Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2011 (28/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2011

obras de habilitacion MORDAZA, pudiendo ser estas objeto de prorroga y modificacion; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 32° del Decreto Supremo N° 024-2010-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 003-2010-VIVIENDA, en caso se trate de una habilitacion MORDAZA a ejecutarse por etapas, de acuerdo a lo establecido en el articulo 11° de la citada Ley, se podra solicitar una Licencia por cada etapa en base a un "Proyecto Integral", cuya aprobacion tendra una vigencia de 10 anos; Que, mediante el expediente del visto, ingresado el 27 de junio de 2011, se solicita Modificacion de la Habilitacion MORDAZA aprobada mediante la Resolucion Gerencial N° 000307-2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003 respecto del terreno de 31,792.00 m², constituido por el Sub Lote 5-A de la parcelacion Semi MORDAZA MORDAZA La MORDAZA, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en el sentido de que se determine una Habilitacion MORDAZA por Etapas; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 37° de la MORDAZA GH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones ­ RNE, en los casos que el area por habilitar se desarrolle en etapas, se debera elaborar un "planeamiento integral" que comprenda la red de las vias y los usos de la totalidad del predio; Que, el articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 341 modificado por el articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 786-MML establece que la definicion y aprobacion de las vias locales son de competencia exclusiva de las municipalidades distritales dentro de su jurisdiccion, por lo que corresponde a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA la aprobacion del Proyecto Integral que determine las Etapas en las que desarrollara la habilitacion MORDAZA que fuera aprobada mediante la Resolucion Gerencial N° 000307-2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003; Que, en aplicacion del MORDAZA de Legalidad, MORDAZA de Presuncion de Veracidad, MORDAZA de Celeridad, MORDAZA de Verdad Material y MORDAZA de Simplicidad establecidos en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444; se recepciona el presente tramite procediendo a su evaluacion de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 29090, su modificatoria y reglamentos; Que, mediante el Informe N° 046-2011/MAGP de fecha 01 de MORDAZA de 2011, se senala que efectuada la evaluacion de la documentacion que obra en autos se han determinado una serie de observaciones en la propuesta de modificacion presentada, debiendo proceder a la adecuacion de la misma a la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Baja ­ R1 del terreno de 31,792.00 m², constituido por el Sub Lote 5-A de la Parcelacion Semirustica El MORDAZA La MORDAZA, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, mediante la Resolucion Gerencial N° 000307-2003MDLM-GDU de fecha 28.10.03, con la cual se aprobo el plano signado con el N° 008-2003-MDLM-GDU-SGOPriv; considerando para ello la normatividad vigente a la fecha de dicha tramitacion respecto a zonificacion, vias y aportes reglamentarios; todo ello con el objeto de no incurrir en lo dispuesto en el articulo 22° de la Ley N° 29090; Que, con Oficio N° 1306-2011-MDLM-GAPC/SGOPHU de fecha 05 de MORDAZA de 2011, se notifican a la administrada las observaciones determinadas conforme al informe citado en el parrafo que antecede; Que, mediante el Anexo N° 01 de fecha 11 de MORDAZA de 2011, la administrada da respuesta al Oficio N° 13062011-MDLM-GAPC/SGOPHU de fecha 05 de MORDAZA de 2011, adjuntando para ello cierta documentacion para su evaluacion correspondiente; Que, mediante el Informe N° 049-2011/MAGP de fecha 12 de MORDAZA de 2011, se efectua la evaluacion de la nueva documentacion presentada con el fin de subsanar las observaciones determinadas y comunicadas oportunamente, concluyendo que se remitan los actuados al Area de Catastro para la evaluacion correspondiente de acuerdo a sus competencias; Que, mediante el Informe N° 280-2011/JGP de fecha 15 de MORDAZA de 2011, se senala que de la revision de la documentacion tecnica y segun la evaluacion de la poligonal presentada y el Cuadro Tecnico del Plano

