Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2002 (18/12/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 18 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 235285

CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de Visto, el Presidente del Consejo del Notariado comunica al Despacho Ministerial los resultados finales del Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial en el Distrito Notarial de Ica; Que, conforme consta en las actas del Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial en el Distrito Notarial de Ica, remitidas al Consejo del Notariado por el respectivo MORDAZA Calificador, MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha resultado ganadora de la plaza notarial correspondiente al Distrito de Coracora, Provincia de Parinacochas, Distrito Notarial de Ica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 5º, de la Ley Organica del Sector Justicia aprobada mediante Decreto Ley 25993; el articulo 12º, de la Ley del Notariado, Decreto Ley 26002; el articulo 29º, del Reglamento de Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 398-2001JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar a la senorita abogada MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notaria Publica del Distrito de Coracora, Provincia de Parinacochas, Distrito Notarial de Ica, debiendo expedirse a tal efecto el Titulo correspondiente. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion al Colegio de Notarios de Ica, para los fines de ley. Registrese comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 22302

De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones legales contra el representante legal de la empresa MORDAZA INGS S.C.R.LTDA., tendentes a la recuperacion de S/. 5,046.17 mas los intereses legales, por lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 22279

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial para la recuperacion de suma de dinero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 789-2002-MTC/02 MORDAZA, 13 de diciembre de 2002

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra representantes de empresa para la recuperacion de suma de dinero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 787-2002-MTC/02 MORDAZA, 13 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC (cuyas actividades han sido asumidas por PROVIAS NACIONAL) y la empresa MORDAZA INGS S.C.R.LTDA. celebraron el Contrato de Obra Nº 007-98MTC/15.02.SINMAC para la ejecucion de la obra: Construccion de Obras de Arte y Reposicion de Pavimentos, Carretera Panamericana Sur, Tramo: MORDAZA - Cuesta del MORDAZA, Km. 580 + 000 - Km. 890 + 000 (Sub Tramo 07); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 359-99-MTC/ 15.02.SINMAC se aprobo la liquidacion del Contrato de Obra Nº 007-98-MTC/15.02.SINMAC, la misma que fue impugnada por la empresa MORDAZA INGS S.C.R.LTDA, habiendose expedido la Resolucion Directoral Nº 163-2001MTC/15.02.SINMAC que declara fundada en parte la reconsideracion interpuesta por la mencionada empresa rectificando los articulos 2º y 3º de la Resolucion Directoral Nº 359-99-MTC/15.02.SINMAC; Que, segun los terminos de los Informes Nºs. 037-2002PRT-GAL/FBV y 040-2002-PROVIAS-N-GAL/FBV, de la Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL, el estado de cuenta efectuado de acuerdo a la Resolucion Directoral Nº 163-2001-MTC/15.02.SINMAC, ha determinado un saldo de S/. 5,046.17 en contra del contratista, cuya acreencia a favor del MTC no ha podido ser notificada en el domicilio legal de dicha empresa, por no existir el domicilio senalado; Que, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones del caso para defender los intereses del Estado;

CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de MORDAZA de 1998, en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, se produjo un accidente de MORDAZA con consecuencias fatales pereciendo el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de oficio mecanico, en circunstancias que se encontraba debajo del camion PNP ABIR Nº DH3374 de la Policia Nacional buscando la MORDAZA mecanica que le impedia funcionar, habiendo sido arrollado por el camion volquete de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de Nº de Registro 2452 que estaba a cargo del chofer MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y se encontraba estacionado en una pendiente tras de la unidad policial; Que, segun el Atestado Policial Nº 49-B-98-IV-RPNPSRHi-SHS, de las investigaciones policiales, manifestaciones recepcionadas y documentos recibidos se determino que el accidente se debio a la negligencia del chofer MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA toda vez que, segun su manifestacion, apago el motor del volquete en la pendiente que se encontraba estacionado, dejando la palanca en posicion de neutro y al percatarse que la unidad motorizada empezo a deslizarse sin control trato de frenar el vehiculo, pero no le respondio toda vez que se encontraba apagado el motor y al ser esta unidad hidraulica no funcionaba los frenos ni la direccion; Que, asimismo, la sentencia de fecha 29 de MORDAZA de 1999, expedida por el Juzgado Mixto de MORDAZA, senala que el accidente se debio a que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no tomo las precauciones necesarias por cuanto el volquete presentaba averias en los frenos posteriores; Que, segun sentencia emitida por la Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA, de fecha 30 de junio de 1999, se confirma la sentencia expedida por el Juzgado Mixto de MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por delito contra la MORDAZA, el cuerpo y la salud - Homicidio Culposo, con pena privativa de MORDAZA suspendida por el periodo que indica y fija la suma de Diez Mil Nuevos Soles (S/. 10,000.00) por concepto de reparacion civil, monto a ser pagado por el sentenciado y el tercero civilmente responsable (MTC) a ser abonado en forma solidaria a favor de los herederos legales de MORDAZA MORDAZA Romero; Que, segun los terminos de Informe Legal Nº 005-2002PROVIAS-D-GAL/PHR de la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS DEPARTAMENTAL, al haber quedado establecido que la causa del accidente mortal se debio a la negligencia del conductor del camion volquete, la suma de S/. 10,000.00 pagada por el MTC a los deudos del occiso debe ser recuperada, autorizandose al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones del caso;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.