Norma Legal Oficial del día 15 de Mayo del año 2011 (15/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
VISTA:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2011

conocimiento del magistrado evaluado en su entrevista publica y durante el MORDAZA mismo, por tanto lo expresado en la resolucion recurrida se encuentra con arreglo al MORDAZA de legalidad. Noveno.- Finalmente, la recurrida ha sido formulada en estricta observancia y cumplimiento de la Constitucion y lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 26397 que dispone que para efectos de la ratificacion de jueces y fiscales, el Consejo Nacional Magistratura evalua la conducta e idoneidad en el desempeno del cargo, ademas es un MORDAZA de evaluacion integral, no aislado, respecto de todos y cada uno de los indicadores y parametros legales y reglamentarios, que han determinado que el CNM, de acuerdo al conjunto de elementos objetivos ofrecidos en el MORDAZA, por unanimidad, en sesion de 10 de enero de 2011 decida retirar la confianza al magistrado recurrente. Decimo.- Se debe insistir que la decision adoptada se ha sustentado unicamente en elementos objetivos, contrastables con los instrumentos que conforman el expediente y que fueron de pleno conocimiento del magistrado evaluado, quien ha tenido conocimiento absoluto de todo lo actuado en su MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion, asi como lo comprobado en la audiencia publica, por lo que no se ha afectado el debido MORDAZA formal ni sustancial, ni de ningun derecho fundamental referido al evaluado; estando a lo expuesto y a lo acordado por unanimidad del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion de 4 de MORDAZA de 2011, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 46º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Nº 635-2009-CNM. SE RESUELVE: Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso Extraordinario interpuesto por el magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 033-2011-PCNM, de 10 de enero de 2011, que dispone no renovarle la confianza y, en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Juez Especializado en lo Civil de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque. Segundo.- Disponer la ejecucion inmediata de la citada resolucion de no ratificacion, de conformidad con el articulo 48º del Reglamento de Procesos de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAEZONO YAMASHITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ DE LA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA

La solicitud presentada por el Banco Financiero del Peru para que se le autorice el cierre de una (01) agencia, de acuerdo al detalle de la parte resolutiva de la presente resolucion; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Financiero del Peru el cierre de una (01) agencia, segun el siguiente detalle: - Agencia ubicada en la Av. Salaverry Nº 3100, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca

639946-1

UNIVERSIDADES
Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingenieria para realizar estadia de investigacion en MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 675
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 Visto el Oficio Nº 228-FC-D-2011 de fecha 4 de MORDAZA de 2011, del Decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Ingenieria; respecto a la estadia de investigacion del profesor Dr. MORDAZA Ocana MORDAZA en el Instituto Nacional de Investigacion Agronomica (INRA) ­ Francia; CONSIDERANDO: Que, el articulo 137º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria, establece que la Universidad apoya la investigacion, estimulando a sus profesores mediante incentivos economicos o de otra indole, investigacion o trabajo cientifico que se expresa en estudios, proyectos, tesis, monografias, articulos cientificos, contribuciones en congresos y otros eventos cientificos nacionales e internacionales; Que, el Decano de la Facultad de Ciencias mediante el Oficio Nº 228-FC-D-2011 de fecha 4 de MORDAZA de 2011, MORDAZA con Oficio Nº 228a-FC-D-2011 de fecha 6 de MORDAZA de 2011, solicita se autorice el viaje del profesor Dr. MORDAZA Ocana MORDAZA para que realice una estadia de investigacion en el Instituto Nacional de Investigacion Agronomica (INRA) ­ MORDAZA del 08 de MORDAZA del 2011 al 02 de MORDAZA del 2011; manifestando que el costo del pasaje equivale a la suma de S/. 6,590.94, el mismo que se encuentra programado en el MORDAZA del Proyecto de Investigacion: "Modernizacion Matematica y Simulacion Orientada a la Gestion de Recursos Humanos", registrado en el Instituto de Investigacion de la Facultad de Ciencias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el articulo

639907-4

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Financiero del Peru el cierre de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 6065-2011
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2011

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