Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 1999 (27/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 27 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA BIANCHI MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas Anexo (1) a la Resolucion Directoral Nº 0399-99/DCG de fecha 19 octubre 1999. PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD PARA EL INGRESO A ESPACIOS CERRADOS EN LOS BUQUES Y ARTEFACTOS NAVALES 1 INTRODUCCION La atmosfera de cualquier espacio cerrado puede ser pobre en oxigeno o contener gases o vapores inflamables o toxicos. Una atmosfera tan poco MORDAZA tambien puede darse en espacios que MORDAZA se consideraban seguros y puede igualmente producirse en espacios adyacentes a aquellos en los que se sabe que existe un peligro potencial. 2 DEFINICIONES 2.1 Por espacio cerrado se entiende un espacio con alguna de las siguientes caracteristicas: .1 Aberturas limitadas de entrada y salida; .2 Ventilacion natural insuficiente; .3 No esta proyectado para que constantemente MORDAZA en el trabajadores, e incluye, sin que la lista sea exhaustiva, espacios de carga (bodegas), dobles fondos, tanques de combustible, tanques de lastre, camaras de bombas, camaras de compresores, coferdanes, espacios perdidos, quillas de cajon, espacios entre barreras, carteres de motores y tanques de aguas sucias. 2.2 Por persona competente se entiende una persona con suficiente conocimiento teoricos y experiencia practica para evaluar correctamente la posibilidad de que exista una atmosfera peligrosa, o de que esta pueda surgir posteriormente, en un determinado espacio. 2.3 Por persona responsable se entiende una persona autorizada para permitir la entrada en un espacio cerrado y que tenga conocimientos suficientes de los procedimientos que han de seguirse. 3 EVALUACION DE RIESGOS 3.1. Con objeto de garantizar la seguridad, una persona competente realizara siempre una evaluacion preliminar de los riesgos del espacio en el que se va a entrar, teniendo en cuenta la carga previamente transportada, la ventilacion del espacio, el revestimiento y otros factores pertinentes. Dicha evaluacion preliminar permitira determinar la posible presencia de una atmosfera pobre en oxigeno, inflamable o toxica. 3.2. Los procedimientos que han de seguirse para someter a ensayo la atmosfera del espacio y para entrar en el se decidiran a partir de la evaluacion preliminar y segun que esta ponga de relieve lo siguiente: .1 Existe un riesgo minimo para la salud o la MORDAZA del personal que entre en el espacio; .2 No existe riesgo inmediato para la salud o la MORDAZA del personal, pero puede surgir en el curso del trabajo que se realice en el espacio; y .3 Se ha detectado un riesgo para la salud o la MORDAZA humana. 3.3. Cuando la evaluacion preliminar demuestre que el riesgo para la salud o la MORDAZA humana es minimo o que este puede surgir en el curso del trabajo que vaya a realizarse en ese espacio, se tomaran las precauciones adicionales que se especifican en las secciones 4, 5, 6 y 7. 3.4. Cuando de la evaluacion preliminar se desprenda que la entrada en el espacio entrana un riesgo para la MORDAZA o la salud humana, se tomaran las precauciones adicionales que se especifican en la seccion 8. 4 AUTORIZACION DE ENTRADA 4.1 Nadie abrira un espacio cerrado ni entrara en el a menos que el capitan, patron o una persona responsable

designada hayan dado su autorizacion y se hayan seguido los procedimientos de seguridad especificados para el buque o artefacto naval. 4.2 La entrada en espacios cerrados se planificara de antemano, recomendandose emplear un sistema de permiso de entrada que puede incluir listas de comprobaciones. El permiso de entrada en espacios cerrados lo expedira el capitan o patron o la persona responsable designada, debiendo previamente ser cumplidas las listas de verificacion respectivas por la persona que va a entrar en el espacio. En el apendice figura un ejemplo de permiso de entrada en espacios cerrados. 5 PRECAUCIONES DE CARACTER GENERAL 5.1 El capitan, patron o la persona responsable determinara que es seguro entrar en un espacio cerrado, cerciorandose de que: .1 La evaluacion ha permitido detectar los riesgos y, que estos se han aislado o neutralizado; .2 El espacio ha sido concienzudamente ventilado por medios naturales o mecanicos a fin de suprimir cualquier gas toxico o inflamable y de asegurar un nivel adecuado de oxigeno en todo el espacio. .3 La atmosfera del espacio se ha sometido a ensayo, utilizando instrumentos debidamente calibrados para garantizar niveles aceptables de oxigeno y de vapores inflamables o toxicos; .4 La entrada en el espacio no presenta riesgos y este se halla debidamente iluminado; .5 Se ha convenido utilizar un sistema idoneo de comunicaciones entre todas las partes durante la entrada en el espacio, y este se ha sometido a prueba; .6 Un vigilante ha recibido instrucciones de permanecer apostado fuera del espacio mientras MORDAZA alguien en el; y .7 Se ha colocado a la entrada del espacio, listo para su uso, equipo de salvamento y reanimacion y se han acordado medidas de rescate; .8 El personal lleva la indumentaria y el equipo adecuados para entrar en el espacio y realizar las tareas consiguientes; y, .9 Se ha expedido un permiso autorizando la entrada. Puede que las precauciones de los sub-parrafos .6 y .7 no MORDAZA aplicables a todas las situaciones descritas en la presente seccion. Por ello, la persona que autorice la entrada debera determinar, si es necesario, que MORDAZA un vigilante apostado a la entrada del espacio, asi como la colocacion en ese lugar de equipo de salvamento. 5.2 La responsabilidad de entrar en el espacio, quedar de vigilancia o formar parte de los equipos de salvamento, unicamente se asignara a personal capacitado; los tripulantes del buque o artefacto MORDAZA deberan realizar periodicamente ejercicios de salvamento y de primeros auxilios. 5.3 Todo el equipo que se utilice en relacion con la entrada en un espacio cerrado, estara en buenas condiciones y se inspeccionara MORDAZA de utilizarlo. 6 ENSAYOS DE LA ATMOSFERA 6.1 Una persona competente en la utilizacion del equipo realizara los ensayos necesarios de la atmosfera del espacio con equipo debidamente calibrado. Se seguiran estrictamente las instrucciones del fabricante. Los ensayos se realizaran MORDAZA de que nadie entre en dicho espacio, y a intervalos regulares a partir de ese momento hasta que se MORDAZA concluido todo el trabajo. Cuando proceda, los ensayos en el espacio se realizaran en tantos niveles diferentes como se estime oportuno para conseguir asi una muestra representativa de la atmosfera del espacio. 6.2 Para que la entrada sea posible, deben obtenerse las lecturas fijas siguientes: .1 21 % de oxigeno, en volumen, por medicion del contenido de oxigeno; y .2 No mas del 1 % del limite inferior de inflamabilidad, con gasoscopio, debidamente sensible, si en la evaluacion preliminar se ha determinado que cabe la posibilidad de que MORDAZA gases o vapores inflamables. Si no es posible satisfacer dichas condiciones se aplicara ventilacion adicional al espacio y se volvera a realizar el ensayo. Cualquier ensayo con gas se realizara estando

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