Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2001 (28/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2001

mediante el cual comunica en forma documentada el fallecimiento de una candidata al Congreso de la Republica para las elecciones generales del ano 2001; CONSIDERANDO: Que cada organizacion politica registrada en el MORDAZA Nacional de Elecciones puede inscribir una lista de candidatos al Congreso de la Republica para cada distrito electoral ante el MORDAZA Electoral Especial correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 115º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que los derechos de participacion politica, de elegir y ser elegido, garantizados en el Articulo 2º, inciso 17), y Articulo 31º de la Constitucion Politica, se ejercen de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley; Que el fallecimiento de un candidato al Congreso de la Republica no invalida la inscripcion de la lista ni afecta a los demas integrantes de la misma; de conformidad con lo establecido en el Articulo 123º de la Ley Organica de Elecciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Anular la candidatura al Congreso de la Republica para las elecciones generales del ano 2001 a la siguiente ciudadana, por fallecimiento:
Nº 3 Candidato Lista Distrito Electoral Tumbes

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, compete a este supremo organo electoral fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales; Que, de la observacion de la bolsa conteniendo el producto lacteo remitido en calidad de prueba por la recurrente, es de advertirse que en la parte frontal registra la siguiente inscripcion, entre otros: "Programa del Vaso de Leche" - Municipalidad de El MORDAZA, MORDAZA Antiporta Laymito, MORDAZA - Distribucion Gratuita - Prohibida su Venta, registrandose en la parte posterior como fecha de produccion, diciembre del 2000 y como vencimiento casi ilegible 2001; Que, los incisos a) y b) del Articulo 346º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, disponen que, esta prohibido a toda autoridad politica o publica, intervenir en el acto electoral para coactar, impedir o perturbar la MORDAZA de sufragio, utilizando la influencia de su cargo o de los medios de los que esten provistas sus reparticiones; y, practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Poner en conocimiento del Ministerio Publico, el contenido de la presente resolucion, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones senaladas en la ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20676

MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Unidad Nacional

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, la presente Resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO. DE MORDAZA CANO. BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 20675

SBS

Autorizan inscripcion de empresa en Ponen en conocimiento del Ministerio el Registro del Sistema de Seguros Publico contenido de resolucion soRESOLUCION SBS Nº 213-2001 bre hechos relativos a denuncia forLima, 19 de marzo de 2001 mulada contra candidato al Congreso EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS de la Republica
RESOLUCION Nº 266-2001-JNE MORDAZA, 27 de marzo de 2001 VISTO: El Acuerdo del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante el cual se acordo remitir al Ministerio Publico la denuncia formulada por la ciudadana MORDAZA MORDAZA Naranjo, candidata al Congreso por el Partido Union por el Peru, en representacion de Faviola MORDAZA MORDAZA, Coordinadora del vaso de Leche del Asentamiento Humano Ancieta Alta de El MORDAZA contra el candidato MORDAZA Antiporta Laymito, Candidato al Congreso con el Nº 4 de la Alianza Electoral "Solucion Popular", imputandosele que en su condicion de MORDAZA del Concejo Distrital de El MORDAZA, provincia de MORDAZA, viene distribuyendo productos lacteos a los Comites del Vaso de Leche, en bolsas con inscripciones que propagandizan su candidatura, utilizando para el efecto, locales y personal del municipio; El Oficio Nº 088-2001-ALC-MDEA, recibido el 5 de marzo de 2001, remitido por MORDAZA Antiporta Laymito, MORDAZA del Concejo Distrital de El MORDAZA, quien niega los cargos imputados en la denuncia senalada; VISTA: La solicitud presentada por los senores MORDAZA MORDAZA Lema Hanke y/o MORDAZA MORDAZA Aguayo Luy para que se autorice la inscripcion de la empresa MORDAZA Gay & Company Limited de Londres Inglaterra, en el Registro del Sistema de Seguros Libro I Seccion B: Extranjeros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Reaseguros Extranjeros; Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la mencionada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2001-SAS celebrada el 12 de marzo de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y

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