Norma Legal Oficial del día 30 de Junio del año 2011 (30/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica segun los plazos establecidos en el Articulo 4º de la Ley Nº 29608. 2.7. Otras funciones que le asigne el MORDAZA en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 29608. Articulo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia de Administracion, la remision de la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, para su conocimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGASE a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 658952-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 149-MDLM
ORDENANZA Nº 212 La MORDAZA, 21 de junio de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO : en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 01-2011 de las Comisiones de Promocion Comercial, Asuntos Juridicos, Desarrollo MORDAZA y Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica, sobre el proyecto de Ordenanza modificatoria de la Ordenanza Nº 149; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, asimismo, el Articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que el Articulo 79º, numeral 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que es funcion exclusiva de las municipalidades distritales, entre otras, normar, regular y otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; Que el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º, numeral 4), de la Constitucion, tienen rango de Ley; Que el Articulo 49º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que la autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios, cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente, o constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de defensa civil, o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario; Que, con fecha 5 de febrero de 2007, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, la cual establece las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento expedida por las municipalidades;

Que, con fecha 08 de agosto de 2007, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 149-MDLM, que aprueban normas para el otorgamiento de licencia municipal de funcionamiento en el distrito, adecuando el MORDAZA normativo de esta comuna a los alcances de la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976; Que, la Ordenanza Nº 149-MDLM establecio un Procedimiento de Evaluacion Previa para el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento; Que, en la medida que los numerales 2 y 3 del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, permiten a las autoridades administrativas la aplicacion supletoria de los principios administrativos recogidos en la misma, es que resulta factible incorporar un Procedimiento de Aprobacion Automatica de Licencias de Funcionamiento dentro de la Ordenanza Nº 149, acorde con los principios de Celeridad, Eficacia y Simplicidad; Que, para una adecuada implementacion del Procedimiento de Aprobacion Automatica y del mejoramiento de los procedimientos existentes en la Ordenanza Nº 149 para otorgamiento de la licencias de funcionamiento, es que resulta conveniente realizar modificaciones a la referida Ordenanza; Que, a traves de la Ordenanza Nº 210, de fecha 27 de MORDAZA de 2011, se aprobo la Estructura Organica, Reglamento de Organizacion y Funciones y Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad, la que tendra que ser considerada a efectos de la aplicacion de la Ordenanza Nº 149-MDLM y la presente ordenanza modificatoria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 149-MDLM Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 149-MDLM, por el siguiente texto: Articulo Sexto.- Para efectos de la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza se entiende por: a) Licencia Municipal de Funcionamiento.- Es el documento que autoriza el funcionamiento de un establecimiento, en el cual se detallan las actividades economicas o giros a desarrollar, area de uso autorizada, zonificacion, ubicacion, razon social y/o nombre del conductor, codigo catastral, el horario de funcionamiento, fecha de inicio de actividades, el numero del expediente y de la Resolucion Subgerencial que aprueba el procedimiento y establece las caracteristicas y condiciones bajo las cuales se otorga la licencia. Su vigencia es indeterminada, de conformidad con lo establecido en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976. b) Licencia de Funcionamiento Especial.- Es aquella Autorizacion otorgada de conformidad con la Ordenanza Nº 062-MDLM, para los establecimientos que se encuentren ubicados en Urbanizaciones en MORDAZA de Recepcion de Habilitacion MORDAZA, Urbanizaciones Progresivas o Asentamientos Humanos. Se otorga mediante un documento que autoriza el funcionamiento de un establecimiento determinado, en el cual se detallan las actividades economicas o giros, area de uso autorizada, zonificacion, ubicacion, razon social y/o nombre del conductor, codigo catastral, el horario de funcionamiento, fecha de inicio y vencimiento de actividades, el numero de expediente que aprueba el procedimiento, y establece las caracteristicas y condiciones bajo las cuales se otorga la Autorizacion. c) Licencia de Funcionamiento para Cesionarios.- Es la autorizacion que permite la realizacion de actividades simultaneas y adicionales en un establecimiento que ya cuenta con una Licencia previa, pero que tienen una razon social distinta. d) Licencia de Funcionamiento por Campana.- Es aquella que se confiere a establecimientos que desarrollan sus actividades comerciales, industriales y/o de servicios por tiempo determinado.

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