Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2011 (08/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2011 03 Negarse a presentar la documentacion requerida que garantice el cumplimiento de las normas tecnicas en defensa civil o presentar de manera inoportuna Proporcionar informacion o documentacion falsa y/o adulterada al solicitar la inspeccion o durante la ejecucion Incumplir las disposiciones de Seguridad y proteccion Incumplir disposiciones emanadas del INDECI, las Direcciones Regionales, Sub Regionales y de los comites de Defensa Civil, derivadas de la ejecucion de las Inspecciones Tecnicas de seguridad Obstaculizar y/o construir en area de seguridad interna y externa, rutas de escape, salidas de emergencias. No contar con las senales de seguridad, rutas de evacuacion, escaleras de emergencia, aereas de seguridad interna y externa, rutas de escape, salidas de emergencia No contar con un Plan de Seguridad y Evacuacion de Defensa Civil para casos de Emergencias. Mantener construcciones ruinosas o en peligro de colapso. Mantener instalaciones que contengan o usen contaminantes, material inflamable, explosivos sin las medidas de seguridad en Defensa Civil Transportar y manipular sustancias peligrosas contaminantes sin las medidas de seguridad adecuadas Crear peligro inminente que pueda derivar de un desastre que afecte la poblacion mediante la contaminacion ambiental (aire, agua, suelo), produciendo emanaciones toxicas asi como producir contaminacion auditiva o radioactiva. No exhibir carteles especificando la capacidad del local. Mantener deficiencias en la conservacion de las edificaciones destinadas al publico, creando peligro para la seguridad de los usuarios y concurrentes a dicha edificacion No solicitar la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil, luego de expirar el plazo asignado en la notificacion Municipal. No tener inspeccion Tecnica y/o Certificado de Seguridad en Defensa Civil vigente. Incumplir las disposiciones de seguridad y proteccion contra incendio. Retirar los carteles de clausura y/o cualquier sancion sin autorizacion municipal. Aperturar local o cualquier recinto clausurado sin autorizacion de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Propiciar peligro o riesgo inmediato para la seguridad de las personas, propiedad o seguridad publica. por construir, instalar o ubicar cualquier elemento en zonas de Alto Riesgo geologico y geomorfologico 100

NORMAS LEGALES
Clausura transitoria

454579

04

200

Denuncia Penal y Clausura Transitoria Clausura transitoria Clausura transitoria

05 06

50 100

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contando con el quorum reglamentario, el Informe Nº 298-2011-GAJ/MDVMT de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 2412011-SGL-GA/MDVMT de la Sub Gerencia de Logistica y el Memorandum Nº 1891-2011-GDSLCP/MDVMT de la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza, sobre la situacion de desabastecimiento inminente de bienes alimentarios para el Programa de Complementacion Alimentaria ­ P.C.A. representado por Arroz Pilado Superior; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 239-2011-SGL-GA/ MDVMT de fecha 01 de Diciembre del 2011, la Sub Gerencia de Logistica comunica a la Gerente de Desarrollo Social y Lucha Contra La Pobreza, que con fecha 25 de octubre del 2011 se convoco a MORDAZA de seleccion por Subasta Inversa Electronica Nº 003-2011/ CE/MDVMT, la Adquisicion de Arroz Pilado Superior prosiguiendo los lineamientos establecidos en la normatividad especial; asimismo, senala que la Buena Pro consentida fue informada al SEACE el dia viernes 11 de Noviembre del 2011, precisandose ademas que el ganador de la Buena Pro fue la empresa GRUPO OSJA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., razon por lo cual se le concedio un plazo a fin de que entregue la documentacion requerida para la suscripcion del contrato respectivo, lo cual no cumplio dentro de los plazos establecidos por Ley, Que, mediante la Carta Nº 099-2011-SGL-GAMDVMT, se comunica a la empresa GRUPO OSJA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., la perdida del otorgamiento de la buena Pro, siendo que con fecha 23 de noviembre del ano 2011, mediante la Carta Nº 100-2011-SGL-GA-MDVMT, y de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del articulo 28º del Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Electronica, aprobado mediante Resolucion Nº 590-2006-CONSUCODE­PRE, se cito a la empresa KATANA S.A.C., otorgandosele un plazo de cinco (05) dias habiles, periodo dentro del cual debio presentarse a suscribir el contrato correspondiente con toda la documentacion requerida, siendo el caso que dicho plazo vencio el 30 de noviembre del 2011, no cumpliendo con presentarse dicha empresa en el mencionado plazo, configurandose por tanto la situacion legal de DESIERTO del MORDAZA de seleccion MORDAZA senalado; Que mediante el Memorandum Nº 1891-2011GDSLCP/MDVMT de fecha 02 de diciembre del ano 2011, la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha Contra La Pobreza, manifesto su preocupacion al haber quedado el MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de Arroz Pilado Superior en la situacion legal de desierto, por lo cual se ha presentado una situacion imprevista, extraordinaria que devendria en un desabastecimiento inminente de la provision de bienes para el Programa de Complementacion Alimentaria de esta Entidad, representados por el insumo alimentario de Arroz Pilado Superior en una cantidad equivalente a 118,052.10 kg; situacion que implica la adopcion de medidas administrativa y legales pertinentes con la finalidad que en breve plazo se pueda cumplir con la entrega de los citados bienes, a fin de que se pueda atender la necesidad de un gran sector de la poblacion que vive en pobreza y pobreza extrema y que corresponde aproximadamente al 7% del total de la poblacion villamariana (400,000 habitantes), situacion que ademas a la postre podria afectar su salud; Que, mediante el informe Nº 241-2011-SGL-GA/ MDVMT de fecha 02 de diciembre del 2011, la Sub Gerencia de Logistica, remite a a la Gerencia de Asesoria Juridica el informe tecnico correspondiente y los terminos de referencia para la adquisicion de Arroz Pilado Superior, solicitando opinion legal sobre el particular, por presentarse una inminente situacion de desabastecimiento de bienes para el Programa de Complementacion Alimentaria representados por 118,052.10 kg., de Arroz Pilado Superior, es decir, nos encontramos ante una situacion de desabastecimiento inminente de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado ­ Decreto Legislativo Nº 1017, debiendose precisar ademas, que de acuerdo a lo expuesto en el

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Clausura transitoria Clausura transitoria

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Clausura definitiva

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200

726288-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes alimentarios para el Programa de Complementacion Alimentaria - P .C.A.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 084-2011-MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 5 de diciembre del 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, bajo la presidencia de la Senora Alcaldesa

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