Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 1999 (09/04/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 171862

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

terio de la Presidencia a adquirir en forma directa entre otros bienes, 51 omnibus de la empresa ENATRU PERU S.A. en liquidacion; Que, asimismo, mediante Decreto Ley Nº 25598, se autorizo a la Comision Liquidadora del Banco Agrario del Peru en Liquidacion a transferir en forma directa al Ministerio de la Presidencia bienes dados de baja por resultar excedentes para sus necesidades; Que, durante el periodo comprendido entre el 2 de setiembre de 1996 y el 19 de MORDAZA de 1998, el Ministerio de la Presidencia ha transferido en via de donacion siete (7) vehiculos de los lotes MORDAZA indicados, por un valor de Cuatrocientos veintitres mil ochocientos cinco y 34/100 Nuevos Soles (S/. 423 805.34) a favor de diversas instituciones educativas y entidades publicas, las mismas que se formalizaron mediante las respectivas actas de entrega y recepcion; Que, es necesario regularizar la situacion legal de los siete (7) vehiculos MORDAZA senalados, asi como autorizar la baja de los mismos de los Registros Patrimoniales y Contables del Ministerio de la Presidencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion la donacion efectuada por el Ministerio de la Presidencia de siete (7) vehiculos, valorizados en Cuatrocientos veintitres mil ochocientos cinco y 34/100 Nuevos Soles (S/. 423 805.34), durante el periodo comprendido entre el 2 de setiembre de 1996 y el 19 de MORDAZA de 1998, a favor de diversas instituciones educativas y entidades publicas, segun detalle que se consigna en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Por el merito de la presente Resolucion Suprema, el Ministerio de la Presidencia, MORDAZA de baja los bienes cuya transferencia en via de donacion se autoriza por el articulo precedente. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA Ministra de la Presidencia 4654

nismos de transferencia de paquetes tecnologicos, asi como servicios de desarrollo industrial o el traslado de programas de produccion a terceros, lo que implica, en condiciones normales, la retribucion economica a cargo del solicitante, mediante un costo de transferencia; Que dentro del conjunto de medidas adoptadas por el Ministerio de Pesqueria para atenuar el impacto producido por el fenomeno El MORDAZA en la actividad pesquera en el ano 1998, el ITP fue autorizado mediante Resolucion Ministerial Nº 412-98-PE para que sin costo de transferencia y por un periodo de seis meses, diera inicio a un programa que proporcione a las empresas pesqueras privadas las tecnologias de procesamiento de productos pesqueros a partir del recurso anchoveta; Que efectuada la evaluacion a los resultados del indicado programa, se ha comprobado el pleno cumplimiento de sus objetivos al haber contribuido significativamente a la produccion de alimentos hidrobiologicos destinados a la poblacion de escasos recursos economicos; Que al subsistir perturbaciones de caracter climatologico que vienen incidiendo en la recuperacion de la actividad pesquera, es conveniente la continuidad de programas similares al autorizado por Resolucion Ministerial Nº 412-98-PE, tomando en consideracion que ademas del procesamiento del recurso anchoveta para el consumo humano directo, el ITP se encuentra en capacidad inmediata de brindar programas de transferencia tecnologica y de capacitacion, relacionadas con el procesamiento de productos pesqueros del MORDAZA "congelados preformados"; Que la implementacion de dichos programas por parte del ITP contribuira por otra parte a la diversificacion de la produccion pesquera, mediante la utilizacion de nuevas alternativas productivas, la creacion de nuevos mercados y el fomento a las exportaciones y competitividad de la industria pesquera nacional, procurando promover la inversion en este MORDAZA, en concordancia con los lineamientos de politica pesquera vigentes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y los Lineamientos de Politica Pesquera aprobados por Resolucion Ministerial Nº 646-97-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Tecnologico Pesquero del ITP para que, sin costo de transferencia, inicie un programa de transferencia tecnologica y de capacitacion a favor de las empresas privadas interesadas en las tecnologias de procesamiento de productos pesqueros del MORDAZA "congelados preformados". Articulo 2º.- El programa que se autoriza segun lo establecido en el Articulo 1º, tendra una duracion de seis (6) meses, contados a partir de la expedicion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 4538

PESQUERIA
Autorizan al Instituto Tecnologico Pesquero del Peru a iniciar programa de transferencia tecnologica a favor de empresas privadas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 124-99-PE MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, organismo publico descentralizado del sector Pesqueria, de acuerdo a sus objetivos y fines establecidos en el Decreto Legislativo Nº 92, realiza investigaciones cientificas y tecnologicas, relacionadas con el manipuleo, transformacion y conservacion de los recursos hidrobiologicos, propiciando de esta manera su aprovechamiento integral, mediante la elaboracion de productos de alto valor nutritivo; Que en el ejercicio de su actividad, el ITP viene desarrollando tecnologias adecuadas para la elaboracion de productos de mayor valor agregado, dirigidos al consumo humano directo, teniendo ademas establecidas modalidades y meca-

Suspenden actividades de extraccion y recepcion del recurso anchoveta en MORDAZA comprendida entre los paralelos 6° y 8° Latitud Sur ° °
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 131-99-PE MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos considerando que la actividad pesquera es de interes nacional;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.