Norma Legal Oficial del día 21 de Septiembre del año 2011 (21/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 794-2011-MTC/03
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 VISTAS, las solicitudes de registro Nº 2011-024277, Nº 2011-023912, Nº 2011-024230, Nº 2011-024279, Nº 2011-020342, Nº 2011-015017, Nº 2011-024256 y Nº 2011024267, presentadas por CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., sobre renovacion de ocho (08) autorizaciones otorgadas para prestar servicio de radiodifusion en las localidades de MORDAZA, Barranca-Paramonga, HuachoHuaura-Hualmay, Pucallpa-Puerto Callao y Trujillo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1080-2001MTC/15.03 de fecha 19 de diciembre de 2001, se otorgo a la empresa CORPORACION ELECTRONICA PERUANA S.A.C. RADIO MORDAZA DEL PERU, autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 805-2007MTC/03 de fecha 19 de octubre del 2007, se declaro aprobada, a favor de CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., la transferencia de, entre otras, las autorizaciones otorgadas mediante Resolucion Ministerial Nº 537-96-TCC/15.17 y Resolucion Viceministerial Nº 1080-2001-MTC/15.03; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2012011-MTC/03 de fecha 21 de febrero de 2011, se adecuo, por mandato expreso de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 060-2010MTC, el plazo de vigencia de diversas autorizaciones otorgadas para prestar servicios de radiodifusion, entre ellas la otorgada a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. con Resolucion Ministerial Nº 537-96-TCC/15.17, otorgandose autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de BarrancaParamonga, departamento de Lima; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 501-2011MTC/03 de fecha 17 de MORDAZA de 2011, se declaro aprobada al 04 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de, entre otras, las autorizaciones otorgadas a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. con Resoluciones Ministeriales Nº 440-94-MTC/15.17 (localidad MORDAZA, departamento de Ayacucho), Nº 255-95MTC/15.17 (localidad MORDAZA, departamento de La Libertad), Nº 392-93-TCC/15.17 (localidad MORDAZA, departamento de La Libertad), Nº 122-94-TCC/15.17 (localidad Huacho-HuauraHualmay, departamento de Lima), Nº 269-97-MTC/15.19 (localidad Pucallpa-Puerto Callao, departamento de Ucayali) y Nº 118-95-MTC/15.17 (localidad Pucallpa-Puerto Callao, departamento de Ucayali); Que, mediante las solicitudes de registro Nº 2011-024277, Nº 2011-023912, Nº 2011-024230, Nº 2011-024279, Nº 2011020342, Nº 2011-015017, Nº 2011-024256 y Nº 2011-024267, CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. solicito la renovacion de las autorizaciones senaladas en los considerandos precedentes; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, concordados con el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establecen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion, teniendose ademas por presentada la solicitud si a la la fecha del termino de su vigencia, los titulares de la autorizacion se encuentren operando y ademas que esten al dia en sus pagos o cuenten con solicitud o con fraccionamiento vigente;

Que, conforme a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el procedimiento administrativo de renovacion de autorizacion esta sujeto a silencio positivo, con un plazo de atencion de ciento veinte (120) dias habiles; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusion; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 3007-2011MTC/28, opina que corresponde renovar a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. las autorizaciones otorgadas mediante las resoluciones senaladas en los considerandos precedentes, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar las autorizaciones, que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, otorgadas a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en diferentes localidades del pais. Articulo 2º.- La renovacion de las autorizaciones a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en consecuencia, venceran en el plazo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, por cada autorizacion. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de las autorizaciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Las estaciones consideradas de baja potencia se encuentran exceptuadas de efectuar las mediciones senaladas. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

ANEXO RENOVACION DE AUTORIZACIONES - CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C.
Nº TITULAR AUTORIZACION RESOLUCION Nº 1 CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. RVM 501-2011-MTC/03 FECHA VENCIMIENTO 23-12-2014 SOLICITUD DE RENOVACION Nº FECHA FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION 23-12-2024 LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD

2011-024277 30-5-2011

MORDAZA

MORDAZA

FM

SONORA

COMERCIAL

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