Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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las Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 447-2003-PRODUCE CONTRATO MORDAZA DE PRESTACION DE SERVICIOS DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO SATELITAL - (SISESAT) Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS que celebran, de una parte......................................................................., identificado con D.N.I. Nº................, en representacion de ................................................................ .................................................................................., con R.U.C. Nº..................., debidamente inscrita en .......................................................................................... ............................................., con domicilio legal en ........................................, a quien en adelante se le denominara LA EMPRESA y de la otra parte ............... ..............................................., en representacion de ......................................................................., con R.U.C. Nº..................., debidamente inscrita en ..................................................................... ............................................., con domicilio legal en ..................................................................................... a quien en adelante se le denominara EL ARMADOR, en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULAS GENERALES ANTECEDENTES: CLAUSULA PRIMERA: LA EMPRESA ha sido autorizada por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 031-2003PRODUCE para brindar servicios especializados de localizacion geografica y recoleccion de datos dentro del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, utilizando equipos satelitales instalados a bordo de las embarcaciones pesqueras, de acuerdo a las condiciones establecidas en la MORDAZA citada norma. CLAUSULA SEGUNDA: EL ARMADOR es propietario/poseedor de la embarcacion pesquera denominada "............" de matricula ............................, con permiso de pesca vigente otorgado mediante Resolucion ........................ . OBJETO DEL CONTRATO: CLAUSULA TERCERA: Por el presente contrato LA EMPRESA se obliga a suministrar al Ministerio de la Produccion y a EL ARMADOR los datos de localizacion y los valores de los demas parametros suministrados por el equipo satelital instalado a bordo de la embarcacion descrita en la Clausula MORDAZA, cumpliendo con las condiciones establecidas en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0312003-PRODUCE. Por su parte, EL ARMADOR se compromete a pagar puntualmente a LA EMPRESA por la prestacion del servicio y uso del equipo satelital. CARACTERES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: CLAUSULA CUARTA: Los servicios de localizacion geografica y recoleccion de datos dentro del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, seran realizados por LA EMPRESA cumpliendo con las condiciones establecidas en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE, y las demas que las partes establezcan en las Clausulas Adicionales del presente Contrato.

CLAUSULA QUINTA: Los servicios objeto de prestacion a cargo de LA EMPRESA tienen caracter exclusivo, salvo que por razones de caso fortuito o fuerza mayor lo autorice expresamente y por escrito el Ministerio de la Produccion. PLAZO DEL CONTRATO: CLAUSULA SEXTA: El presente Contrato tendra vigencia a partir del 1 de enero del 2004, hasta que el Ministerio de la Produccion declare mediante Resolucion Ministerial la culminacion del MORDAZA Provisional para la implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital, establecido mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE. RESOLUCION: CLAUSULA SETIMA: EL ARMADOR podra resolver unilateralmente el presente Contrato, con la sola comunicacion por escrito a LA EMPRESA, en un plazo no menor de cuarentiocho (48) horas, previa autorizacion de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, de conformidad con lo establecido en los literales a) y b) del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE. PRECIO Y FORMA DE PAGO: CLAUSULA OCTAVA: El precio pactado por la prestacion del servicio es de CIENTO SESENTITRES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 163.00) mas IGV, los cuales seran abonados en forma mensual, mientras dure la vigencia del presente Contrato. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: CLAUSULA NOVENA: EL ARMADOR esta obligado a pagar la retribucion objeto de la prestacion a su cargo, en la forma y oportunidades pactadas en las Clausulas Adicionales del presente Contrato. CLAUSULA DECIMA: EL ARMADOR se obliga a utilizar el equipo satelital instalado a bordo de su embarcacion pesquera para sus necesidades particulares y de acuerdo al uso correcto para el que fue instalado. Queda terminantemente prohibido el subarrendamiento, el prestamo del equipo satelital, el retiro indebido, asi como la modificacion del mismo. CLAUSULA DECIMO PRIMERA: LA EMPRESA, por su par te, se obliga a ejecutar la prestacion a su cargo, cumpliendo con las condiciones establecidas en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 031-2003PRODUCE. CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: Si por causas no atribuibles a EL ARMADOR se deja de emitir los datos de localizacion y los valores de los demas parametros suministrados por el equipo satelital, LA EMPRESA asumira todos los gastos que implique la instalacion de un MORDAZA equipo satelital. CLAUSULA DECIMO TERCERA: LA EMPRESA esta obligada a emitir a nombre de EL ARMADOR el respectivo recibo o comprobante de pago por los servicios prestados. CLAUSULA DECIMO CUARTA: Ninguna de las partes sera responsable de las consecuencias del incumplimiento y ejecucion de sus obligaciones, o del retraso de las mismas, cuando sea atribuible a caso fortuito y fuerza mayor, segun lo dispuesto en el articulo 1315º del Codigo Civil. GASTOS Y TRIBUTOS: CLAUSULA DECIMO QUINTA: Todos los gastos que genere la celebracion y ejecucion del presente contrato seran de cuenta de LA EMPRESA.

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