Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2011 (28/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2011

· Inadecuada calidad y acceso oportuno los servicios de salud, educacion, identidad, agua y saneamiento, prioritariamente en grupos vulnerables. · Significativos indices de discriminacion y violencia, prioritariamente contra la ninez, adolescencia y mujer, en el MORDAZA de la igualdad de genero. · Inadecuada calidad y cobertura de los Servicios Publicos a nivel rural y MORDAZA marginal, implementando Politicas Regionales y Locales. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, acorde a las politicas Nacionales y desarrollo social y en respuesta a la problematica regional, con el objetivo de acortar las brechas e inequidades en la poblacion de su jurisdiccion, ha emitido la siguiente normatividad: - Acuerdo de la primera sesion de consejo regional, que "Declare la lucha frontal contra la Desnutricion Cronica Infantil, como prioridad fundamental en el Gobierno Regional de Ancash. Acuerdo de Consejo Regional Nº 006-2007-GRA/CR. - Ordenanza Nº 004-2006-REGION ANCASH/CR, que aprueba la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria ­ ERSA. - Ordenanza Nº 007-2008- REGION ANCASH/CR, que aprueba la Estrategia de Seguridad Alimentaria "Creciendo Contigo" que articula la ERSA y la Estrategia Nacional CRECER. - Resolucion Nº 028-2009-REGION ANCASH/ CR, que aprueba el Plan Articulado de Seguridad Alimentaria "Creciendo Contigo" y disponer su difusion e implementacion. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968 y 29053 y demas normas pertinentes; y estando a lo acordado por Unanimidad en Sesion Ordinaria llevada a cabo el dia 15 de MORDAZA del ano dos mil once. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR de prioridad e interes Regional, la REDUCCION DE LOS INDICADORES DE POBREZA Y POBREZA EXTREMA EN EL AMBITO DE LA REGION MORDAZA, con el liderazgo Politico de la Presidencia del Gobierno Regional de Ancash. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la orientacion tecnica, creando y fortaleciendo mecanismos de concertacion y articulacion a nivel regional y local, con el respectivo presupuesto institucional, la elaboracion e implementacion del Plan Regional de Superacion de la Pobreza de MORDAZA, como herramienta de Gestion del Gobierno Regional y Gobiernos Locales, enmarcada en la Politicas Nacionales. Articulo Tercero.- ASIGNAR los recursos necesarios hasta en un 7% (siete por ciento), para la implementacion de planes, programas y proyectos orientados a las metas de reduccion de la pobreza, en la Region en Ancash. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano 2011. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Presidente 695354-1

Establecen disposiciones para implementar el desarrollo del Programa de Apoyo Alimentario Regional (PAAR)
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2011-REGION ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que conforme al articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado y el articulo MORDAZA de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el articulo 192 de la Constitucion Politica del Peru le otorga competencia a los Gobiernos Regionales en materia de Agricultura, Pesqueria, Industria, Agroindustria, Comercio, Turismo, Energia, Mineria, Vialidad, Comunicaciones, Educacion, Salud y medio Ambiente, conforme a Ley. Que la Ley Organica de Gobiernos Regionales senala competencia y otorga funciones especifica a los gobiernos regionales en: Articulo 9 inciso e) para promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes. Articulo 10 inciso a) senala como competencia exclusiva de planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar programas socio economicos correspondientes en MORDAZA con el plan regional de desarrollo. Articulo 52 inciso a) otorga funciones especificas para formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar planes y politicas en materias pesqueras y produccion acuicola de la region. Articulo 60 inciso a) senala las competencias para formular, aprobar, y evaluar politicas en materias de desarrollo social e igualdad de oportunidades. Que, la Ley General de Pesca aprobado mediante Decreto Ley Nº 25977 en su articulo 11º senala que se debe propiciar un ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservacion a largo plazo con la obtencion de mayores beneficios economicos y sociales. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 21º de la mencionada Ley, dispone textualmente " El Estado promueve preferentemente, las actividades extractivas de los recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo. Que, el articulo 17º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PE establece el Regimen de abastecimiento permanente a la industria conservera, congeladora y de curados disponiendo que el Ministerio de Pesqueria constituira el regimen correspondiente para tal fin, con el cual se MORDAZA pleno cumplimiento a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 21º de la Ley. Dicho regimen guardara MORDAZA con el MORDAZA de aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos; Asimismo el gobierno mediante D.S N.º 002-2007PRODUCE ha declarado de importancia estrategica y de interes nacional la promocion del consumo de anchoveta y de pota, asi como la difusion de sus propiedades alimenticias. Que la industria pesquera de produccion para el consumo humano directo (conservas, congelados y curados) es la que da mayor valor agregado a los recurso hidrobiologicos, siendo la primera generadora de fuente de trabajo y responsable de producir y abastecer a millones de peruanos y extranjeros con alimento rico en proteina y a precios al alcance de las poblaciones mas necesitadas, cumpliendo asi una gran labor socioeconomica. Que mediante el articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 030-2009-Region MORDAZA se creo el "PROGRAMA DE APOYO ALIMENTARIO REGIONAL"PAAR como mecanismo de promocion de consumo

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