Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 1999 (20/04/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 172326

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 1999

Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 8X por parte de PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A., a favor de Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru; Korea Petroleum Development Corporation, Sucursal Peruana; Daewoo Corporation, Sucursal Peruana y Yukong Limited, Sucursal Peruana; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; Que, el Articulo 17º de la Ley Nº 26221, senala que el contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podran ceder su posicion contractual o asociarse con terceros previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; agrega asimismo, que las cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el contratista; Que, al MORDAZA de lo establecido en la clausula decimo sexta del citado contrato, las empresas Korea Petroleum Development Corporation, Sucursal Peruana; Daewoo Corporation, Sucursal Peruana y Yukong Limited, Sucursal Peruana, comunican a PERUPETRO S.A., la intencion de ceder sus respectivas posiciones contractuales a favor de la empresa Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru; Que, Yukong Limited, Sucursal Peruana, ha manifestado el cambio de su denominacion social por SK Corporation, Sucursal Peruana, la misma que se encuentra inscrita en el Registro Publico de Hidrocarburos; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/00199 de fecha 14 de enero de 1999, aprobo el proyecto de cesion de posicion contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 8X, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 8X, aprobado por Decreto Supremo Nº 39-94-EM, y modificado por Decreto Supremo Nº 029-96-EM, por parte de Korea Petroleum Development Corporation, Sucursal Peruana; Daewoo Corporation, Sucursal Peruama y SK Corporation, Sucursal Peruana, a favor de Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru; asi como, la modificacion del citado contrato, derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas Korea Petroleum Development Corporation, Sucursal Peruana; Daewoo Corporation, Sucursal Peruana, SK Corporation, Sucursal Peruana y Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la cesion y modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 8X, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 5176

VISTO: El Expediente Nº 14090898, organizado por Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (ETECEN) y la solicitud de transferencia de Concesion Definitiva de Transmision de energia electrica a favor de Red Electrica del Sur S.A. (REDESUR); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 124-98-EM, de fecha 30 de noviembre de 1998, se otorgo a favor de Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. (ETESUR), Concesion Definitiva para desarrollar actividades de transmision en las Lineas Electricas S.E. MORDAZA - S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Heroes) de 220 kV de tension, con una (1) terna de 337 km. de longitud, y la MORDAZA terna de la Linea Electrica S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension, con una (1) terna de 107 km. de longitud, aprobandose el respectivo Contrato de Concesion Nº 135-98; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 001-99-EM, de fecha 5 de enero de 1999, se aprobo la transferencia de la Concesion Definitiva de Transmision MORDAZA mencionada a favor de ETECEN, otorgandose a esta los derechos y obligaciones que emanan de la citada Resolucion Suprema Nº 124-98-EM y que constan en el mencionado Contrato de Concesion Nº 135-98; Que, mediante el documento con Registro Nº 01612-99, presentado el 26 de marzo de 1999, ETECEN ha solicitado a la Direccion General de Electricidad la transferencia de la concesion a que se refiere el considerando que antecede a favor de REDESUR, sociedad constituida por Escritura Publica extendida el 16 de febrero de 1999, de la cual se acompana al expediente una MORDAZA de su testimonio, e inscrita en la Partida Nº 11080967 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, el 3 de marzo de 1999; Que, como sustento de lo solicitado, ETECEN acompana el Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito por los representantes legales de ETECEN y REDESUR el 19 de marzo de 1999, en virtud del cual ETECEN cede a favor de REDESUR su posicion contractual en los derechos y obligaciones que le fueron otorgados mediante la Resolucion Suprema Nº 001-99-EM; Que, de conformidad con el Articulo 1436º del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base de la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la Concesion Definitiva para desarrollar actividades de transmision en las Lineas Electricas S.E. MORDAZA - S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Heroes), y la MORDAZA terna de la Linea Electrica S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) a REDESUR, la que debera elevar el Contrato de Cesion de Posicion Contractual a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente resolucion e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 53º y Articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en las Lineas Electricas S.E. MORDAZA - S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Tacna (Los Heroes) de 220 kV de tension, con una (1) terna de 337 km. de longitud, y la MORDAZA terna de la Linea Electrica S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension, con una (1) terna de 107 km. de longitud, que efectua Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (ETECEN), a favor de Red Electrica del Sur S.A. (REDESUR). Articulo 2º.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo anterior, otorgada mediante Resolucion Suprema Nº 001-99-EM, de fecha 5 de enero de 1999, a Red Electrica del Sur S.A. (REDESUR), quien asume todos los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesion Nº 135-98. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la escritura publica a que de origen el Contrato de Cesion de Posicion Contractual referido en el MORDAZA considerando de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 5180

Aprueban transferencia de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica a favor de REDESUR
RESOLUCION SUPREMA Nº 061-99-EM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.