Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2002 (08/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 8 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- ETECEN debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por las servidumbres se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 13646

tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. 21121101 Inicio y Llegada de la Linea Electrica S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo Oeste (Linea 236): - Tramo T165 - T170 Nivel de Tension (kV) Nº de Longitud Ancho de Ternas (km.) la Faja (m.)

220

01

2,44

25

Modifican servidumbre otorgada a favor de ETECEN mediante la R.M. Nº 147-95-EM/DGE, respecto a tramo de linea de transmision electrica ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 336-2002-EM/DM
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 VISTO: El Expediente Nº 21121101 organizado por la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la modificacion de la servidumbre de electroducto de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo Oeste, en el tramo T165 - T170, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 176-93-EM/ VME de fecha 6 de agosto de 1993, se impuso a favor de ELECTROPERU S.A., servidumbre de electroducto para regularizar las areas afectadas por el paso de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo, que incluye la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo Oeste; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994, se otorgo a favor de ETECEN concesion definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica, entre otras, con la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo Oeste de una (01) terna, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 033-94; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 147-95-EM/ DGE de fecha 6 de junio de 1995 fue transferida a favor de ETECEN, la servidumbre a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion; Que, con fecha 28 de diciembre de 2001, ETECEN solicita la modificacion de la Servidumbre de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo Oeste por variacion del recorrido de dicha linea en el tramo comprendido entre las estructuras T-165 y T-170; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 018-2002-EM de fecha 14 de MORDAZA de 2002, se modifico la concesion definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica, con la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA -S.E. Chiclayo Oeste, en el tramo comprendido entre las estructuras T-165 y T-170, en una longitud de 2,44 Km.; Que, la peticion de ETECEN se encuentra amparada en lo dispuesto por el Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 054-2002-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la servidumbre de la que es titular Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. ETECEN en virtud de la Resolucion Ministerial Nº 147-95EM/DGE respecto del tramo comprendido entre las estructuras T-165 y T-170, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA - S.E. Chiclayo Oeste por haber variado su recorrido, de acuerdo a la documentacion

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 176-93-EM/VME, respecto al trayecto modificado de la Linea de Transmision a que se refiere la presente Resolucion, quedando vigente en los demas extremos. Articulo 3º.- Los propietarios de los nuevos predios sirvientes, dentro de la faja de servidumbre, no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 4º.- ETECEN debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los nuevos predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 5º.- ETECEN debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 13645

Declaran infundada impugnacion contra el otorgamiento de la buena pro en concurso publico convocado a fin de contratar servicio de seguridad y vigilancia para el Ministerio
RESOLUCION Nº 003-SG/C.P. Nº 0004-2002-MEM
MORDAZA, 6 de agosto de 2002 VISTOS: (1) El Expediente Nº 1375246, de fecha 19.7.2002, seguido por Servicios y Vigilancia en General S.A.C. (en adelante, SEVIGESAC), representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Wong, sobre recurso de apelacion interpuesto contra el acto administrativo de otorgamiento de la buena pro correspondiente al Concurso Publico Nº 0042002-MEM/SG-OGRS, para la contratacion del "Servicio de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Energia y Minas"; (2) El escrito Nº 1375840, de fecha 24.7.2002, mediante el cual la empresa Sistemas Integrales de Seguridad S.A. (en adelante, SINSE S.A.), absuelve el traslado conferido del recurso de apelacion interpuesto por SEVIGESAC; (3) La comunicacion s/n dirigida a la Secretaria General del Ministerio de Energia y Minas, presuntamente por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Benaducci, recepcionada con fecha 31 de MORDAZA de 2002; CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2002, el Ministerio de Energia y Minas convoco al Concurso Publico Nº 004-2002MEM para la contratacion de "Servicios de Seguridad y Vigilancia para el Ministerio de Energia y Minas"; Que, mediante Resolucion Secretarial Nº 006-2002-EM/ SG de fecha 20 de febrero de 2002, se designo al Comite Especial encargado de conducir el Concurso Publico Nacional para la contratacion del "Servicio de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Energia y Minas"; Que, durante el MORDAZA de seleccion, mediante Oficio Nº 001-2002-CP004-CE/P-EM se elevaron al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) las observaciones planteadas por los postores a las Bases del Concurso Publico Nacional Nº 004-2002-MEM;

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