Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2003 (30/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 30 de diciembre de 2003

MORDAZA de la educacion, la ciencia, la tecnologia y la cultura, tiene amplia experiencia en el monitoreo de proyectos educativos culturales en otros paises, aspecto importante para que colabore con la Biblioteca Nacional del Peru en la direccion y ejecucion del Proyecto de Infraestructura y Equipamiento de la Nueva Sede Institucional, el mismo que concluido permitira mejorar la preservacion, conservacion y difusion de la coleccion bibliografica documental que constituye parte valiosisima del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 186-2003-EF se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, entre las cuales se tiene para el Pliego 113 - Biblioteca Nacional del Peru en el rubro: Inversiones, un monto de S/. 2'000,000.00 (Dos Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, se hace necesario autorizar a la Biblioteca Nacional del Peru la suscripcion de un convenio de cooperacion internacional, en el MORDAZA de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 con la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, organismo internacional de caracter gubernamental para la cooperacion entre los paises iberoamericanos en los MORDAZA de la educacion, la ciencia, la tecnologia y la cultura; Que, de acuerdo con el articulo 25º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, los convenios de administracion de recursos que los Pliegos Presupuestarios suscriban con organismos internacionales para encargarles la administracion de sus recursos, se aprueban por Resolucion Suprema; Con la opinion favorable de la Oficina de Desarrollo Tecnico, encargada del Area de Presupuesto y Planificacion, de la Biblioteca Nacional del Peru mediante Informe Nº 177-2003-BNP/ODT sobre la disponibilidad presupuestal; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion y su modificatoria mediante Ley Nº 26510, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 y el Decreto Supremo Nº 024-2002-ED - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la suscripcion del Convenio de Administracion de recursos entre la Biblioteca Nacional del Peru y la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI para la implementacion y ejecucion del "Proyecto de Infraestructura y Equipamiento de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Peru". Articulo 2º.- Autorizar al Titular del Pliego - Biblioteca Nacional del Peru la suscripcion del Convenio citado en el articulo precedente. Articulo 3º.- Autorizar a la Biblioteca Nacional del Peru a efectuar una transferencia hasta por la suma de S/. 2'000,000.00 (Dos Millones y 00/100 Nuevos Soles) para ser administrados por la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, en merito al Convenio que se autoriza mediante el articulo primero de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion 24229

ENERGIA Y MINAS
Prorrogan la suspension de admision de petitorios para concesiones mineras sobre ciertas areas del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 045-2003-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 051-2002-EM se prorrogo hasta el 31 de diciembre de 2003, la suspension de admision de petitorios para concesiones mineras sobre un area ubicada en el departamento de MORDAZA, al existir petitorios y concesiones en tramite ante la autoridad administrativa y/o en litigio judicial; Que, si bien en el Expediente Nº 2383-1999, la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, resolvio a favor del Ministerio de Energia y Minas, declarando que no es posible acceder a derechos mineros sin el requisito de la previa publicacion de la libre denunciabilidad de las respectivas areas, aun no se han concluido algunos tramites administrativos y/o judiciales en la MORDAZA a la que se refiere el Decreto Supremo Nº 051-2002-EM, resultando necesario ampliar el plazo de la suspension mencionada para salvaguardar y publicitar la condicion de no denunciable de dichas areas, evitando equivocos y protegiendo asi los intereses del Estado y de los particulares en general; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- De la prorroga Prorroguese hasta el 31 de diciembre de 2004, la suspension de admision de petitorios para concesiones mineras sobre el area correspondiente a la MORDAZA 18, identificadas con las siguientes coordenadas U.T.M., PSAD 56: Vertice 1 2 3 4 Norte 8451000 8437000 8437000 8451000 Este 798000 798000 773000 773000

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLURY ROYLE Ministro de Energia y Minas 24225

Establecen condiciones para levantamiento de la suspension de admision de petitorios para concesiones mineras sobre areas ubicadas en la Region MORDAZA de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 046-2003-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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