Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2003 (06/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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y del senor Magistrado interesado, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA ZECENARRO MATEUS Presidente 12760

Nacional de la Magistratura" y del Reglamento de Organizacion y Funciones del CNM, aprobado con Resolucion Nº 435-2002-CNM, del 20 de septiembre de 2002, modificado por Resoluciones Nºs. 476 y 482-2002-CNM, de fecha 31 de octubre y 14 de noviembre de 2002, respectivamente, con las visaciones del Gerente de Administracion y Finanzas y del Gerente Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Nulo el MORDAZA de Seleccion de Menor Cuantia para la adquisicion de un Software Integral de Recursos Humanos y Planillas (Software - Producto Terminado) para el Consejo Nacional de la Magistratura. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 0642003-P-CNM, que aprueba las Bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia para la adquisicion de un Software Integral de Recursos Humanos y Planillas (Software - Producto Terminado) para el Consejo Nacional de la Magistratura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 12692

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Declaran nulo MORDAZA de seleccion de menor cuantia para adquirir Software Integral de Recursos Humanos y Planillas
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 073-2003-P-CNM MORDAZA, 30 de junio de 2003 VISTOS: El Informe Nº 03-2003-CEP-CNM, del Comite Especial Permanente de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, designado mediante Resolucion Nº 025-2001-PCNM, modificado por la Resolucion Nº 058-2001-P-CNM; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 064-2003-P-CNM de fecha 16 de junio de 2003, se aprobo las Bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia, para la adquisicion de un Software Integral de Recursos Humanos y Planillas (Software - Producto Terminado) para el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, mediante Oficio Nº D-1164-2003 (GTN/MON) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hace de conocimiento que en las Bases Administrativas para la adquisicion de un Software Integral de Recursos Humanos y Planillas se han incluido factores de evaluacion subjetivos, por cuanto no se establece una metodologia especifica de asignacion de puntajes; Que, mediante documento del vistos, el Comite Especial Permanente de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que es recomendable recoger las sugerencias y recomendaciones propuestas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y que una vez que se integre a la institucion el profesional de la Oficina de Informatica se reformule las especificaciones tecnicas y los criterios de evaluacion, asimismo recomienda a la Presidencia declarar de oficio nulo el MORDAZA de seleccion de menor cuantia para la adquisicion de un Software Integral de Recursos Humanos (Producto Terminado) y dejar sin efecto la Resolucion Nº 064-2003-P-CNM, que aprueba las Bases del citado MORDAZA de seleccion; Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Titular de Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por algunas de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias y en uso de sus facultades establecidas en el Articulo 37º de la Ley Nº 26397 "Ley Organica del Consejo

Nombran Vocales de las Cortes Superiores de Justicia de Tacna-Moquegua, La MORDAZA, Canete, Huaura, Ucayali, Ica y MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 240-2003-CNM San MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Informe de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento de Magistrados y la solicitud de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DONGO MORDAZA, acogiendose a lo previsto en el articulo 40º del Reglamento de Concursos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales, para cubrir plazas vacantes del Poder Judicial y Ministerio Publico, materia de la Convocatoria Nº 002-2002; y, CONSIDERANDO: Que, habiendo concluido las etapas del concurso publico de meritos y evaluacion personal, para cubrir las plazas de vocales superiores y fiscales adjuntos supremos y superiores, conforme a lo previsto por la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura y el Reglamento de Concursos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 382-2002-CNM, publicado el 21 de MORDAZA de 2002; Que, de conformidad con el articulo 40º del reglamento citado, el Pleno del Consejo, en sesion de la fecha, procedio al nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DONGO MORDAZA, como Vocal de la Corte Superior de Justicia de Tacna - MORDAZA, acordando que la proclamacion, entrega de titulo y juramento se realice en acto publico; En cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades conferidas por los articulos 150º y 154º de la Constitucion Politica del Peru, 2º, 21º inciso a) y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DONGO MORDAZA, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Tacna - Moquegua. Segundo.- Proceder al acto de proclamacion, juramento y entrega de titulo en ceremonia publica del Pleno

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