Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2003 (04/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 4 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Cultura cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 14439 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 522/INC MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2003 Visto el Acuerdo Nº 06/18.02.2003 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 06/ 18.02.2003 propuso se declare monumento al inmueble donde vivio don MORDAZA MORDAZA Carreno, ubicado en MORDAZA Grau Nº 202, distrito de Amotape, provincia de Paita, departamento de Piura; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la Ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles", Decretos Supremos 039-70-VI y Nº 6370-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolucion Directoral Nacional Nº 350/INC que dispone las funciones de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Decreto Supremo Nº 022-2002-ED, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al inmueble donde vivio don MORDAZA MORDAZA Carreno, ubicado en MORDAZA Grau Nº 202, distrito de Amotape, provincia de Paita, departamento de Piura. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 14440

PROMPEX
Designan funcionarios responsables de brindar informacion al publico y de actualizar el MORDAZA de internet, conforme a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 022-2003-PROMPEX/DE San MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece en su articulo 1º que la misma tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrada en el numeral 5 articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo a los articulos 3º y 8º de la precitada ley establece que el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica asi como tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad. Asimismo, establece que la entidad publica debera designar al funcionario responsable de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad MORDAZA mencionado, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante; Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, toda solicitud de informacion debera ser dirigida al funcionario designado por la entidad de la Administracion Publica para realizar esta labor; por lo que, resulta necesario efectuar dicha designacion; Que, asimismo, el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ha dispuesto que las entidades de la Administracion Publica estableceran progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusion a traves del Internet de informacion relativa a los datos generales de la entidad, que incluyan principalmente las disposiciones y comunicados emitidos, su organizacion, organigrama y procedimientos; las adquisiciones de bienes y servicios que realicen, que incluira el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos; y, la informacion adicional que la entidad considere pertinente; senalandose en su ultimo parrafo que corresponde a la entidad publica identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales del Internet; De conformidad con las atribuciones contenidas en los articulos 8º y 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Gerente de la Oficina Central de Administracion y Finanzas, como el funcionario responsable de brindar informacion requeridas por los ciudadanos, en aplicacion de lo establecido en los articulos 3º y 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- Designar al Gerente de la Gerencia de Servicios de Informacion y Comercio Electronico, como el funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA del Internet de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, en virtud a lo establecido en el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806.

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