Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2002 (14/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 14 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES LEY Nº 27721

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PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 27720
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente: POR CUANTO:

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SENOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A SALIR DEL MORDAZA DEL 13 AL 21 DE MORDAZA DEL PRESENTE ANO, CON LA FINALIDAD DE VIAJAR A LAS CIUDADES DE BERLIN Y FRANKFURT EN LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Y DE MORDAZA EN EL REINO DE ESPANA
El Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Articulo 102º y en el Articulo 113º de la Constitucion Politica, y en la Ley Nº 26656, ha resuelto acceder a la peticion formulada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y, en consecuencia, autorizarlo para salir del MORDAZA del 13 al 21 de MORDAZA del presente ano, con la finalidad de realizar una Visita Oficial a la Republica Federal de Alemania, con estadias sucesivas en la Capital Federal, Berlin y Frankfurt, con el objeto de promover el dialogo politico y las relaciones comerciales, de inversion y de cooperacion; y para participar en la II Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de MORDAZA Latina y el Caribe y la Union Europea (ALC-UE), a realizarse en MORDAZA, Reino de Espana. La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2002. Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 8609

LEY QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL EL INVENTARIO, CATASTRO, INVESTIGACION, CONSERVACION, PROTECCION Y DIFUSION DE LOS SITIOS Y ZONAS ARQUEOLOGICAS DEL MORDAZA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase de necesidad publica y de interes nacional el inventario, la elaboracion del catastro, investigacion, conservacion, proteccion y difusion de los monumentos arqueologicos prehispanicos, conforme a la definicion del Articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED. Articulo 2º.- Intangibilidad Declarase intangibles e inalienables los monumentos arqueologicos prehispanicos senalados en el Articulo 1º de la presente ley. Articulo 3º.- Cooperacion obligatoria Declarase como cooperantes obligatorios para lo establecido en los Articulos 1º y 2º de la presente ley: a) Los Ministerios que se involucren o relacionen directa o indirectamente con los monumentos arqueologicos prehispanicos, b) Las universidades publicas y privadas de la Republica que tengan facultades o escuelas de Arqueologia, Turismo o Ingenieria de cada region, c) Las municipalidades distritales y provinciales en cuya jurisdiccion se encuentren ubicados los monumentos arqueologicos prehispanicos, d) Los consejos de administracion regional, e) La Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, f) La Superintendencia de Bienes Nacionales; y, g) La Policia Nacional del Peru. Articulo 4º.- Entidad responsable El Instituto Nacional de Cultura es el encargado de planificar, dirigir y ejecutar lo establecido en la presente ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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