Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2011 (09/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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(01) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva superior al 50% del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado, para que la interesada concluya con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero. Previo al inicio de sus actividades productivas solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de las capacidades instaladas y el otorgamiento de las respectivas licencias de operacion. Articulo 4°.- La autorizacion de instalacion senalada en el articulo 1° de la presente Resolucion, caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion de las citadas plantas de procesamiento, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2° y 3° de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

625364-5

Otorgan permisos de pesca a las empresas Eurofish S.A. y Anilisa S.A. para operar embarcaciones pesqueras de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 160-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 11 de marzo del 2011 Visto el escrito con Registro Nº 00014763-2011 del 16 de febrero y 03 de marzo del 2011, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en Av. La MORDAZA 1257 Of. 303, Distrito de MORDAZA de MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa EUROFISH S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c), del Articulo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47° de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que, los Articulos 44° y 45° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el literal c) del Articulo 48° de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que

determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2003PRODUCE del 04 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del Articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que, mediante el escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la empresa EUROFISH S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "JO LINDA", con matricula de la Republica de Vanuatu Nº 1916 y bandera de la Republica de Ecuador, en virtud al Contrato de Fletamiento a casco desnudo de fecha 15 de agosto de 2010 a traves del cual se conserva la matricula original de la indicada embarcacion y se permite su abanderamiento en el Ecuador, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres (03) meses; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el presente expediente administrativo, la solicitante acredita que la embarcacion pesquera "JO LINDA" cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE, asi como los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 158-2011-PRODUCE/DGEPPDch, su ampliacion y con el Informe Legal Nº 255-2011PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas complementarias; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa EUROFISH S.A., representada en el MORDAZA por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca por un plazo determinado de tres meses contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion para operar la embarcacion pesquera de cerco de bandera ecuatoriana denominada "JO LINDA", para la extraccion del recurso hidrobiologico atun en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, embarcacion equipada con redes de cerco y que cuenta con caracteristicas que se detallan en el siguiente cuadro.
NOMBRE DE ARQUEO LA EMBAR- MATRICULA NETO CACION JO MORDAZA 1916 128 CAP. BOD. TAMANO DE (m3) MALLA 407 110 mm SISTEMA DE PRESERVACION R.S.W.

Articulo 2°.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo precedente, caducara automaticamente al vencer el plazo establecido en el citado Articulo o por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de la Produccion para la temporada de pesca. Asimismo, el permiso de pesca otorgado a traves de la presente Resolucion, podra ser renovado automaticamente por un periodo igual, con el

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