Norma Legal Oficial del día 30 de Junio del año 2011 (30/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
LA ALCALDESA DE LA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO:

445657
MUNICIPALIDAD

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 7471-2011 MORDAZA, 21 de junio de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesion de la Comision Evaluadora de fecha 24 de marzo del 2011, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con matricula Nº N-4047 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 658703-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Encargan a EMAPE S.A. la ejecucion y supervision de proyectos y obras contenidos en el Plan de Accion y Presupuesto Municipal del Ano Fiscal 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006 MORDAZA, 21 de junio de 2011

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 533 de fecha 27 de diciembre del 2010, se aprobo el Plan de Accion y Presupuesto 2011 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Empresa Municipal Administradora de Peaje de MORDAZA S.A. ­ EMAPE S.A. es una empresa de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuyo objeto social principal es dedicarse a la construccion, remodelacion, conservacion, explotacion y administracion de autopistas, carreteras y demas vias de MORDAZA rapido, en forma directa o por contrato o encargo con terceros; pudiendo de igual forma, encargarse del ornato y del mantenimiento de las respectivas areas verdes y anexas, asi como de la cobranza y administracion del sistema de peaje; ademas de otras actividades, obras y servicios relacionados con su objeto social, que acuerde su Directorio o le encargue la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Oficio Nº 058-2011-EMAPE/GG-GAL, de fecha 29 de MORDAZA de 2011, la Gerencia General de la Empresa Municipal Administradora de Peaje de MORDAZA ­ EMAPE S.A. comunico que su Directorio acordo solicitar al Concejo Metropolitano se le encargue los proyectos y obras siguientes: i) mantenimiento de vias metropolitanas; ii) mejoramiento, construccion y rehabilitacion de vias metropolitanas; y, iii) proyectos y conjuntos de proyectos de caracter estrictamente social bajo el MORDAZA de inclusion de las poblaciones bajo la jurisdiccion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; incluyendose en la delegacion tanto los proyectos y obras consignados en el Plan de Accion y Presupuesto Municipal del Ano Fiscal 2011, asi como los que pudieran incluirse en el presente ano; Que, dicha solicitud se fundamenta en la experiencia y capacidad tecnica con la que cuenta la empresa para la ejecucion de las obras y proyectos MORDAZA senalados; Que, mediante Memorando Nº 384-2011-MML-GP de fecha 6 de junio de 2011, la Gerencia de Planificacion no manifiesta inconveniente alguno respecto del encargo solicitado, no obstante, recomienda que se formalice a traves de un convenio interinstitucional; Que, con el Memorando Nº 2011-06-315-MML/GF, la Gerencia de Finanzas senala que la propuesta es viable siempre que se enmarque dentro de las disposiciones contenidas en el literal b) del articulo 59º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, que previa a la ejecucion del encargo se cuente con credito presupuestario en el Plan de Accion y Presupuesto y que los nuevos proyectos de inversion publica se incluyan en el referido Plan; Que, a traves del Informe Nº 106-2011-MML-GAJSAAC de fecha 16 de junio de 2011, la Gerencia de Asuntos Juridicos considera viable la propuesta, la cual podria formalizarse incluso a traves de un Decreto de Alcaldia siempre que se observen estrictamente las recomendaciones formuladas por la Gerencia de Finanzas; Que, en efecto, el ultimo parrafo del Articulo MORDAZA del Estatuto de EMAPE S.A. establece que la Sociedad podra realizar las actividades, obras y servicios relacionados con su objeto social que acuerde su Directorio o le encargue la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ya sea por intermedio del Concejo Metropolitano o de la senora Alcaldesa Metropolitana de Lima; Que, estando a que el encargo solicitado por la empresa municipal se realiza con sustento en la especialidad con la que cuenta en la construccion y en general administracion de todo MORDAZA de vias, lo que se acredita de las obras realizadas a la fecha para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA asi como los encargos conferidos expresamente a merito de los Decretos de Alcaldia Nos. 077 y 100 de los anos 2000 y 2003 respectivamente, resulta necesario atender a la propuesta realizada; Estando a lo expuesto y, de conformidad con el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y lo previsto en el Articulo MORDAZA del Estatuto de EMAPE S.A.;

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