Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 1998 (28/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26461 - Ley de los Delitos Aduaneros, se creo la Comision de Apoyo a la lucha contra los delitos de Contrabando y Defraudacion de Rentas de Aduana, dependiente del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por Resolucion Suprema Nº 067-95-EF, se establecio la conformacion de la referida Comision, con participacion del Sector Publico y Privado; Que, para el mejor cumplimiento de la funcion de coordinacion que compete a dicha Comision, se ha acordado incorporar como integrante de la misma al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26461; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la conformacion de la Comision de Apoyo a la lucha contra los delitos de Contrabando y Defraudacion de Rentas de Aduana, establecida por el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 067-95-EF, a efectos de incorporar como integrante de la misma al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 5727

Fiscal Nº 10984 del 27 de noviembre de 1995, que declaro improcedente la apelacion interpuesta por IMPORTADORA EXPORTADORA GEKA S.R.L. contra la Resolucion de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao Nº 527 del 8 de MORDAZA de 1994. Registrese y comuniquese. MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 5679

Declaran infundadas quejas interpuestas contra diversas resoluciones del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 111-98-EF/10 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1998 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por la empresa ALMACENES TACNA S.A., contra las Resoluciones del Tribunal Fiscal Nºs. 1027 y 1028-4-97. CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de MORDAZA de 1998, el Ministerio de Economia y Finanzas recepciono los recursos de queja interpuestos por la empresa ALMACENES TACNA S.A., contra las Resoluciones del Tribunal Fiscal Nºs. 1027 y 1028-4-97 que confirmaron las resoluciones de Intendencia Nºs. 115-4-01559/SUNAT y 115-4-01560/SUNAT, respectivamente; Que, el Articulo 155º del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, dispone que el recurso de queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido por dicho Codigo, debiendo ser resuelto por el Ministro de Economia y Finanzas cuando se trate de recurso de queja contra el Tribunal Fiscal; Que, del analisis del recurso de queja materia de la presente resolucion se desprende que el recurrente pretende que el Ministerio de Economia y Finanzas revise aspectos de fondo de las Resoluciones Nºs. 1027 y 1028-497 del Tribunal Fiscal, lo que no se ajusta a los supuestos establecidos en el citado Articulo 155º, por lo que dicho recurso debe ser declarado infundado; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 155º del Codigo Tributario- Decreto Legislativo Nº 816; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por la empresa ALMACENES TACNA S.A., contra las Resoluciones del Tribunal Fiscal Nºs. 1027 y 1028-4-97 que confirmaron las resoluciones de Intendencia Nºs. 115-4-01559/SUNAT y 115-4-01560/ SUNAT, respectivamente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 5680 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 112-98-EF/10 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1998 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el senor MORDAZA Alamo MORDAZA contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 75-1-98.

Aceptan desistimiento solicitado por empresa del recurso de queja interpuesto contra resolucion del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 110-98-EF/10 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1998 Visto, el escrito de desistimiento del Recurso de Queja presentado por MORDAZA S.A., Agentes de Aduana. CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de enero de 1996, el Ministerio de Economia y Finanzas recepciono el Recurso de Queja presentado por MORDAZA S.A., Agentes de Aduana, contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 10984 que declaro improcedente la apelacion interpuesta por IMPORTADORA EXPORTADORA GEKA S.R.L. contra la Resolucion de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao Nº 527, el mismo que a la fecha no ha sido resuelto mediante Resolucion Ministerial; Que, el Articulo 130º del Codigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 816, establece que el deudor tributario podra desistirse de sus recursos en cualquier etapa del procedimiento, mediante escrito con firma del contribuyente o representante legal, debidamente legalizada por Notario o fedatario de la Administracion Tributaria; Que, asimismo, el tercer parrafo del citado articulo establece que es potestad del organo encargado de resolver aceptar el desistimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 130º del Codigo Tributario - Decreto Legislativo Nº 816; SE RESUELVE: Articulo Unico.- ACEPTAR el desistimiento solicitado por MORDAZA S.A., Agentes de Aduanas, del Recurso de Queja presentado contra la Resolucion del Tribunal

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