Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 1999 (08/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 8 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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las areas destinadas a dichos proyectos, apoyando la construccion de postas medicas, escuelas, centros de acopio y comercializacion y otros que permitan a este personal un adecuado desarrollo social y cultural. Articulo 43º.- El Ministerio de Defensa establecera coordinaciones permanentes con otros Ministerios y/u organismos del Sector Publico, a fin de promover e impulsar la participacion de los Defensores de la Patria y sus deudos en proyectos de colonizacion y fronteras MORDAZA tecnicamente sustentadas, prioritariamente en las zonas limitrofes de la Region de la Selva. TITULO DECIMO DISPOSICIONES FINALES CAPITULO UNICO Primera.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a traves de los Ministerios de Defensa e Interior, remitiran a los Ministerios de Economia y Finanzas, de Educacion, Salud, Industria, Turismo e Integracion, Agricultura, de la Presidencia, y al Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS); la relacion del personal militar, policial y civil reconocido como Defensor de la Patria y sus deudos beneficiarios, para los efectos a que se contrae la Ley Nº 26511. Segunda.- A fin de dar cumplimiento a las acciones senaladas en los articulos precedentes, los institutos de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional, asi como los sectores y demas organismos comprendidos en la Ley Nº 26511, deberan considerar una asignacion especifica dentro de sus presupuestos aprobados que permita cubrir los gastos de atencion medica, rehabilitacion integral y demas beneficios que demande su cumplimiento. Tercera.- Los derechos y beneficios que otorga la Ley Nº 26511 y el presente reglamento son independientes a otros beneficios y goces que conceden las leyes al personal militar, policial y civil, asi como cualquier otro goce que independientemente puedan otorgar los institutos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional a dicho personal. Cuarta.- Para los efectos de la calificacion a que se refiere el presente reglamento, otorgase al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el plazo de UN (1) ano, contado a partir de su publicacion. Quinta.- Los institutos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, a traves de sus Direcciones de Bienestar, remitiran al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas la relacion nominal de los invalidos permanentes y deudos empadronados, para los efectos que la ley otorga. Sexta.- Autorizase a la Comision de Calificacion de Combatientes y Defensores de la Patria, a considerar excepcionalmente todos aquellos casos de personal militar y civil que hayan fallecido o quedado invalidos, por hechos acaecidos con posterioridad al 28 de febrero de 1995 hasta el 31 de diciembre de ese mismo ano, siempre que tales hechos guarden relacion de intima causalidad con el Conflicto del Alto Cenepa, y se trate de acontecimientos derivados directamente de dicho conflicto, que no puedan ser referidos a otra causa. 3133

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban donacion en favor del CTAR de MORDAZA que sera destinada a obras de accion social entre pobladores de escasos recursos de la Region
RESOLUCION SUPREMA Nº 084-99-EF MORDAZA, 6 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 74898-CTAR-L-P de fecha 17 de diciembre de 1998, el Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA acepto la donacion realizada por Project Hope, con sede en Millwood, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, consistente en medicinas, las que seran destinadas a obras de accion social entre los pobladores de las comunidades mas necesitadas y de escasos recursos de la region; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del sector publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF, y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion efectuada por Project Hope, con sede en Millwood, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA, consistente en 72 bultos conteniendo medicinas con un valor aproximado de US$ 682 567 (Seiscientos Ochenta y Dos Mil Quinientos Sesenta y Siete y 00/ 100 Dolares de Estados Unidos de America), segun carta de donacion de fecha 2 de diciembre de 1998 y un peso aproximado de 1665 k. segun Guia Aerea Nº 210 3243 3225 de AEROPERU. Dicha donacion sera destinada a obras de accion social entre los pobladores de las comunidades mas necesitadas y de escasos recursos de la region. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia y por el Ministro de Economia y Finanzas.

AVISO

INELCOT
REGISTRO: 0321

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