Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2003 (02/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2003 Impuestos (Pasajes) Tarifa CORPAC US$ 135,62 28,00

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 08369

la que habiendo vencido con exceso el termino de ley otorgado sin que hayan sido levantadas las observaciones formuladas, debe declararse inadmisible el recurso de revision presentado. FUNDAMENTACION: En el presente caso es evidente que se ha configurado el supuesto de la MORDAZA contenida en el articulo 173º del Reglamento, que establece que la omision de los requisitos de admisibilidad del recurso de revision debera ser subsanada por el impugnante dentro del plazo MORDAZA de dos (2) dias, computado desde la recepcion del recurso, transcurrido el cual sin que se MORDAZA subsanado la omision, el Tribunal rechazara el recurso y ordenara el archivamiento del expediente. Por estos fundamentos y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM. LA SALA RESUELVE: 1. Declarar inadmisible el recurso de revision presentado por Comercial MORDAZA de MORDAZA, debiendo archivarse el expediente respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS MORDAZA MORDAZA 08209

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Declaran inadmisible recurso de revision contra otorgamiento de Buena Pro de licitacion publica nacional convocada por el Ejercito para el suministro de viveres
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 328/2003.TC-S1 SUMILLA: La omision de los requisitos de admisibilidad del recurso de revision debera ser subsanada por el impugnante dentro del plazo MORDAZA de dos (2) dias transcurrido el cual sin que se MORDAZA subsanado la omision, el Tribunal rechazara el recurso y ordenara el archivamiento del expediente. MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2003 Visto, en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 31.03.03, el Expediente Nº 300/2003.TC sobre el recurso de revision presentado por COMERCIAL MORDAZA DE MORDAZA contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nacional Nº 0012003/1ª BI Rfzda, convocada por la Primera Brigada de Infanteria Reforzada del Ejercito del Peru para el "Suministro de viveres para el personal de Servicio Militar Obligatorio segun relacion de items"; y atendiendo a lo siguiente: ANTECEDENTES: 1. Con fecha 21 de marzo de 2003, Comercial MORDAZA de MORDAZA interpuso recurso de revision contra el otorgamiento de la Buena Pro en la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003/1ª BI Rfzda, convocada por la Primera Brigada de Infanteria Reforzada del Ejercito del Peru para el "Suministro de viveres para el personal de Servicio Militar Obligatorio segun relacion de items". Ante la falta de los requisitos exigidos, el funcionario de Mesa de Partes observo el documento presentado otorgando el plazo de dos (2) dias para su subsanacion, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 173º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2. Con fecha 26 de marzo de 2003, la Secretaria del Tribunal informa que el escrito presentado ha sido observado por no acompanar el comprobante de pago de la tasa por concepto de interposicion de recurso, la garantia a favor de CONSUCODE equivalente al uno por ciento (1%) del valor referencial del MORDAZA de seleccion, petitorio MORDAZA y preciso, MORDAZA del aviso de convocatoria o bases (valor referencial), senalar domicilio procesal en la MORDAZA de MORDAZA, firma del abogado, domicilio de la Entidad para ser notificada, asi como la MORDAZA del recurso de apelacion y los anexos correspondientes para la otra parte. Asimismo, sena-

CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
FE DE ERRATAS RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 058-CND-P-2003 Mediante Oficio Nº 318-2003-CND/P el Consejo Nacional de Descentralizacion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Presidencial Nº 058-CND-P2003, publicada en la edicion del 23 de MORDAZA de 2003, en la pagina 243066. En el noveno parrafo del CONSIDERANDO: DICE: Que, por ello la designacion ha recaido en los senores: 1) MORDAZA MORDAZA Fontenoy MORDAZA, quien prestara sus servicios en el organo de administracion y finanzas, asi como en: 2) MORDAZA Velasco MORDAZA, 3) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y 4) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes prestaran servicios de asesoria a la alta direccion, indicando que cada uno de los mencionados profesionales reune los requisitos senalados y poseen amplia experiencia en asuntos de la administracion publica; DEBE DECIR: Que, por ello la designacion ha recaido en los senores: 1) MORDAZA MORDAZA Fontenoy MORDAZA, quien prestara sus servicios en el organo de administracion y finanzas, asi como en: 2) MORDAZA Velasco MORDAZA, 3) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 4) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y 5) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo, quienes prestaran servicios de asesoria a la alta direccion, indicando que cada uno de los mencionados profesionales reune los requisitos senalados y poseen amplia experiencia en asuntos de la administracion publica; 08401

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