Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2000 (24/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de junio de 2000

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Administracion de la Agencia Municipal de la MORDAZA "B" el cumplimiento del presente acuerdo. Articulo Cuarto.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano, el presente dispositivo municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 7141

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7120

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 072-MDSL San MORDAZA, 19 de junio del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 30 de MORDAZA del 2000, aprobo por unanimidad los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad de San Luis. CONSIDERANDO: Que, la Ley MORDAZA para el crecimiento de la inversion privada, Decreto Legislativo Nº 757, Articulo 20º y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 094-92-PCM, establece la obligatoriedad de aprobar y publicar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, para las Entidades de la Administracion Publica; Que, corresponde a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobar el Texto Unico de Procedimientos con arreglo al Articulo 22º de la citada Ley; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA del ano 1999, requiere ser dotado de modificaciones en los diferentes Procedimientos Administrativos de acuerdo a la normatividad vigente, por ello la Administracion Municipal propone un Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, el Articulo 70º del D.L. Nº 776 establece que los derechos que se cobren por la tramitacion de los Procedimientos Administrativos solo seran exigibles a los usuarios cuando conste en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Articulos 191º y 192º Constitucion Politica del Estado, Articulo 36º, inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 23853, Art. 22º Decreto Legislativo Nº 757, D.S. Nº 09492-PCM se expidio la siguiente: ORDENANZA TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA - MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencias de Administracion, Finanzas, Desarrollo MORDAZA y Servicios Municipales velar por el cabal cumplimiento del presente en cuanto les corresponda. Articulo Tercero.- DEROGAR los dispositivos legales que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Fijan monto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a sesiones de concejo
RESOLUCION MUNICIPAL Nº 001-2000-MPH Huancabamba, 20 de enero del 2000 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de enero del 2000, la Mocion de Orden del Dia para establecer el monto de la Dieta que percibiran los senores Regidores durante el presente ejercicio presupuestal. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 26317, que modifica la Ley Nº 23853 "Organica de Municipalidades" y que establece que el monto que percibiran los Regidores por asistencia efectiva a la correspondiente Sesion de Concejo debe ser acordado por el Concejo Municipal; y que este monto se abonara proporcionalmente hasta por un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes, acuerdo que se debe adoptar una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de enero del 2000, los senores Regidores sometieron a debate la Mocion de Orden del Dia, referente al monto por concepto de dieta que percibiran en su calidad de miembros de este Concejo Municipal Provincial para el ejercicio presupuestal del 2000; Que, la labor que desempenan los senores Regidores no solo es asistir a las sesiones de Concejo, sin que esta es producto del trabajo que desarrollan en las Comisiones Permanentes y Especiales; asi como de las actividades que devienen de los acuerdos de Comisiones y de la propia Sesion de Concejo; De conformidad con el Articulo 3º de la Ley Nº 26317, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo; y, En uso de las facultades y atribuciones legales conferidas por la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FIJAR la suma de S/. 800.00 (OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), como dieta por Asistencia Efectiva a cada Sesion de Concejo, retribucion que se MORDAZA hasta por un MORDAZA de tres Sesiones al mes. Articulo Segundo.- Las demas Sesiones de Concejo que se realicen durante el mes, no seran computables para la percepcion de la dieta fijada segun el articulo anterior. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir del primer dia del mes de enero del ano en curso.

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