Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2002 (29/05/2002)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2002

conforme a lo dispuesto en el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el servicio de publicacion; Que, con Hojas de Coordinacion Interna Nºs. 350 y 416-2002-ME/SG-OA-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por la Resolucion Nº 118-2001CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerase, en via de regularizacion, al Ministerio de Educacion, del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, y autorizase a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio de publicacion del aviso "Vamos Todos al Colegio", efectuado el MORDAZA 17 de marzo de 2002, por un valor referencial de S/. 97 453,00. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, sera con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento: 00; Funcion 03; Programa 006; Subprograma 0005; Actividad 100110; Componente 30010; de la Unidad Ejecutora 024, del Pliego 010 - Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidas a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 9564

Autorizan contratar servicios de publicacion de espacios publicitarios relativos a centros de atencion a la comunidad educativa, mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 307-2002-ED MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2002

Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, dispone que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001PCM, adiciono al primer parrafo del Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, referido a los servicios personalisimos, la precision respecto a que se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificacion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, la Jefa de la Oficina de Prensa y Comunicaciones del Ministerio, mediante el Memorandum Nº 244-2002SG-OPYC-ME, solicita la autorizacion para ejecutar una MORDAZA de difusion referente al "Centro de Atencion a la Comunidad Educativa", el mismo que se inaugurara el 15 de MORDAZA y que tiene como objetivo garantizar que la transparencia, la democratizacion y la lucha contra la corrupcion, se institucionalicen en la actual administracion; motivo por el cual, se habilito el Centro Educativo MORDAZA Ugarte, para atender a la comunidad educativa, con sus quejas, denuncias e iniciativas; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 017/OPYCMED, elaborado por la Oficina de Prensa y Comunicaciones del Ministerio de Educacion, se deduce que, es necesaria la difusion de espacios publicitarios MORDAZA cintillo en medios de comunicacion escrito y de un spot radial, durante dos semanas despues de la inauguracion, que garanticen la difusion del numero telefonico 0800 y la existencia del Centro de Atencion; por lo que, es conveniente la contratacion de los servicios de los diarios "Correo", "El Trome", "Liberacion", "La Republica" y "Radio Programas del Peru", como medio radial, teniendo en cuenta el precio, el numero del tiraje, la distribucion en diferentes segmentos socioeconomicos e intelectuales y la cobertura nacional, respectivamente; Que, con Hoja de Coordinacion Interna Nº 059-2002ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 516-2002-ME/SG-OAJ, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Articulo 113º, dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º de la Ley requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad; el mismo que contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y la necesidad de la exoneracion, contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones o adquisiciones que se realicen de conformidad con lo previsto en el Art. 19º de la misma ley, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y se publicara en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el Informe que lo sustenta deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en consecuencia resulta necesaria la contratacion del servicio de publicacion de espacios MORDAZA cintillo en medios de comunicacion escrita como "Correo", "El Trome", "Liberacion" y "La Republica" y de un spot radial en "Radio Programas del Peru", a fin de garantizar la difusion del numero telefonico 0800 y la existencia del Centro de Atencion a la Comunidad Educativa; observando lo previsto en el primer parrafo del articulo mencionado en el considerando precedente, que establece que las

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