Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 1999 (29/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 1999

Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la (s) Unidad (es) Ejecutora (s) bajo su ambito para que elabore (n) las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- MORDAZA del presente Decreto debera ser remitido, dentro de los cinco (5) dias de aprobado, a los organismos senalados en el Articulo 5º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999. Articulo 5º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Educacion y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7076

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del servidor cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 7079

DEFENSA
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos Fuerza Aerea
DECRETO SUPREMO Nº 031-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, se establecio la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de simplificacion administrativa establecido en el Decreto Supremo Nº 037-98-PCM y en concordancia con los lineamientos expuestos por el Programa de Modernizacion de la Administracion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, la Fuerza Aerea, Organo de Ejecucion del Ministerio de Defensa, ha procedido a la elaboracion de su Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos TUPA; Que, en ese sentido la Fuerza Aerea, Organo de Ejecucion del Ministerio de Defensa, ha cumplido con la identificacion y simplificacion de los procedimientos administrativos, los mismos que estan contenidos en un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos Fuerza Aerea "TUPAFA" - Edicion 1999; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 757, el inciso 2) del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 094-92-PCM y el Decreto Supremo Nº 037-98-PCM; y estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado por el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos Fuerza Aerea "TUPAFA" - Edicion 1999, el mismo que consta de un capitulo, con el caracter de documento "ORDINARIO", que en anexo forma parte integrante del presente documento. Articulo 2º.- Establecer para la Jefatura de Reserva y Movilizacion, los valores que establezca en el rubro Derecho de Pago MORDAZA calculados en funcion de porcentajes, referidos a la Remuneracion Minima MORDAZA, con la finalidad de que guarden relacion con el costo de los servicios prestados, en los Procedimientos Administrativos consignados en la Unidad Organica derivados de la Ley del Servicio Militar Obligatorio y su reglamentacion. Articulo 3º.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos Fuerza Aerea "TUPAFA" - Edicion 1999 entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Derogar las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente de la Republica MORDAZA BERGAMINO MORDAZA Ministro de Defensa

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de profesional de la SAFP a Bolivia para participar en MORDAZA sobre titularizacion de hipotecas
RESOLUCION SUPREMA Nº 222-99-EF MORDAZA, 28 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 147-99-EF/SAFP, la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones solicita se autorice el viaje de un profesional a la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, del 30 de MORDAZA al 4 de junio de 1999, para que participe en el MORDAZA Internacional sobre "Titularizacion de Hipotecas: Desarrollos y Perspectivas en MORDAZA Latina"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, correspondiente al Ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Ernau Gushiken, profesional de la Gerencia de Control de Instituciones e Inversiones, de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, del 30 de MORDAZA al 4 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: - Pasajes US$ 314,00 - Viaticos US$ 1 000,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00

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