Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2010 (01/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de junio de 2010

Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias; Que, por Decreto de Urgencia Nº 011-2009 se establece el financiamiento para el Programa Nacional de Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias; Que, la Oficina de Infraestructura Educativa ha propuesto la incorporacion de cuatro Instituciones Educativas Publicas al referido programa; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, la Ley Nº 29465, el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar al Programa Nacional de Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias las siguientes Instituciones Educativas Publicas:
I.I.EE San MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de San MORDAZA REGION Ica Ica Ica Ica PROVINCIA Ica Chincha Chincha MORDAZA DISTRITO Ica Chincha Alta Chincha Alta MORDAZA

2010 la realizacion del mencionado Programa de Incorporacion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliese los alcances del Programa de Incorporacion a las Areas de Gestion Pedagogica e Institucional de la MORDAZA Publica Magisterial Para Profesores con Titulo Pedagogico Nombrados segun el Regimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0131-2010-ED, para el MORDAZA de incorporacion del presente ano fiscal 2010 convocado por Resolucion Ministerial Nº 0134-2010-ED, a los profesores con nombramiento interino y que a la fecha cuentan con titulo pedagogico. Para acreditar los anos de servicios establecidos como requisitos para los diferentes niveles magisteriales, se consideraran los anos de servicio en funcion docente en virtud de su nombramiento interino. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 501120-1

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 501117-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban orden de prioridad para la asignacion de capacidad de transporte de gas natural
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 241-2010-MEM/DM MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0182010-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de MORDAZA de 2010, se establece que para la asignacion de capacidad de transporte de gas natural a firme, el Ministerio de Energia y Minas, mediante Resolucion Ministerial, podra aprobar un orden de prioridades; Que, de acuerdo con la Sexta Disposicion Complementaria de la MORDAZA Condiciones Generales para la Asignacion de Capacidad de Transporte de Gas Natural por Ductos, aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2004-EM, los Usuarios con Contrato de Transporte de Servicio Interrumpible pueden ejercer el derecho de transformar, total o parcialmente, su servicio en uno de Servicio Firme; Que, adicionalmente a la regla senalada en el considerando anterior, es necesario establecer que tendran prioridad en la asignacion de la capacidad de transporte, los usuarios cuyo inicio del servicio sea el mas proximo a la fecha en que este disponible dicha capacidad, procurando de esta manera la utilizacion inmediata de la misma por parte de los usuarios; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 018-2010-EM; Con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer un orden de prioridades para la asignacion de capacidad de transporte de gas natural, de la siguiente forma: 1. Los Usuarios con Contratos Interrumpibles que ejerzan su derecho de transformacion. 2. Dentro de los Usuarios a que se refiere el numeral

Amplian alcances del Programa de Incorporacion a las Areas de Gestion Pedagogica e Institucional de la MORDAZA Publica Magisterial para Profesores con Titulo Pedagogico Nombrados segun la Ley del Profesorado para el ano fiscal 2010
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0166-2010-ED MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial, establece: "A partir de la vigencia de la presente Ley, los profesores que ingresen o reingresen a prestar servicios al sistema educativo publico se rigen por las disposiciones de esta Ley"; Que, el MORDAZA y tercer parrafo de la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 29062, aprobado por Decreto Supremo Nº 0032008-ED, precisa: "(...) Los profesores que, al momento de aprobarse el presente reglamento, estan en servicio activo en la educacion publica y no cuentan con titulo pedagogico, podran postular a la MORDAZA publica magisterial solo si obtienen este titulo pedagogico. Al computar los anos de servicio oficial como profesor para efectos de la MORDAZA, se les contaran los anos de servicio realizados en funcion docente en virtud del nombramiento interino que tenian. No se cuentan los que hayan sido desempenados en el cargo de auxiliar de educacion o de administracion."; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0131-2010ED, se aprueba el "PROGRAMA DE INCORPORACION A LAS AREAS DE GESTION PEDAGOGICA E INSTITUCIONAL DE LA MORDAZA PUBLICA MAGISTERIAL PARA PROFESORES CON TITULO PEDAGOGICO NOMBRADOS SEGUN EL REGIMEN DE LA LEY Nº 24029, LEY DEL PROFESORADO MODIFICADA POR LA LEY Nº 25212"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 01342010-ED, se convoca para el presente ano fiscal

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