Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 1999 (03/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 3 de marzo de 1999

go, provincia de Vilcashuaman, del departamento de MORDAZA, por la Lista Independiente "Nueva Generacion de Vischongo y Anexos", quienes solicitan la nulidad de la Resolucion Nº 009-98-JEE/VH, de fecha 20 de octubre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Vilcashuaman; alegando que a la lista que representan le corresponde que se le asigne 4 regidores en el Concejo Distrital en mencion, y no tres conforme lo dispone dicha resolucion; habiendo obtenido el triunfo electoral con 509 votos, que representa el 50.84% de los votos validamente emitidos; CONSIDERANDO: Que, en merito al acta de computo de votos obtenidos en el distrito de Vischongo, provincia de Vilcashuaman, del MORDAZA Electoral Especial de la provincia que se indica, de fecha 14 de octubre de 1998, resulta que el numero de votos validos que alcanzaron cada una de las listas participantes fueron las siguientes: "Movimiento Independiente Vamos Vecino" 214 votos "Movimiento Independiente Somos Peru" 146 votos "Frente Independiente Qatariy Llaqta" 132 votos Lista Independiente "Nueva Generacion de 509 votos Vischongo y Anexos" Total de Votos Validos 1001 votos 21.37% 14.58% 13.18% 50.84%

Que, en consecuencia, la lista ganadora es la Lista Independiente "Nueva Generacion de Vischongo y Anexos", al haber obtenido 509 votos, alcanzando la mayoria absoluta de los votos validamente emitidos, razon por la cual le corresponde la alcaldia; y, para determinar el numero de regidores, teniendo en consideracion que al Concejo Distrital de Vischongo le corresponde 5 regidores, se aplica el metodo de la Cifra Repartidora, de lo que resulta que el cociente que ocupa el MORDAZA orden es el numero 146, por consiguiente es la Cifra Repartidora; razon por la cual le corresponde tres (3) regidores a la Lista Independiente "Nueva Generacion de Vischongo y Anexos"; un (1) regidor a la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; y, un (1) regidor a la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Somos Peru"; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, de lo expuesto se colige que, la proclamacion de las autoridades ediles del Concejo Distrital de Vischongo, realizada por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Vilcashuaman, mediante Resolucion Nº 009-98-JEE/VH, ha sido expedida conforme a ley; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundada la solicitud de nulidad de la Resolucion Nº 009-98-JEE/VH, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Vilcashuaman, en consecuencia valida la proclamacion de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Vischongo, provincia de Vilcashuaman, del departamento de Ayacucho. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2892

Que, conforme los resultados de las Elecciones Municipales del 11 de octubre ultimo, llevadas a cabo en el distrito de Mirgas, provincia de MORDAZA Raymondi, remitidas a este Supremo Tribunal Electoral por el MORDAZA Electoral Especial de dicha provincia, resulto ganadora la Lista Independiente "Union y Desarrollo Raymondino", y en aplicacion de la cifra repartidora le correspondio la Alcaldia y cuatro (4) Regidores; habiendo alcanzado el MORDAZA lugar la Lista Independiente "Cooperacion y Desarrollo", a la que le correspondio un (1) Regidor; Que, segun el Acta de proclamacion de fecha 19 de octubre de 1998, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA Raymondi, se proclamo a MORDAZA Magna MORDAZA Abrigo, candidata a Regidora en el puesto Nº 5 por la Lista Independiente "Union y Desarrollo Raymondino", en lugar de MORDAZA Aureliana MORDAZA de Ramirez; y, a don MORDAZA Maguina MORDAZA, candidato a Regidor en el puesto Nº 2 de la Lista Independiente "Cooperacion y Desarrollo", en lugar del candidato a Regidor en el puesto Nº 1, don MORDAZA MORDAZA Llashag; Que, respecto a don MORDAZA MORDAZA Llashag, este Supremo Tribunal Electoral emitio la Resolucion Nº 1240-98-JNE de fecha 10 de diciembre de 1998, mediante la cual lo proclama como Regidor del Concejo Distrital de Mirgas; por lo que, en este extremo, carece de objeto pronunciarse; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones e impartiendo justicia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulas y sin efecto la proclamacion y la respectiva credencial como Regidora del Concejo Distrital de Mirgas otorgada indebidamente por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA Raymondi a la ciudadana Magna MORDAZA Abrigo, candidata a Regidor en el puesto Nº 5 por la Lista Independiente "Union y Desarrollo Raymondino". Articulo Segundo.- Proclamar a MORDAZA Aureliana MORDAZA de MORDAZA, integrante de la Lista Independiente "Union y Desarrollo Raymondino", como Regidora del Concejo Distrital de Mirgas, provincia de MORDAZA Raymondi, departamento de MORDAZA, debiendosele otorgar la correspondiente credencial. Registrese, comuniquese y archivese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2893

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Designan a Fiscal y Medico Legista para que atiendan en el Modulo Integral contra la Violencia Familiar "Emergencia Mujer"
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 137-99-MP-CEMP MORDAZA, 2 de marzo de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la senora Ministra del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano ha implementado el Modulo Integral contra la Violencia Familiar "Emergencia Mujer"; por lo que, la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico por necesidad de servicio por unanimidad adopta el Acuerdo Nº 1435 en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009;

Proclaman Regidora del Concejo Distrital de Mirgas
RESOLUCION Nº 182-99-JNE MORDAZA, 2 de marzo de 1999 Vista, al comunicacion recibida el 8 de febrero del ano en curso, de MORDAZA Aureliana MORDAZA de MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Llashag, Regidores del Concejo Distrital de Mirgas, provincia de MORDAZA Raymondi, departamento de MORDAZA, formulando reclamo respecto a la irregular proclamacion como Regidores del Concejo Municipal de dicho distrito, de MORDAZA Magna MORDAZA Abrigo y don MORDAZA Maguina MORDAZA, integrantes de las Listas Independientes "Union y Desarrollo Raymondino" y "Cooperacion y Desarrollo", respectivamente;

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