Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 1999 (21/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 21 de diciembre de 1999

febrero de 1994 y la Ordenanza Nº 03-97-MSI de 4 de MORDAZA de 1997, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de MORDAZA de 1997 y Nº 002-99-MSI de 19 de enero de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de enero de 1999, que regula los Arbitrios de Limpieza Publica y Ornato, Relleno Sanitario y Parques y Jardines, en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15808

las vias publicas que se especifican en la presente Ordenanza, para que los comerciantes puedan vender sus productos durante dichas festividades, previa inscripcion en el Registro respectivo y el pago del servicio de organizacion, limpieza, salubridad y ornato que demandara la realizacion de estas actividades de caracter excepcional y extraordinario. Dicho permiso es personal e intransferible. Articulo 2º.- El Permiso Temporal comprende unicamente las siguientes vias: - Jr. MORDAZA MORDAZA, cuadras 4, 5 y 6. - Jr. Bolognesi, cuadras 4, 5 y 6. - Jr. MORDAZA, cuadras 7 y 6. - Jr. MORDAZA MORDAZA, cuadras 7 y 8. En las vias no comprendidas en el presente articulo, continua la prohibicion del comercio ambulatorio establecida en la Ordenanza Nº 005-99-MDMM. Articulo 3º.- El Permiso comprende los giros relacionados a la venta de productos alusivos y propios de la MORDAZA Navidena. Articulo 4º.- Establecer el pago unico de S/. 150.00 por cada metro y medio por espacio a ocupar, el cual debera ser cancelado en las ventanillas de Tesoreria de la Municipalidad, al momento de presentar su Declaracion Jurada de Compromiso; previa inscripcion en el Registro respectivo. Articulo 5º.- Cada interesado debera presentar en la Direccion de Rentas su Declaracion Jurada de Compromiso y de aceptacion de sanciones, mediante el cual expresamente se obliga a colaborar en mantener limpia la via publica, desarrollar ordenadamente su actividad, sin causar ruidos molestos y contribuyendo a mantener el orden publico sin dificultar ni interferir la labor de control municipal. El incumplimiento a lo dispuesto acarrea la perdida automatica del Permiso y la ejecucion de penalidades. La Direccion de Rentas procedera a otorgar el Permiso inmediato, bajo sello y firma del titular. Articulo 6º.- Para aquellos comerciantes que no tengan la posibilidad de efectuar el pago respectivo, concedase en forma gratuita la parte posterior del Coliseo MORDAZA MORDAZA para que puedan realizar organizadamente su actividad comercial. Articulo 7º.- Precisar que la MORDAZA Navidena y de Ano MORDAZA MORDAZA el periodo comprendidos a partir de la fecha de dacion de la presente Ordenanza hasta el 9 de enero del ano 2000; culminando dicho lapso, caducara la presente Ordenanza y sin distincion alguna deberan dejar libre la via publica; restableciendose automaticamente en las vias indicadas en el Articulo 2º los efectos de la Ordenanza Nº 00599-MDMM que prohibe el comercio ambulatorio; asi como tambien debera culminar la autorizacion del uso de la parte posterior del Estadio MORDAZA Chamochumbi. Articulo 8º.- Suspendase los efectos de la Ordenanza Nº 005-99-MDMM en forma excepcional y unicamente en las vias senaladas en el Articulo 2º durante el plazo estipulado en el Articulo 7º de la presente, vencido dicho periodo se procedera a ejecutar las sanciones y el desalojo de ser necesario. Articulo 9º.- Autoricese al MORDAZA para que mediante Decretos de Alcaldia dicte las normas reglamentarias para la mejor ejecucion de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado del Despacho de Alcaldia 15820

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Conceden uso de determinadas vias publicas por MORDAZA navidena y ano MORDAZA
ORDENANZA Nº 036-MDMM MORDAZA MORDAZA, 18 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Extraordinaria de la fecha con dispensa del tramite de aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, diversos establecimientos formales y comerciantes ambulantes vienen exhibiendo sus productos en la via publica; Que, frente a los escasos recursos economicos con que cuenta la Municipalidad y considerando que es imposible el desalojo en este MORDAZA de actividad sin recurrir a medidas extremas, lo que en las actuales circunstancias no es recomendable dada la connotacion de paz y MORDAZA que refleja el mensaje navideno y el jubileo de final de milenio; Que, si bien mediante Ordenanza Nº 005-99-MDMM de fecha 1/3/99 se prohibe el comercio ambulatorio en el distrito, es necesario suspender sus efectos unicamente en determinadas vias y durante tales festividades; debiendo comprometerse los participantes a cumplir las medidas necesarias en cautela de la moral, el orden, la limpieza y la tranquilidad del vecindario a fin que la comunidad no se perjudique; Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, administrativa y economica en virtud de lo senalado en el Articulo 191º de la Constitucion vigente; asimismo, de acuerdo al inciso 3) del Articulo 68º de la Ley Nº 23853, tienen la funcion de regular el comercio ambulatorio, en materia de abastecimiento y control de productos; Estando a lo informado por la Direccion de Rentas mediante Informe Nº 122-99-DR-MDMM de fecha 17/12/ 99 y a lo dispuesto en el Articulo 109º y el inciso 4) del Articulo 134º de la Ley Nº 23853, ha aprobado por mayoria la siguiente: ORDENANZA CONCEDER EN FORMA TEMPORAL EL USO DE ALGUNAS VIAS PUBLICAS POR MORDAZA NAVIDENA Y ANO MORDAZA Articulo 1º.- Conceder en forma excepcional y unicamente por MORDAZA Navidena y de Ano MORDAZA el uso de

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