Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2002 (19/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 19 de junio de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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zo desplegado por los principales agentes de la actividad pesquera artesanal a nivel del litoral y de las comunidades pesqueras riberenas de la MORDAZA y MORDAZA del territorio nacional, ha programado realizar el evento denominado "El Pescador Artesanal del Ano 2002", el mismo que es necesario oficializar; Con visaciones de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto, y de Administracion; De conformidad a lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Evento denominado "El Pescador Artesanal del Ano 2002", estableciendo el 29 de junio del 2002 como dia central de dicha actividad. Articulo 2º.- Conformar una comision encargada de seleccionar por Puertos, Caletas, Playas del litoral y Comunidades Pesqueras Artesanales Riberenas de MORDAZA y MORDAZA, al pescador artesanal mas esforzado de cada lugar, la misma que estara integrada por: - Un representante de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal o de la Direccion Regional de Pesqueria de la jurisdiccion, quien la presidira; - El Presidente o Secretario General de la Organizacion Social del lugar que propone al candidato. De acuerdo a lo senalado en el Reglamento del citado Evento cada Direccion Regional elegira a un representante. Articulo 3º.- Conformar una Comision Evaluadora que elegira al "Pescador Artesanal del Ano 2002", teniendo en consideracion los meritos y calificaciones obtenidos por todos los candidatos representantes de las distintas DIREPES, esta Comision estara conformada por: - Un representante del Despacho Ministerial, quien la presidira; - El Director Nacional de Pesca Artesanal; y, - El Director General de Administracion. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de Pesqueria la organizacion del evento mencionado en el Articulo 1º de la presente resolucion, aprobandose para tal efecto el Reglamento que en Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Autorizar al Director General de Administracion a efectuar las acciones correspondientes, en el ambito de su competencia, para contribuir al desarrollo del citado evento. Articulo 6º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto del Pliego 018: Ministerio de Pesqueria, Ano Fiscal 2002, segun el detalle del Anexo 2, que forma parte integrante de la presente Resolucion, de acuerdo a la siguiente Estructura Funcional Programatica: Unidad Ejecutora 001; Ministerio de Pesqueria Funcion 12: Pesca, Programa 044: Promocion de la Produccion Pesquera, Subprograma 0117: Fomento de la Pesca, Actividad 1,00345: Normar, Promover y Desarrollar la Promocion Pesquera, Componente 3.1091: Promocion y Desarrollo, Meta 00003, 01266 Promocion Pesquera, Fuente de Financiamiento 09; Recurso Directamente Recaudados, Generica del Gasto 3: Bienes y Servicios; por un monto ascendente a S/. 9,170.00 (Nueve Mil Ciento Setenta Nuevos Soles). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 10827

Que por Decreto Supremo Nº 007-98-SA, del 24 de setiembre de 1998, se creo el Comite Nacional del Codex Alimentarius, como instancia de coordinacion interinstitucional encargada de efectuar la revision periodica de la normatividad sanitaria en materia de inocuidad de los alimentos, con el proposito de proponer su armonizacion con la normatividad internacional aplicable a la materia; Que la Decimo MORDAZA de la Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales de la MORDAZA a que se refiere el considerando anterior, establecio que el Comite Nacional del Codex Alimentarius estaria conformado por representantes de distintos organismos estatales, incluyendo entre estos a uno del Ministerio de Pesqueria; Que a traves del Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 607-98-PE, del 29 de diciembre de 1998, se designo a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galdos como representante del Ministerio de Pesqueria ante el Comite Nacional de Codex Alimentarius; Que resulta necesario renovar al representante del Ministerio de Pesqueria ante el Comite Nacional de Codex Alimentarius; De acuerdo a lo previsto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Poder Ejecutivo; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, como representante del Ministerio de Pesqueria ante el Comite Nacional de Codex Alimentarius. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la designacion dispuesta por el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 607-98PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 10828

Otorgan permiso de pesca a PERUKO S.A. para operar embarcacion de bandera china en la extraccion del recurso calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 202-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2002 Vistos los escritos de registro Nº CE-00362001 y 05875001, de fecha 22 de MORDAZA del 2002, presentados por la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru del armador extranjero MORDAZA MORDAZA MORDAZA PRODUCTS CO.,LTDA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 138-2001-PE del 16 de MORDAZA de 2001, se establecio un Regimen Provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), con vigencia desde el 1 de junio hasta el 30 de setiembre del 2001, prorrogado hasta el 30 de junio del 2002 por las Resoluciones Ministeriales Nº 308-2001-PE, Nº 413-2001-PE y Nº 107-2002-PE; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera denominada "LIEN MORDAZA Nº 1" de 335 de TN, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, asi como licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede otorgar el permiso de pesca solicitado;

Designan representante del Ministerio ante el Comite Nacional de Codex Alimentarius
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2002-PE MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2002

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