Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2000 (07/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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me a ley por la administracion; siendo el caso que el acta de inspeccion del 7 de noviembre de 1998 citada por la recurrente en su recurso, no acredita que este cumplio en su totalidad con subsanar las observaciones higienico - sanitarias efectuadas a su planta de procesamiento; Que la recurrente persiste en el incumplimiento de lo requerido a traves de los Oficios Nºs. 1134-98-PE/DNPP-Dc y 1413-98-PE/DNPP referidos a la entrega de un cronograma de subsanacion de deficiencias higienico - sanitarias de su planta de enlatado, asi como la informacion sobre la sustitucion de los equipos principales (cocinadores estaticos y autoclaves), incumplimiento que motivo la resolucion impugnada asi como la Resolucion Directoral Nº 207-98-PE/DNPP; Que el derecho de ACTIVIDADES PESQUERAS S.A. a un debido MORDAZA no ha sido vulnerado, toda vez que esta ha podido ejercer su derecho de defensa a traves del recurso de apelacion materia de la presente resolucion; Que la recurrente no ha desvirtuado a traves de lo expuesto en su recurso de apelacion, los fundamentos que dieron origen a la resolucion impugnada por lo que deviene infundado el recurso de apelacion interpuesto;

De conformidad con lo establecido en los Articulos 17º al 20º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, el Articulo 305º numeral 5 del Codigo Procesal Civil y, los informes emitidos mediante los Oficios Nºs. 031-00-JUS/DNAJ, 025-00-JUS/DNAJ, el Informe Nº 001-2000JUS/DDJ y la Resolucion Ministerial Nº 039-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la abstencion del funcionario titular del Despacho Viceministerial de Pesqueria para conocer el recurso de apelacion interpuesto por ACTIVIDADES PESQUERAS S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 163-99-PE/ DNPP y, en consecuencia disponer que el Despacho Ministerial se aboque al conocimiento del presente procedimiento, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por ACTIVIDADES PESQUERAS S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 163-99-PE/DNPP, por los fundamen-

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