORDAZA de inscripcion ante el mencionado registro, situacion que le impide continuar ejerciendo el cargo de miembro de MORDAZA Electoral Especial, en virtud de los articulos 12 y 35 de la Ley N° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. 3. En consencuencia, se debe dejar sin efecto la designacion referida y proceder a la incorporacion del ciudadano que corresponda a la lista de seleccionados segun el orden establecido por sorteo publico realizado el 12 de MORDAZA de 2010, para lo cual se ha solicitado al MORDAZA Electoral Especial de Abancay que ubique a la persona que debe ser designada; habiendo informado dicho MORDAZA que el cargo corresponderia ser asumido por MORDAZA MORDAZA Aparcana Espinoza. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro del MORDAZA Electoral Especial de Abancay, dentro del MORDAZA de Elecciones Regionales, Municipales y Referendum Nacional para la Aprobacion o Desaprobacion del "Proyecto de la Ley de devolucion de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo" del ano 2010. Articulo segundo.- DESIGNAR a MORDAZA MORDAZA Aparcana MORDAZA en el cargo de miembro del MORDAZA Electoral Especial de Abancay para el MORDAZA de Elecciones Regionales, Municipales y Referendum Nacional para la Aprobacion o Desaprobacion del "Proyecto de la Ley de devolucion de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo" del ano 2010, el mismo que esta conformado de la siguiente manera:
JEE ABANCAY MIEMBROS 1. MORDAZA MORDAZA, MARLENY MORDAZA MORDAZA 2. APARCANA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA PRESIDENTE

Inscriben a la Organizacion Politica Local Distrital "Jovenes en Accion" del distrito de Carabayllo en el Registro de Organizaciones Politicas del JNE
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLITICAS RESOLUCION N° 022-2010-ROP/JNE/LIMA
MORDAZA, 25 de junio de 2010. VISTA: La solicitud de inscripcion presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pedroza, Personero Legal Titular de la Organizacion Politica Local Distrital (OPLD) "JOVENES EN ACCION", del distrito de Carabayllo, provincia y departamento Lima; CONSIDERANDO: Que, el 10 de marzo de 2010, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pedroza, Personero Legal Titular de la Organizacion Politica Local Distrital (OPLD) "JOVENES EN ACCION", del distrito de Carabayllo, provincia y departamento Lima; solicito la inscripcion de dicha agrupacion ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al articulo 17° de la Ley 28094 de Partidos Politicos, modificado por el articulo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripcion de una Organizacion Politica Local Distrital se requiere: I) Relacion de adherentes en numero no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional dentro de la circunscripcion en la que la organizacion desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitucion de un comite en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento MORDAZA, suscrita por mas de 50 adherentes debidamente identificados; Que, mediante Oficio N° 1445-2010-SGAE/GOR/ RENIEC, de fecha 29 de MORDAZA del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), informo que de un total de 1,548 firmas presentadas por la OPLD se declararon validas 941 firmas, cantidad que supera las 931 firmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comite distrital, se ha verificado que el acta de constitucion de su comite distrital ha sido suscrita por mas de 50 adherentes debidamente identificados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comite tal como se acredita con el Informe N° 064-2010-LGAA/DNFPE/JNE, de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales; Que, tambien la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundacion, que contiene la denominacion, el domicilio legal, la designacion del apoderado, representante legal, personeros legales y tecnicos; el organo directivo con mencion de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobacion de un ideario con los principios, objetivos y la vision del distrito de Carabayllo; Que, con fecha 15 de junio del 2010, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la sintesis de la solicitud de inscripcion, a efectos de que cualquier persona natural o juridica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 dias habiles posteriores a la publicacion, conforme lo senala el articulo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 15 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Servicios al Ciudadano de nuestra institucion y conforme es de verse en el Informe N° 104-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripcion, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de

Articulo Tercero.- Disponer que el presidente del MORDAZA Electoral Especial de Abancay incorpore a su MORDAZA miembro, tomandole el juramento necesario para dar inicio a sus funciones. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de la Presidencia del Poder Judicial, del Ministerio Publico, de la Contraloria General de la Republica, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio del Interior, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Asamblea Nacional de Rectores y de los interesados, la presente resolucion, para los fines pertinentes. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones www.jne.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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