Norma Legal Oficial del día 20 de Agosto del año 2011 (20/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448745

Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 0022009-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo Nº 0042007-VIVIENDA; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es el titular de dominio del terreno de 3,296.58 m², signado como Area 3 del terreno ubicado entre la Curva Generada por la Av. El Silencio y el MORDAZA MORDAZA, distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12228446 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP Nº 16922 del Libro de Lima; Que, la MORDAZA de la titularidad de dominio a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, fue aprobada mediante Resolucion Nº 045-2009/SBNGO-JAR de fecha 05 de marzo de 2009, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, que modifico el articulo 74º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, corriendo debidamente inscrita en el asiento C00002 de la Partida Nº 12228446 del Registro de Predios de Lima; Que, mediante escrito ingresado a la SBN con fecha 18 de noviembre de 2008, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Larrabure, solicitan la adjudicacion en venta directa del terreno descrito en el MORDAZA considerando; Que, segun el Informe Nº 0172-2009/SBN-GO-JAD de fecha 11 de marzo de 2009, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se opina por la factibilidad de la adjudicacion en venta directa del terreno anteriormente descrito a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Larrabure, toda vez que se ha determinado que el terreno solicitado resulta colindante al predio acumulado de propiedad de los recurrentes, inscrito en la Partida Nº 12098159 del Registro de Predios de MORDAZA y cuyo unico acceso es a traves de este, razon por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el articulo 13º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, senala que la SBN, constituye un pliego presupuestal; Que, el articulo 75º.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propiedad del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN, correspondiendo en el presente caso a la SBN dada su condicion de titular de dominio, aprobar su adjudicacion en venta directa; Que, mediante Oficio Nº 097-2011-CNT ingresado a la SBN con fecha 18 de marzo de 2011, la Corporacion Nacional de Tasadores S.A.C, remitio el informe de valuacion comercial del terreno MORDAZA referido, cuyo valor asciende a la suma de US$ 119,731.79 (Ciento Diecinueve Mil Setecientos Treinta y Uno y 79/100 Dolares Americanos); Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo senalado en la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la Venta Directa por Causal de predios de dominio privado del Estado de Libre Disponibilidad" aprobada por Resolucion Nº 020-2011/SBN de fecha 08 de MORDAZA de 2011, se publico con fecha 12 de MORDAZA de 2011 en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario "Expreso", asi como en la Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasacion comercial del terreno

descrito, con la finalidad que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10 ) dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibio oferta alguna; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Larrabure, mediante carta ingresada a la SBN con fecha 01 de MORDAZA de 2011, ha manifestado su aceptacion expresa respecto del valor de la tasacion del terreno materia de venta; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 1952011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 05 de MORDAZA de 2011, la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario ha opinado favorablemente por la adjudicacion en venta directa del terreno a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Larrabure, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal a) del articulo 77º de Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162010-VIVIENDA, se ha modificado la estructura organica de la SBN, correspondiendo a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, sustentar y aprobar la disposicion de bienes estatales, previa conformidad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del Articulo 48º del citado Reglamento; Que, mediante Memorandum Nº 05684-2011/SBNDGPE de fecha 09 de MORDAZA de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 05911-2011/SBNOAJ de fecha 12 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite la conformidad de la venta directa por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 10093-2011/SBN de fecha 10 de agosto de 2011, el Superintendente Nacional de Bienes Estatales, dado su conformidad a la venta por causal, de acuerdo a lo dispuesto en el literal n) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y su modificatoria Decreto Supremo N° 002-2009VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva N° 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN, Decreto de Urgencia N° 071-2001 y Resolucion Nº 035-2011/SBN-SG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Larrabure, del terreno de 3,296.58 m², signado como parte del predio de propiedad del Estado ubicado en la Av. El Silencio y el MORDAZA MORDAZA entre la curva generada por la Av. El Silencio y el MORDAZA MORDAZA, distrito de Punta MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12228446 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado en el Registro SINABIP Nº 16922 de Libro de Lima. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a la suma de US$ 119,731.79 (Ciento Diecinueve Mil Setecientos Treinta y Uno y 79 /100 Dolares Americanos) conforme a la valorizacion actualizada efectuada por la empresa Corporacion Nacional de Tasadores, suma que debera ser cancelada en el plazo de 30 dias habiles a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Larrabure.

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