Perimetrico en concordancia con el plano catastral, se distingue que la poligonal corresponde a su ubicacion, se superpone a via publica colindante, y a su vez determina un area de 31,775.89 m², que no concuerda con el area descrita en la Partida N° 11590702. Asimismo, indica que las medidas perimetricas con respecto a las medidas descritas en el plano topografico, y a las consignadas segun los valores de posicionamiento geografico no concuerdan; Que, mediante el Oficio N° 1575-2011-MDLM-GAPC/ SGOPHU de fecha 18 de MORDAZA de 2011, se comunica a la administrada las observaciones indicadas en los informes tecnicos MORDAZA citados, correspondientes a las verificaciones efectuadas, otorgandosele un plazo de cinco (05) dias utiles a fin de que cumplan con subsanarlas; Que, mediante el Anexo N° 02 de fecha 21 de MORDAZA de 2011, la administrada adjunta documentos entre ellos uno en el que consta que el Director Gerente de la empresa Inmobiliaria y Constructora Manco Capac S.A. declara que se ratifica respecto a la informacion contenida en sus planos y asume la responsabilidad sobre la inscripcion registral del presente procedimiento; Que, mediante el Informe N° 055-2011/MAGP de fecha 21 de MORDAZA de 2011, se senala que efectuada la evaluacion de la nueva documentacion presentada se determinan algunas observaciones subsanables y no significativas; resulta procedente la continuacion del tramite debiendo contar previamente con el pronunciamiento del Area de Catastro; Que, mediante el Informe N° 291-2011/JGP de fecha 22 de MORDAZA de 2011, se senala que efectuada la verificacion de los datos tecnicos (Coordenadas UTM), contenidos en el Plano HU01 que obra a fs. 128, estas son las mismas que contiene el Plano U-01 y T-01 que obra a fs. 50 y 51 respectivamente, concluyendo que se ratifica el contenido del Informe N° 280-2011/JGP de fecha 15 de MORDAZA de 2011; Que, mediante el Informe N° 119-2011-MMJ de fecha 27 de MORDAZA de 2011 se emite pronunciamiento legal del documento con el cual el Director Gerente de la empresa Inmobiliaria y Constructora Manco Capac S.A. declara que se ratifica respecto a la informacion contenida en sus planos y asume la responsabilidad sobre la inscripcion registral del presente procedimiento, se tiene que en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, asi como de lo dispuesto en el numeral 42.1 del articulo 42° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y que de lo senalado en el Informe N° 280-2011/ JGP, se puede concluir que al ser el area de la poligonal menor a la consignada en la Partida registral del predio y al encontrarse la misma en su ubicacion, no se estaria afectando propiedad de terceros; Que, mediante el Informe N° 063-2011/MAGP de fecha 27 de MORDAZA de 2011, se senala que conforme a lo indicado en la evaluacion efectuada mediante los Informes N° 049 y N° 055-2001/MAGP de fechas 12 y 21 de MORDAZA de 2011 respectivamente, se advierte que el presente procedimiento administrativo consiste en la Modificacion del Proyecto de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Baja R1 en una Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Baja R1 por Etapas; la cual se MORDAZA en la aprobacion efectuada mediante la Resolucion Gerencial N° 000307-2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003, en la cual se respeta el proyecto aprobado con el Uso Residencial de Baja Densidad "R1", con un reajuste en el area util (resultado del replanteo que la normatividad permite), y del area de vias como resultado de la determinacion de un area de compensacion; siendo que estas variaciones no resultan sustanciales, al no haberse modificado las areas de los aportes reglamentarios que fueran aprobadas, las cuales ya han sido cedidas a las entidades receptoras de conformidad a lo dispuesto en la normatividad vigente, cumpliendo con ello con los dispositivos legales sobre la materia; Que, mediante el Informe N° 129-2011-MMJ de fecha 04 de agosto de 2011, se emite pronunciamiento legal respecto del presente procedimiento, senalando que en los casos cuyas propuestas de modificacion no MORDAZA consideradas sustanciales se procedera a la modificacion

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