Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 1998 (23/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 23 de octubre de 1998 levantar las observaciones dentro de los plazos otorgados porlos Arta 5.10.7 ~5.10.8 delRULCOP,y teniendo presente que este ultimo podria tramitar en cualquier momento su reinscripcion ante el Registro Nacional de Contratistas, resulta pasible de la sancion establecida al efecto por el Inc. al del Art. 8" de la Resolucion N" 094-90vc-9100; Que, por su parte, al haber cometido la entidad una irregularidad alcontratar conquien no estaba habilitado para ejecutar obras publicas, en contravencion de las disposiciones legales vigentes, tal hecho debera ser puesto en conocimiento del Organo de Control Interno de esa entidad, con arreglo alas atribuciones establecidas en el MORDAZA parrafo del Inc. f) del Art. 13" del Decreto Ley N" 26143; Que, de conformidad al informe presentado por la Vocal ponente, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyos fundamentos se reproduce; SE RESUELVE: lo.- Sancionar a la firma contratista PROJECT EMPRESARIAL 2000 S.A., con seis (61 meses de suspension en el ejercicio de sus derechos a presentarse en Licitaciones Publicas y/o Concursos de Precios, y a contratar la ejecucion de obras con el Estado; medida que entrara en vigencia a partir de su reinscripcion en el Registro Nacional de Contratistas de Obras Publicas. 2".- Poner en conocimiento del Organo de Control Interno de la entidad contratante las irregularidades detectadas, al haber esta MORDAZA otorgado la buena pro a una empresa que no se encontraba habil al momento de suscribir el Contrato de Obra Publica correspondiente. 3".- Devolver los antecedentes administrativos a la entidad contratante para los fines legales consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PIN TORRES; MORDAZA WILLIS; MORDAZA TACKOEN; MORDAZA PODESTA; MORDAZA MORDAZA 12146

$Iw Pag. 165169
Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 12217

INDECUPZ
Aprueban MORDAZA Tecnica sobre medicion del flujo de agua en conductos cerrados
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES No 004!5-1998/INDECOPIXRT MORDAZA, 24 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26" del Decreto Ley N" 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo N 807, corresponde ala Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa N" 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resoluciones Ns. 031-93-INDECOPICNM y 033-93-INDECOPI/CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo, el Comite Tecnico Permanente de Saneamiento, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado) Que, el 30 de enero de 1998, el Comite Tecnico Permanente de Saneamiento presento a la Secretaria Tecnica de la Comision un Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, el cual fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometido a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 17 de agosto del ano en curso. El Proyecto presentado fue el siguiente: PNTP350.109:1995 MEDICION DEL FLUJO DE AGUA EN CONDUCTOS CERRADOS. Medidores para agua potable fria. Terminologia y clasificacion. 1" Edicion Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion del Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana MORDAZA senalado, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley No 25868, el Decreto Legislativo N"807 y la Resolucion N" 031-93-INDECOPY CNM, y con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 24 de setiembre 1998 RESUELVE: APROBAR como MORDAZA Tecnica Peruana, la siguiente:

ANR~CONAFU
Rectifican la Res. NQ 476-9&CONAFU
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTOFtIZACION DE F'UNCIONAMIENTO DE UNIVEXSIDADES (CONAFU) RRSOLUCION No 477~SS-CONAFU MORDAZA, 21 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, al expedirse la Resolucion No 476-98-CONAFU, del 19.10.98, se ha incurrido en error material al consignar en su considerando tercero la expresion "... siendo de aplicacion del resto del articulo del Reglamento . ..". debiendo haberse dicho: "... siendo de aplicacion el resto del articulado del Reglamento "; Que, es conveniente subsanar el referido error material; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley N" 26439 al CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Subsanar el error material del considerando tercero de la Resolucion N" 476-98-CONAFU, cuyo texto correcto es el siguiente: "Que, la sentencia solo suspende, respecto de la Asociacion Promotora "Los Andes", la aplicacion del Art. 6", siendo de aplicacion el resto del articulado del Reglamento que establece las Normas para el MORDAZA de adecuacion al Dec. Leg. N" 882, aprobado por Dec. Sup. N" OOl-98-ED;"

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