Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2002 (30/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, con Solicitud de Registro Nº 012602 del 9 de noviembre del 2000, LAN MORDAZA S.A., requiere la Modificacion de su Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en el sentido de incluir como parte del material aeronautico autorizado, el equipo Airbus A-320; Que, posteriormente, con Solicitud de Registro Nº 2001003608 del 9 de MORDAZA del 2001, LAN MORDAZA S.A solicita la Renovacion de su Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 03532000-MTC/15.16.02 y Memorandum Nº 0148-2001-MTC/ 15.16 emitidos por la Oficina de Asesoria Legal, Memorandum Nº 417-2001-MTC/15.16.05.3 y Memorandum Nº 4452001-MTC/15.16.05.2 emitidos por la Subdireccion de Operaciones Aereas y Subdireccion de Aeronavegabilidad, respectivamente; y, Memorandum Nº 589-2001-MTC/15.16.03 emitido por la Oficina de Asesoria de Politica Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Junta de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la Republica de MORDAZA ha designado a LAN MORDAZA S.A., para realizar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo segun las caracteristicas solicitadas; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 12º numeral 12.1 literal a) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, la Direccion General de Aeronautica Civil resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos a que se refiere la mencionada ley, asi como los establecidos en la Ley de Aeronautica Civil, por lo que la presente renovacion y modificacion se otorga mediante Resolucion Directoral; Que, en aplicacion del Articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo"; resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a LAN MORDAZA S.A., de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 099-98-MTC/15.12, la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (4) anos, contado a partir del 17 de MORDAZA del 2001, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Ministerial Nº 212-98-MTC/15.16 del 7 de MORDAZA de 1998, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING B-767. - BOEING B-737. - AIRBUS A-320. RUTAS Y FRECUENCIAS: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MORDAZA y vv., con veintiun (21) frecuencias semanales.

CON DERECHOS DE TRAFICO DE MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - LOS MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. BASE DE OPERACIONES: - MORDAZA de Chile. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a LAN MORDAZA S.A., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que LAN MORDAZA S.A. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- LAN MORDAZA S.A., esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de LAN MORDAZA S.A.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- LAN MORDAZA S.A., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento, demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- LAN MORDAZA S.A. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a LAN MORDAZA S.A., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de la Republica de MORDAZA, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN VENG Director General de Aeronautica Civil 1824

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