Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1999 (20/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 1999

pendiente Vamos Vecino y Frente Nacional Independiente Peru 2000, para participar en las elecciones generales del 9 de MORDAZA del ano 2000. Articulo Segundo.- Aprobar el simbolo que identifica a la alianza electoral «Peru 2000», con las caracteristicas expuestas en el MORDAZA considerando y que aparece del diseno que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Notifiquese al personero de la denominada alianza electoral «Peru 2000», senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta resolucion para su conocimiento y dese publicidad para los efectos a que se contrae los Articulos 96º y 100º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CANELO, DE MORDAZA MORDAZA, TRUJILLANO, Secretario General

Que, los procedimientos documentados, basados en los principios de buena fe y de presuncion de veracidad, tienen como finalidad profundizar la simplificacion y agilizacion en los tramites aduaneros, estableciendo medidas y acciones objetivas que muestren una total transparencia y efectiva aplicacion de las mismas, lo que demanda una revision continua a efecto de adecuar y perfeccionar en lo posible los senalados procedimientos a la aplicacion factica; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 01223-99 respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001029 del 18.MAR.97; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Procedimiento Especifico de "Suspension del Plazo" INTA-PE.00.05 (V.1), conforme se detalla a continuacion: Seccion VII, MORDAZA parrafo, numeral 2, Literal A. "Para el caso 1.a) notifica al interesado suspendiendo el plazo hasta la numeracion de la Declaracion Unica de Importacion Definitiva, la misma que debera efectuarse dentro del plazo de diez (10) dias utiles computados a partir de la fecha de emision del precitado Certificado de Inspeccion". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 15749

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ADUANAS

Modifican Procedimiento Especifico de "Suspension de Plazo" INTA-PE.00.05 (V.1) Declaran sitios arqueologicos ubicaRESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL dos en el distrito de Pativilca, provinNº 000 ADT/1999-002033 cia de Chancay, como Patrimonio CulCallao, 16 de diciembre de 1999 tural de la Nacion
CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001059 publicada el 14.SET.99, se aprueba entre otros, el procedimiento de "Suspension del Plazo" INTA-PE.00.05, adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, en el mencionado Procedimiento Especifico en cuanto a la determinacion del plazo de suspension a considerar para las regularizaciones de las Declaraciones de Importacion Temporal y Admision Temporal se ha establecido, al MORDAZA de lo previsto en el Articulo 78º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, un plazo de treinta (30) dias computado a partir del vencimiento del regimen temporal precedente; Que, en aplicacion del metodo de interpretacion estricta y literal del MORDAZA citado Articulo 78º del Decreto Supremo Nº 121-96-EF, la suspension del plazo es aplicado hasta que las entidades obligadas entreguen al interesado la documentacion requerida para el cumplimiento de sus obligaciones; razon por la cual la MORDAZA reglamentaria no establece plazo alguno; que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto no es conveniente fijar un determinado plazo, toda vez que tal como lo ha previsto el legislador este escapa de la voluntad de cumplimiento oportuno por parte del interesado; RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 850/INC MORDAZA, 7 de diciembre de 1999 VISTO, el Informe Nº 202-99-INC/DGPA/YCCH de fecha 11 de noviembre de 1999 del arqueologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante el cual solicita la Declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion" por su importancia cultural, cientifica y arqueologica; Que, mediante el Acuerdo Nº 344 de fecha 16 de noviembre de 1999, la Comision Tecnica de Arqueologia del INC, recomienda a la Direccion Nacional del I.N.C., declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Gran Complejo Arqueologico conformado por los sitios arqueologicos conocidos como "Castillo de Huaricanga", "Huaricanga Sur" y el "Monolito de Huaricanga", ubicados en el distrito de Pativilca, provincia de Chancay, departamento de Lima;

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

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