Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2001 (20/02/2001)


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MORDAZA, martes 20 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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cion se efectuaran dentro de los 30 dias de aprobada la presente Ley, remitiendo MORDAZA de las Resoluciones correspondientes a los Organismos senalados en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 909. Articulo 4º.- Remision de la Informacion del Primer Trimestre al Congreso de la Republica El Ministerio de Economia y Finanzas, durante el primer trimestre, informara quincenalmente a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica el detalle de los montos realmente desembolsados a nivel de Sectores, Pliegos y Programas, bajo responsabilidad del titular. Articulo 5º.- Disposiciones Generales para la Ejecucion Presupuestaria del Gasto Publico La ejecucion presupuestaria del gasto publico se rige por las siguientes disposiciones: a) La ejecucion presupuestal asi como las demandas adicionales de gasto de las Entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas, se realiza dentro del monto aprobado como Asignacion para la Ejecucion Presupuestaria correspondiente al Ano Fiscal 2001 a que hace referencia el numeral 3.3 del Articulo 3º de la presente Ley, las Asignaciones Trimestrales de Gasto y los respectivos Calendarios de Compromisos que autorice la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. b) Una vez publicada la Resolucion de aprobacion del Calendario de Compromisos, la autoridad competente para comprometer gastos debe iniciar el registro de los compromisos en el Sistema Integrado de Administracion Financiera, asegurando la atencion de las planillas de personal activo y cesante, las contribuciones por cargas sociales cuando corresponda, y el pago total de las tarifas de servicios basicos. c) Cualquier saldo de calendario de compromisos que se produzca con motivo de la elaboracion de planillas y el pago de remuneraciones del personal activo y cesante, no debe ser utilizado en gastos que no MORDAZA de aplicacion para la entidad, asi como tampoco en conceptos que no esten legalmente establecidos, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, el Jefe de la Unidad Ejecutora y de la Oficina de Administracion de esta ultima.

d) Los montos asignados mediante los Calendarios de Compromisos, con cargo a los recursos publicos, son comprometidos presupuestalmente en el mes correspondiente. Los montos no comprometidos, excepcionalmente seran atendidos en los Calendarios de Compromisos de los meses posteriores, previa justificacion ante la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. e) Los conceptos contenidos en los Clasificadores Presupuestarios son utilizados unica y exclusivamente para fines de registro presupuestario y no generan derechos ni obligaciones en su aplicacion. f) Las Disposiciones establecidas en el presente articulo no son de aplicacion a los Gobiernos Locales, sus Organismos Publicos Descentralizados y Empresas, con excepcion de lo dispuesto en el inciso e) del presente articulo. Articulo 6º.- Normas de Austeridad en la Ejecucion del Gasto Publico Se establecen las siguientes Normas de Austeridad en la Ejecucion del Gasto Publico: 6.1 Las Normas de Austeridad, en adelante Normas, constituyen un conjunto de disposiciones administrativas de caracter general que permiten racionalizar el gasto publico. Las referidas Normas deberan ser observadas por los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas. Las Normas no seran aplicables a los gastos destinados exclusiva y directamente al Programa de Apoyo Social financiado con PL 480, a los Proyectos de Asistencia Alimentaria, a los Proyectos de Repoblacion, al Mejoramiento de la Educacion Primaria y Secundaria, a la Educacion Basica para todos, a la Lucha contra las Epidemias, al Programa de Planificacion Familiar, a los Programas de Apoyo a la Reforma del Sector Salud, a la Salud para todos, a la Atencion Basica de Salud, a la Accion Civica, a la Titulacion y Registro de Tierras, a los Programas sobre Propiedad Urbano-Marginal, a la Alfabetizacion, a los Programas de Agua para todos, a los Proyectos del FONCODES, COOPOP e INFES, a las acciones de control forestal y fauna, al Apoyo al

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