Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2001 (21/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por Ley Nº 26810; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar FUNDADO en parte, el Recurso de Apelacion interpuesto por don MORDAZA Sisniegas MORDAZA contra la Resolucion Presidencial Nº 064 de fecha 21 de febrero del 2001, expedida por el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, modificando la sancion impuesta al recurrente al cese temporal por 30 dias. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Instituto Nacional de Bienestar Familiar y al interesado, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 27571

Vistos los Recursos de Apelacion interpuestos por don MORDAZA MORDAZA Huayamares MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Aparcana contra la Resolucion Presidencial Nº 167 de fecha 11 de MORDAZA del 2001, expedida por el Instituto Nacional de Bienestar Familiar, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Presidencial Nº 167 del Instituto Nacional de Bienestar Familiar de fecha 11 de MORDAZA del 2001, se impuso las medidas disciplinarias de cese temporal por 60 dias y 6 meses, respectivamente, contra los senores MORDAZA MORDAZA Huayamares MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Aparcana, en merito al Informe Nº 005-2000-SBI-OAI "Examen Especial al Area de Tesoreria, Ejercicio 1999" de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, emitido con fecha 12 de MORDAZA del 2000, el cual fuera calificado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, al considerarse que en el MORDAZA del MORDAZA Administrativo Disciplinario no se desvirtuaron los cargos que se les imputa; Que en el presente ha quedado corroborado que el senor MORDAZA, en su calidad de Gerente de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, participo visando el contrato de locacion de servicios del CPC MORDAZA MORDAZA Jahuancama para realizar un Examen Especial de Auditoria, sin considerar que el contratado no estaba inscrito como Auditor en el Organo Superior de Control, incurriendo de este modo en negligencia en el desempeno de sus funciones, falta tipificada en el inciso d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, no habiendo logrado desvirtuar su responsabilidad en los hechos MORDAZA expuestos, en la formulacion de sus descargos escritos ni en su Informe Oral en el MORDAZA del MORDAZA Administrativo Disciplinario; Que de igual modo, se comprende al senor Huayamares en los mismos hechos, por ejercer irregular e informalmente la Jefatura de la Oficina de Asesoria Legal de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, y por visar el contrato de locacion de servicios MORDAZA referido, considerando que asimismo, no ha desvirtuado los cargos que se le imputan, habiendo ademas reconocido haber visado el referido contrato; Que los senores Huayamares y MORDAZA formulan sendos recursos de apelacion dentro del plazo de ley, los cuales se acumulan para este efecto de conformidad con el Articulo 67º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; Que los recurrentes argumentan que la accion ha prescrito conforme al Articulo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, lo cual ha sido desvirtuado ya que la autoridad competente para instaurar el MORDAZA administrativo respectivo, en este caso la Presidenta del INABIF, no pudo tomar conocimiento un ano MORDAZA de la expedicion de la Resolucion Presidencial Nº 113, de fecha 30 de marzo del 2001, toda vez que el Informe Nº 005-2000SBI-OAI "Examen Especial al Area de Tesoreria, Ejercicio 1999" de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, emitido con fecha 12 de MORDAZA del 2000, como consta del propio documento; Que con respecto a la supuesta nulidad del MORDAZA mencionado Informe de Auditoria Interna como consecuencia de la nulidad de la designacion del Jefe de la Oficina de Auditoria Interna de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, por no haberse formalizado esta mediante Resolucion Suprema de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25515, dicho argumento queda desvirtuado toda vez que prima la MORDAZA especifica sobre la MORDAZA general, en este caso los Decretos Supremos Nº 029-89-SA y Nº 002-97-PROMUDEH, para la designacion de los gerentes y demas cargos de confianza de las Sociedades de Beneficencia Publica, y de los Presidentes y Miembros de los Directorios de las mismas, respectivamente, de conformidad con los principios generales del derecho; Que si bien del analisis y revision de los documentos tenidos a la vista se observa que los argumentos expuestos por los recurrentes, no se han enervado los cargos imputados en su contra, debe merituarse las circunstancias en que se comete la falta, la forma de comision y los

Autorizan ausentarse del MORDAZA a la Presidenta del INABIF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 277-2001-PROMUDEH MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cobian, Presidenta del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, efectuara un viaje a la MORDAZA de Nueva MORDAZA - Estados Unidos de MORDAZA, del 20 al 28 de MORDAZA de 2001, por motivos personales; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje de la indicada funcionaria; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866 y sus normas modificatorias y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBIAN, Presidenta del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA - Estados Unidos de MORDAZA, del 20 al 28 de MORDAZA de 2001, por motivos personales. Articulo 2º.- El viaje autorizado en la presente Resolucion no irrogara gastos al Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derechos, exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 27572

Declaran fundada en parte impugnacion contra resolucion que sanciono con cese temporal a ex funcionario y servidor de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2001-PROMUDEH MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001

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