Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2011 (28/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2011

· Catalogos, muestrarios e instrucciones relativos al bien y/o servicios, respecto de los bienes, su uso, de ser el caso. · Compromiso de declaracion jurada que el(los) bien(es) se encuentra(n) en optimas condiciones y/o que se cumplira con los servicios ofrecidos. 5. Estado de Cuenta Corriente a la fecha de MORDAZA de la solicitud y/o Liquidacion de Tributos, con la reserva de los intereses y moras que resulten al final de procedimiento. La Unidad de Tramite Documentario y Archivo verificara que la solicitud cumpla con la MORDAZA de todos los documentos exigidos, en caso de faltar algun requisito notificara al contribuyente estableciendose un plazo de dos (02) dias habiles para la subsanacion, caso contrario se tendra por no presentada la solicitud, devolviendose los actuados al interesado. Articulo 5.- COSTAS Y GASTOS En caso de que las deudas se encontraran en cobranza coactiva debera acreditarse haber cancelado las costas y los gastos administrativos que se hubieren generado, siendo requisito de ineludible cumplimiento para el inicio del procedimiento. Articulo 6º.- PERDIDA DEL BENEFICIO El contribuyente perdera la aprobacion del beneficio, en los siguientes supuestos: a) No entregar los bienes dentro de los plazos establecidos. b) No haber cumplido con el pago dentro del plazo establecido, las costas y gastos del procedimiento coactivo para deudas que se encuentren en cobranza coactiva. c) Por perdida o deterioro del bien por causa imputable al deudor; en estos casos seran de aplicacion las normas de teoria del riesgo previstas en el Codigo Civil. d) Desaparicion, destruccion o inutilizacion del bien MORDAZA de su entrega. e) Entrega parcial o defectuosa de los bienes o de verificarse que no cumplen con las caracteristicas senaladas en la valorizacion. f) En el caso de bienes registrables, si se detectara la celebracion de cualquier acto, contrato, medida cautelar, procedimiento judicial que impida la inscripcion de la transferencia libre de carga y gravamen a favor del municipio. g) La interposicion de recursos, demanda contenciosoadministrativa, accion de MORDAZA o cualquier otra accion de naturaleza similar ante los organos judiciales o administrativos respecto de la deuda materia de acogimiento. h) Otras que en funcion a su gravedad y a criterio de la Comision Tecnica MORDAZA consideradas causales suficiente de perdida. En cualquiera de los supuestos descritos anteriormente bastara una comunicacion escrita al solicitante por parte de Secretaria General respecto a la perdida del beneficio con el Informe de la Oficina de Administracion y Finanzas e Informe Tecnico de la Unidad de Logistica, dando por concluido el procedimiento. Una vez notificada al contribuyente, la Secretaria General debera dar cuenta de la misma a la Oficina de Administracion Tributaria a fin de continuar con las acciones de cobranza en el estado en que se encuentra y por las Unidades competentes. Articulo 7.- RESTRICCIONES Las prestaciones de los servicios estaran sujetas a los requerimientos y necesidades de las Areas Usuarias, por lo cual la sola MORDAZA de la solicitud y requisitos no tendra caracter vinculante para la Municipalidad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primero.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas y sus Unidades, Oficina de Administracion Tributaria y sus Unidades, Gerencia de Desarrollo Social, Oficina de Tecnologia de Informacion y Procesos, Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Segunda.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe el Reglamento de la presente Ordenanza. Tercera.- Deroguense la Ordenanza Nº 080-MDL, Ordenanza Nº 252-MDL, asi como cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Cuarta.- Las solicitudes que se encuentren en tramite se adecuaran a las disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza y su Reglamento. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 695364-1

Designan Ejecutor Coactivo de la Oficina de Administracion Tributaria de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 359-2011-ALC-MDL MORDAZA, 13 de setiembre del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Informe Nº 01-2011-MDL-COM-EC, de fecha 12.SET.2011, mediante el cual la Comision de Evaluacion designada con la Resolucion de Alcaldia Nº 323-2011-ALC-MDL, de fecha 23.AGO.2011, da cuenta que como resultado del Concurso de Meritos, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta apto para ocupar la plaza de Ejecutor Coactivo; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la senora MORDAZA MORDAZA DE LA GUARDA MORDAZA, hasta el 31.AGO.2011, ocupaba la plaza Nº 33, de Ejecutor Coactivo, Nivel Remunerativo F-1, ha renunciado al cargo, motivo por el cual la plaza ha quedado vacante; Que, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, establece en su articulo 17º que la cobertura de plazas vacantes se realiza por concurso publico de meritos. El Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, establece en su articulo 58º, que la cuota de vacantes se define por orden de prioridades siendo la primera cuando se produzca el ascenso, cese o reasignacion de un servidor. Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 ­ Ley Nº 29626, establece en su articulo 9º, numeral 9.3, que en el ano fiscal 2011 las entidades publicas ante la necesidad de recursos humanos para el desarrollo de sus funciones deben evaluar acciones internas de personal. Teniendo en cuenta que, en cualquier caso, la designacion de un Ejecutor Coactivo solamente puede realizarse por Concurso Publico de Meritos, de acuerdo al articulo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, y estando la plaza vacante corresponde la convocatoria al concurso respectivo. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 323-2011ALC-MDL se convoco a Concurso Publico de Meritos a fin de cubrir la plaza vacante de un Ejecutor Coactivo, para lo cual se designo una Comision Evaluadora que llevo a cabo el MORDAZA, de cuyo resultado el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha resultado ganador;

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