Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2002 (08/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de agosto de 2002

ta el 30 de junio de 2002, para que sin extinguir la deuda principal, otorgue las debidas facilidades a sus prestatarios. La reestructuracion se MORDAZA extinguiendo las deudas por intereses, moras, gastos compensatorios, administrativos y/o judiciales hasta el 30 de junio de 2002. A la deuda principal de las cuotas atrasadas y de las cuotas no vencidas se le aplicara una tasa de interes efectiva anual hasta un MORDAZA de 5% (cinco por ciento), manteniendo las menores tasas pactadas, con un plazo MORDAZA de 20 anos, incluyendo 2 anos de MORDAZA segun las condiciones que establezca el reglamento. Articulo 3º.- Reduccion de deuda 3.1 Autorizase al Banco de Materiales S.A.C. para que proceda a la reduccion de la deuda de los prestamos otorgados para techos livianos mediante el Programa de Reconstruccion de Vivienda, el Programa de Prevencion Fenomeno del MORDAZA y Programa de Autoconstruccion, segun sea el caso, por el deterioro de los techos como consecuencia de fenomenos naturales. 3.2 Los beneficiarios de la reduccion de la deuda, seran aquellos prestatarios que acrediten su condicion de damnificados a traves de un Certificado de Damnificado emitido por la Municipalidad Distrital o Provincial, del lugar donde se encuentre el inmueble afectado, lo que se MORDAZA de conocimiento publico. 3.3 Para acogerse a este beneficio los prestatarios deberan pagar una cuota final especial equivalente a S/.10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) con lo cual se procedera a la resolucion de la deuda. Articulo 4º.- Plazo de acogimiento Los beneficiarios podran acogerse a los beneficios de esta Ley, dentro del plazo de 90 dias calendarios posteriores a la publicacion de su reglamento.

PODER EJECUTIVO PCM
Aceptan renuncia de vocales de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI
RESOLUCION SUPREMA Nº 346-2002-PCM
MORDAZA, 7 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, la senora MORDAZA Padron Freundt ha presentado renuncia al cargo de Vocal de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 22º del Reglamento del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-93-ITINCI, Ley Nº 27594, Septima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27789; Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA Padron Freundt al cargo de Vocal de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 14177

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- A partir de la promulgacion de la presente Ley y hasta la publicacion de su Reglamento, el Banco de Materiales S.A.C. suspendera las notificaciones y otras acciones de cobranza previas al inicio de los tramites del MORDAZA judicial respectivo. Segunda.- La presente Ley sera reglamentada en un plazo no mayor de treinta dias naturales a partir de su promulgacion. Tercera.- Deroguese o dejese sin efecto las normas que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 14188

RESOLUCION SUPREMA Nº 347-2002-PCM
MORDAZA, 7 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Abugattas Majluf ha presentado renuncia al cargo de Vocal de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 22º del Reglamento del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-93-ITINCI, Ley Nº 27594, Septima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27789; Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Abugattas Majluf al cargo de Vocal de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 14178

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