Norma Legal Oficial del día 16 de Septiembre del año 2012 (16/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474563

VISTOS: El OGPP de la Presupuesto y OGAJ-cquispeg Juridica; y,

Memorando N° 2738-2012-PRODUCE/ Oficina General de Planeamiento y el Informe N° 00021-2012-PRODUCE/ de la Oficina General de Asesoria

RELACIONES EXTERIORES
Exoneran temporalmente del requisito de visa para el ingreso al Peru a los nacionales de Paises Arabes participantes de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA), que MORDAZA titulares de pasaportes diplomaticos, consulares, oficiales o especiales
DECRETO SUPREMO N° 044-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado debe promover mecanismos eficaces y seguros en los procedimientos administrativos a fin de optimizar los recursos y facilitar la admision de extranjeros en misiones de caracter diplomatico y oficial, con destino al Peru, con las medidas de seguridad pertinentes en el MORDAZA de los dispositivos legales vigentes; Que, al interior del territorio peruano se realizaran en el MORDAZA trimestre de 2012, reuniones oficiales internacionales en el MORDAZA de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA) que convocan a los Estados de MORDAZA regiones; Que, si bien el Peru no exige visados a los funcionarios de gobierno de los Estados de MORDAZA del Sur, existe una serie de Estados Arabes cuyos funcionarios requieren visa diplomatica, consular u oficial para ingresar a nuestro territorio; Que, de conformidad con el articulo 11º incisos a), b) y c) de la Ley de Extranjeria, Decreto Legislativo N° 703, el Gobierno del Peru reconoce las calidades migratorias: diplomatica, consular y oficial; Que, de conformidad con el articulo 12º de la Ley de Extranjeria, se entiende como visa la autorizacion de calidad migratoria que otorga la autoridad peruana a un extranjero para su admision, permanencia o residencia en el territorio nacional; Que, de conformidad con los articulos 7º y 72º de la Ley de Extranjeria, es de competencia exclusiva del Ministerio de Relaciones Exteriores autorizar el ingreso al territorio nacional con la calidad migratoria diplomatica, consular y oficial, entre otras; Que, es necesario ejecutar medidas que simplifiquen el ingreso de extranjeros al territorio nacional para facilitar su participacion en las reuniones de caracter diplomatico y oficial programadas en el MORDAZA de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA); De conformidad con el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 6º de la Ley Nº 29357 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el articulo 11º de la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Exoneracion temporal del requisito de visa Eximir temporalmente del requisito de visa para el ingreso al Peru a los nacionales de los siguientes paises arabes participantes de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA), que MORDAZA titulares de pasaportes diplomaticos, consulares, oficiales o especiales: MORDAZA Saudita Bahrein Comoras Djibouti Emiratos Arabes Unidos Irak Kuwait Libano

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27293, modificada por las Leyes N° 28522 y N° 28802, y los Decretos Legislativos N° 1005 y N° 1091, se crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, con la finalidad de optimizar el uso de los Recursos Publicos destinados a la inversion, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologias y normas tecnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversion; Que, el literal c del numeral 6.1 del articulo 6° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007EF, dispone entre otros aspectos, que corresponde al Titular del Sector, designar al organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones - OPI en su sector, asi como designar al funcionario responsable; Que, los numerales 7.2 y 7.3 del articulo 7 de la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01, senalan entre las funciones y responsabilidades del Organo Resolutivo el designar al organo encargado de realizar las funciones de OPI en su sector, asi como designar al responsable de la OPI; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso h) del articulo 27° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, tiene entre otras funciones, la de promover a nivel sectorial la formulacion de proyectos de inversion publica en el MORDAZA de la normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); Que, en tal sentido, resulta pertinente designar al organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones - OPI del Ministerio de la Produccion, asi como designar al responsable de la indicada oficina; Con el visado de la Secretaria General, y de la Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27293, Ley de Sistema Nacional de Inversion Publica; el Decreto Supremo N° 102-2007-EF que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y la Resolucion Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones ­ OPI del Ministerio de la Produccion. Articulo 2°.- Designar a la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como funcionaria responsable de la Oficina de Programacion e Inversiones ­ OPI del Ministerio de la Produccion. Articulo 3°.- Informar a la Direccion General de Politicas de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, las designaciones efectuadas en los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 841738-2

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