Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2001 (21/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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DENOMINACION (6)

NORMAS LEGALES
MONEDA NACIONAL (a) MONEDA EXTRANJERA en S/. (b) TOTAL (c)= (a)+(b)

MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2001
% (c ) --------------A+B

Nº CUENTAS E Nº CUENTAS E TOTAL INSTRUMENTOS INSTRUMENTOS N° CUENTAS E MONEDA MONEDA INSTRUMENTOS NACIONAL (d) EXTRANJERA (e) (f)= (d)+(e)

Depositos Judiciales y Administrativos Depositos de Ahorro Activos Certificados de Depositos No Negociables Cuentas a Plazo Otras Obligaciones por Cuentas a Plazo Depositos en Garantia Depositos para Planes Progresivos Depositos CTS Obligaciones con el Publico Restringidas Depositos de Ahorro Inactivos Certificados de Deposito Negociables (7) Valores en Circulacion (7) Total (C2) TOTAL C (C1 +C2) D. MONTO NO SUJETO A COBERTURA MONEDA NACIONAL (a) MONEDA EXTRANJERA (b) en S/. TOTAL (c)= (a)+(b) % (c ) --------------A+B

TOTAL D
MORDAZA de Cambio: .................................... Notas (1) En caso de ser clasificado en una subcategoria, se debera consignar adicionalmente la categoria de riesgo respectiva en el casillero correspondiente. (2) Considera solo las cuentas abiertas durante el ultimo mes. (3) En las cuentas 2108.01 y 2108.03 considerar solo las imposiciones cubiertas por el Fondo. (4) Solo incluye los intereses devengados por los depositos e inversiones a que se refiere esta seccion B. (5) Considerar los emitidos con caracter nominativo a nombre de personas naturales y juridicas sin fines de lucro. No considerar la cuenta 2808 ni los instrumentos representativos de deuda subordinada, comprendidos en las cuentas 2802, 2806. (6) Incluye los intereses devengados no capitalizados. (7) Se refiere a las imposiciones senaladas en la seccion B

-------------------------------------- GERENTE GENERAL

-------------------------------------- CONTADOR GENERAL CPC Nº

NOTAS METODOLOGICAS DEL ANEXO Nº 17-A "CONTROL DE IMPOSICIONES CUBIERTAS POR EL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS" 1. DEFINICIONES 1.1. Afectacion: Es el MORDAZA que tiene por objetivo determinar, una vez obtenido el monto MORDAZA de cobertura por el Fondo, el monto respaldado en cada una de las imposiciones cubiertas del cliente, sujetas al orden descrito en las presentes notas metodologicas. 1.2. Clientes asegurados: Clientes beneficiarios del Fondo de acuerdo con el Articulo 152º de la Ley General. 1.3. Informacion MORDAZA 1: Es aquella informacion que no presenta problemas en la identificacion del cliente o en cualquier otro MORDAZA necesario para la elaboracion del presente anexo. 1.4. Informacion MORDAZA 2: Es aquella informacion que presenta problemas o inconsistencias que no permiten la identificacion plena del asegurado. 1.5. Monto acreedor por cuenta: Es el monto correspondiente al saldo acreedor de una cuenta y sus intereses devengados no capitalizados. 1.6. Monto acreedor por cliente: Es el monto total acreedor que representa la suma de los montos acreedores por cuenta correspondientes a cada cliente. 1.7. Monto MORDAZA de cobertura: Es el monto MORDAZA cubierto por el Fondo por persona en cada empresa, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 153º de la Ley General. 1.8. Monto sujeto a cobertura: Es el monto cubierto por el Fondo por cada cliente correspondiente a las imposiciones cubiertas por el Fondo.

2. CONSIDERACIONES GENERALES El Anexo debera ser remitido sobre la base de la informacion correspondiente a los clientes cubiertos por el Fondo segun lo dispuesto en el Articulo 152º de la Ley General. Las cuentas en moneda extranjera deben ser expresadas en moneda nacional al MORDAZA de cambio contable definido por la SBS correspondiente a la fecha de cierre del mes reportado. 2.1. Seccion A La informacion correspondiente a cada cuenta contable de la seccion A del Anexo se refiere al promedio de saldos diarios del mes correspondiente a cada imposicion respaldada por el Fondo, de acuerdo a la normatividad vigente, sin considerar el limite del monto MORDAZA de cobertura. 2.2. Seccion B La informacion correspondiente a la seccion B del Anexo se refiere al promedio de saldos diarios del mes de los depositos e instrumentos financieros amparados por la legislacion derogada. 2.3. Seccion C La informacion correspondiente a la seccion C del Anexo se refiere al monto sujeto a cobertura de las imposiciones cubiertas por el Fondo, conforme al Articulo 152º de la Ley General y se elaborara sobre la base del promedio de los saldos diarios del mes de cada cuenta por cada cliente. 2.3.1. Identificacion de clientes con informacion MORDAZA 1 y MORDAZA 2 Para calcular el monto sujeto a cobertura de los clientes asegurados, previamente deben identificarse las cuentas mancomunadas y prorratear sus saldos e intereses devengados entre los titulares de tales cuentas, de acuerdo con el Articulo 152º de la Ley General. No se considera para efectos de este reporte la compensacion a que se refiere el Articulo 155º de la Ley General. Luego de ello debe separarse a los clientes con Informacion MORDAZA 1 (informacion sin problemas) de los clientes con Informacion MORDAZA 2 (informacion con problemas

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