Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2000 (22/09/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 193168

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de setiembre de 2000

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de Cooperacion y Ayuda Mutua en la Esfera de Prevencion y Mitigacion de Situaciones de Emergencia, suscrito con el Gobierno de la Federacion de Rusia
DECRETO SUPREMO Nº 030-2000-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio de Cooperacion y Ayuda Mutua en la Esfera de Prevencion y Mitigacion de Situaciones de Emergencia entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia", fue suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 3 de MORDAZA del ano 2000; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso, en materia de su exclusiva competencia; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio de Cooperacion y Ayuda Mutua en la Esfera de Prevencion y Mitigacion de Situaciones de Emergencia entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 3 de MORDAZA del ano 2000. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de setiembre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO DE COOPERACION Y AYUDA MUTUA EN LA ESFERA DE PREVENCION Y MITIGACION DE SITUACIONES DE EMERGENCIA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA FEDERACION DE RUSIA El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Federacion de Rusia, en adelante las "las Partes"; Deseosos de fortalecer los tradicionales lazos de amistad entre ambos pueblos; Reconociendo que la cooperacion en la esfera de prevencion y mitigacion de situaciones de emergencia favorecera el bienestar y la seguridad de ambos Estados; Conscientes de que nos encontramos expuestos a sufrir situaciones de emergencia por las constantes amenazas de las catastrofes de origen natural o tecnologico, que colocan en situaciones de riesgo a los pueblos; Teniendo en cuenta la utilidad para MORDAZA Partes del intercambio de la informacion cientifico - tecnica en la esfera de prevencion y mitigacion de situaciones de emergencia; Tomando en consideracion la eventualidad del surgimiento de situaciones de emergencia que no puedan ser mitigadas por las fuerzas y los medios propios de una de las Partes, y la necesidad de coordinar diversas actividades conjuntas entre ambos Estados con el fin de prevenir y mitigar las situaciones de emergencia; Teniendo en cuenta el papel de la Organizacion de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales inmersas en la esfera de la prevencion y mitigacion de situaciones de emergencia; Han convenido lo siguiente: Articulo 1 TERMINOS Los terminos que se usan en el presente Convenio tienen el siguiente significado:

- "La Parte solicitante": Es la Parte que se dirige a la otra Parte solicitando el envio de grupos de personal de asistencia, de equipos respectivos y materiales de abastecimiento; - "La Parte Asistente": Es la Parte que satisface la solicitud de la otra Parte sobre el envio de grupos de personal de asistencia, de equipos respectivos y materiales de abastecimiento; - "El Organismo Competente": Es el organismo designado por las Partes para coordinar y dirigir los trabajos relacionados con la realizacion de los compromisos contenidos en el presente Convenio; - "El Grupo de Personal de Asistencia": Es el grupo organizado por especialistas de la Parte Asistente, incluyendo al personal militar dotado de equipos necesarios, y cuyo objetivo es prestar la ayuda de asistencia; - "Situacion de Emergencia": Es la situacion que se crea en un territorio determinado como consecuencia de averias, fenomenos naturales peligrosos, catastrofes, desastres naturales o de otra indole, que puedan ocasionar o causar victimas y/o dano a la salud humana o al medio ambiente, MORDAZA perdidas y alteraciones de las condiciones de la MORDAZA humana; - "Prevencion de Situaciones de Emergencia": Es un conjunto de actividades realizadas con anticipacion y orientadas a la reduccion en lo MORDAZA posible del riesgo de surgimiento de la situacion de emergencia, asi como preservar la salud humana, disminuir los danos materiales y conservar el medio ambiente en caso de que este se produzca; - "Mitigacion de la Situacion de Emergencia": Comprende trabajos de salvamento, rescate y otras labores de caracter urgente que se llevan a cabo al producirse en caso de emergencia, y estan encaminados a salvar vidas humanas y preservar la salud, reducir los danos materiales y conservar el medio ambiente, asi como localizar la MORDAZA de emergencia, y poner fin a la influencia de factores peligrosos tipicos para esta zona; - "Zona de emergencia": Es el territorio de una de las Partes en el cual se ha producido una situacion de emergencia; - "Trabajos de Salvamento y Rescate": Son actividades orientadas a salvar la MORDAZA humana, valores materiales y culturales, a proteger el medio ambiente en la MORDAZA de emergencia, asi como localizar la MORDAZA de emergencia y reducir o llevar hasta el nivel minimo posible los factores de peligro; - "Equipo": Comprende los materiales, medios tecnicos, transporte y equipo del personal de asistencia; - "Materiales de abastecimiento": Comprenden los bienes materiales que seran repartidos entre la poblacion damnificada en la situacion de emergencia; Articulo 2 ORGANISMOS COMPETENTES Las Partes determina los organismos competentes: De la Parte Rusa: El Ministerio de Defensa Civil, Situaciones de Emergencia y Mitigacion de Consecuencias de Desastres Naturales de la Federacion de Rusia. De la Parte Peruana: El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). En el caso de que las Partes designen a otra entidad como organismos competentes, se debera informar por escrito a traves de la via diplomatica. Articulo 3 FORMAS DE COOPERACION La cooperacion en el MORDAZA del presente Convenio estipula: - Organizacion y realizacion de la observacion de las situaciones de peligro de caracter tecnologico, asi como de los fenomenos naturales. - El pronostico y la prevision de las situaciones de emergencia y evaluacion de sus consecuencias. - La organizacion de la preparacion de la poblacion para las acciones a tomar en situaciones de emergencia, incluso para prestar la asistencia medica de urgencia. - La organizacion de la interaccion de las instituciones estatales interesadas en mitigar las situaciones de emergencia. - La evaluacion del riesgo para el medio ambiente y la poblacion con la eventual contaminacion generada por averias industriales, catastrofes y desastres naturales. - El intercambio de informacion, literatura periodica especializada, videos y fotografias, asi como de avances tecnologicos. - La organizacion de conferencias, seminarios, reuniones de trabajo, simulacros y entrenamientos conjuntos. - El planeamiento, elaboracion y realizacion conjunta de proyectos de investigacion cientifica, intercambio de literatura cientifico - tecnica y de resultados de los trabajos de investigacion. - La preparacion de especialistas en los centros educativos estatales de la otra parte, su capacitacion, intercambio de practicantes, profesores y cientificos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.