Norma Legal Oficial del día 19 de Agosto del año 2013 (19/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 959 -2013-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa PRIMETIME TELEVISION E.I.R.L.; Que, mediante Informe Nº 1366 -2013-MTC/08, la Oficina General de Asesoria Juridica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesion unica solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PRIMETIME TELEVISION E.I.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa PRIMETIME TELEVISION E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa PRIMETIME TELEVISION E.I.R.L. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 975966-1

El Peruano Lunes 19 de agosto de 2013

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Autorizan ampliacion de plazo de comision de servicios de funcionario de PROINVERSION a que se refiere la Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 094-2013
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJCUTIVA Nº 149-2013 MORDAZA, 13 de agosto de 2013 VISTOS: El Informe Nº 005-2013-PROINVERSION/OA-CP, el Memorandum Nº 3-2013/DPI/SDGP/JPAHI, y el Memorandum Nº 135-2013/DPI; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determino la naturaleza juridica de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION como Organismo Publico adscrito al sector Economia y Finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 002-2007EF/77.15 se aprobo la Directiva de Tesoreria Nº 0012007-EF/77.15, estableciendose las disposiciones y procedimientos de caracter general y permanente relacionados con la ejecucion financiera y demas operaciones de tesoreria, asi como las condiciones y plazos para el cierre de cada Ano Fiscal, a ser aplicados por las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y por los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 001-2011EF/77.15 se dictaron disposiciones complementarias a la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15, respecto del cierre de operaciones del Ano Fiscal anterior, del Gasto Devengado y Girado y del uso de la MORDAZA Chica, entre otras; Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 094-2013 del 30 de MORDAZA del presente ano se autorizo el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Proyecto en Temas Agrarios, Hidroenergeticos y de Irrigacion de la Direccion de Promocion de Inversiones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, a la MORDAZA de Montpellier, Republica Francesa, entre los dias 09 y 15 de junio de 2013; Que, por Memorandum Nº 135-2013/DPI del 26 de junio de 2013, el Director de Promocion de Inversiones solicito la ampliacion del plazo de la comision de servicios encargada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Proyecto en Temas Agrarios, Hidroenergeticos y de Irrigacion de la Direccion de Promocion de Inversiones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, entre los dias 16 y 18 de junio del presente ano; Que, durante la referida comision de servicios, y como resultado de coordinaciones entre la Direccion de Promocion de Inversiones y la Embajada Peruana en la Republica Francesa, el mencionado funcionario realizo actividades adicionales a las inicialmente programadas, las que son consideradas relevantes para la promocion de la inversion privada en los proyectos a cargo de PROINVERSION, extendiendose su estadia en el extranjero hasta el dia 18 de junio de 2013; Que, tanto la comision de servicios realizada por el mencionado funcionario como la ampliacion de esta, se enmarcaron dentro de las acciones de promocion de la inversion privada consideradas de importancia para el Peru; Que, el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 0012011-EF/77.15 establece que para el Gasto Devengado a que se refiere el articulo 8º de la Directiva de Tesoreria

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