Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2002 (18/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de MORDAZA de 2002

de Recursos Marinos (MSOM-MRC-WG); paralelamente se desarrollara el MORDAZA ECOTECH/NGO/CEO, y consecutivamente la Reunion Conjunta de Altos Funcionarios de ambos grupos de trabajo, concluyendose con la Reunion Ministerial que adoptara un Informe Final y la Declaracion del MORDAZA de Seul; Que mediante Oficio Nº 156-2002-PE/DM/SG de fecha 18 de marzo de 2002, el Ministro de Pesqueria comunica al encargado de Negocios, a.i. senor Young-Woo Ro, que en su reemplazo designa al senor Contralmirante A.P. (r) MORDAZA MORDAZA Escaro, Presidente del Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), como su representante personal para asistir al citado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Contralmirante A.P. (r) MORDAZA MORDAZA Escaro, Presidente del Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), quien participara en calidad de representante personal del senor Ministro de Pesqueria, en la Primera Reunion de Ministros relacionados con los Oceanos del APEC, a realizarse en la MORDAZA de Seul - Corea del Sur, desde el 22 al 26 de MORDAZA de 2002. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion por el concepto de pasajes aereos seran financiados por el Ministerio de Asuntos Maritimos y Pesqueros de Corea del Sur, correspondiendo al Pliego del Ministerio de Pesqueria asumir los gastos complementarios de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos US$ 1 820,00 - Tarifa CORPAC US$ 25,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado representante presentara un informe al Despacho Ministerial con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria, describiendo las acciones realizadas durante la Reunion, conjuntamente con la rendicion de cuentas que debera efectuarse conforme a lo dispuesto en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 048-2001PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 7064

Examen Especial a la Oficina de Logistica, relacionada a la falta de supervision adecuada en el cumplimiento del Contrato Nº 656/1999/PROMUDEH/GGA/OL con la Empresa de Seguridad y Vigilancia PSP S.R.L. por el total de los puestos y turnos establecidos, generandose con ello un pago indebido ascendente a S/. 7,608.95 (SIETE MIL SEISCIENTOS OCHO Y 95/100 NUEVOS SOLES) a favor de dicha Empresa; Que durante la tramitacion del presente MORDAZA administrativo disciplinario, el procesado ha contado con todas las garantias de un debido MORDAZA, contando con los antecedentes del caso, otorgandosele la prorroga respectiva para la MORDAZA de sus descargos y haciendo uso de la palabra para sustentar su defensa, todo ello de conformidad con lo previsto en los Articulos 168º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que de la confrontacion y valoracion de las pruebas presentadas por el Sr. MORDAZA Gastello Maltese, se ha podido concluir que las mismas no desvirtuan en su totalidad la falta de caracter administrativo imputada, por cuanto si bien se ha establecido que no ha existido dolo en el accionar del procesado, y que a pesar de haber ejercido regularmente MORDAZA control al servicio de vigilancia, ha subsistido el incumplimiento de las normas establecidas para el desempeno de sus funciones, tal conforme lo establece el Articulo 28º, inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, ya que en su calidad de Jefe de Logistica no superviso el fiel cumplimiento del Contrato del Servicio de Seguridad y Vigilancia con la Empresa PSP S.R.L., motivo por el cual debe disponerse el recupero administrativo de la suma ascendente a S/. 2,844.65 (no se incluye el dia 25.12.2000, que fue descontado); Que conforme a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, se ha acreditado el Sr. MORDAZA Gastello Maltese, ha incumplido con las normas establecidas en el desempeno de sus funciones como Jefe de Logistica, conforme lo previsto en el Articulo 28º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, al no haber supervisado fielmente el cumplimiento del Contrato de Seguridad y Vigilancia Nº 656/1999/PROMUDEH/GGA/OL con la Empresa de Seguridad y Vigilancia PSP S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar, al ex Jefe de la Oficina de Logistica, Sr. MORDAZA Gastello Maltese, imponiendole la sancion administrativa de Amonestacion Escrita, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Administracion de Recursos, inicie las acciones administrativas correspondientes, contra la Empresa de Seguridad y Vigilancia PSP S.R.L., para el recupero de la suma de S/. 2,844.65 (DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTICUATRO Y 65/100 NUEVOS SOLES) mas sus intereses legales, al habersele cancelado el servicio, incluyendo puestos de vigilancia no cubiertos. Articulo 3º.- Dispongase, que MORDAZA de la presente Resolucion obre en el legajo personal del ex funcionario Sr. MORDAZA Gastello Maltese y notifiquese el contenido de la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion de Recursos, la Oficina de Recursos Humanos, la Oficina de Auditoria Interna del Promudeh, asi como al ex funcionario sancionado. Registrese, comuniquese y publiquese.

PROMUDEH
Sancionan con amonestacion escrita a ex Jefe de la Oficina de Logistica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2002-PROMUDEH
MORDAZA, 15 de marzo del 2002 Vistos, el Informe Nº 002-2002-PROMUDEH-CEPAD de fecha 15 de marzo del 2002, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 066-2002-PROMUDEH de fecha 29 de enero del 2001, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex funcionario Sr. MORDAZA Gastello Maltese, ex Jefe de la Oficina de Logistica, al no haber desvirtuado las imputaciones expresadas en la Observacion Nº 3 del Informe Nº 003-001/PROMUDEH-OAI -

MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 7044

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