Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2004 (23/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 23 de febrero de 2004 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- APROBAR, el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES y CONTRATACIONES, de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, para el Ano Fiscal 2004, cuyo detalle forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Direccion General de Administracion, cumpla con publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, aprobado mediante la presente Resolucion, asi como se ponga a disposicion de los interesados, de acuerdo al Art. 7º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, haciendo entrega oportuna a los Organismos correspondientes, CONSUCODE y PROMPYME, respetando los terminos y plazos que establece la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. GONGORA MORDAZA MORDAZA Presidente Comision Organizadora 03722

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Autorizan contratacion de servicio de supervision de la obra "Proyecto de Infraestructura y Equipamiento de la nueva sede de la Biblioteca Nacional del Peru"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 033-2004-BNP MORDAZA, 13 de febrero de 2004 VISTOS, el Informe Nº 010-2004/BNP/ODT/AI del Area de Infraestructura Bibliotecaria de la Oficina de Desarrollo Tecnico, unidad organica encargada del "Proyecto de Infraestructura y Equipamiento de la nueva sede de la Biblioteca Nacional del Peru" y el Informe del Asesor Legal Externo de fecha 13 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2010-2003-EF/68.01 de fecha 2 de diciembre del 2003 remitido por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, se declara viable el "Proyecto de Infraestructura y Equipamiento de la nueva sede de la Biblioteca Nacional del Peru"; Que, por Decreto Supremo Nº 186-2003-EF de fecha 21 de diciembre del 2003, se autoriza la transferencia de S/. 2'000,000.00 (Dos millones y 00/100 Nuevos Soles) al Pliego 113: Biblioteca Nacional del Peru - rubro: Inversiones para reiniciar la ejecucion de la construccion del citado Proyecto; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 071-2003-ED de fecha 29 de diciembre del 2003, se autoriza la suscripcion del Convenio de Administracion de Recursos entre la Biblioteca Nacional del Peru (BNP) y la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura (OEI), para la implementacion y ejecucion del citado Proyecto, el mismo que se suscribe como Convenio de Cooperacion Tecnica Nº 001-2003 en fecha 31 de diciembre del 2003; Que, de otro lado, mediante Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre la Biblioteca Nacional del Peru y la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA de fecha

28 de febrero del 2003, se acuerda iniciar el intercambio de informacion tecnica y asesoramiento para la proxima supervision de obra de la continuacion de la construccion del MORDAZA local institucional de la Biblioteca Nacional del Peru; Que, el valor referencial de dicho servicio de supervision de obra asciende a S/. 73,981.00 (Setenta y tres mil novecientos ochenta y uno y 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV), con precios cotizados al mes de noviembre del 2003, cuya fuente de financiamiento proviene de recursos ordinarios; Que, el Area de Infraestructura Bibliotecaria de la Oficina de Desarrollo Tecnico, unidad organica encargada del "Proyecto de Infraestructura y Equipamiento de la nueva sede de la Biblioteca Nacional del Peru", mediante el Informe en vistos emite opinion tecnica favorable respecto de la contratacion de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA para la supervision de la ejecucion de dicho Proyecto, toda vez que trata de una entidad del Estado que, en comparacion con los precios del MORDAZA y en razon de costos de oportunidad, resulta su contratacion ventajosa, favorable y eficiente, razon por la cual es calificada como idonea y viable, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y del articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sobre exoneracion de MORDAZA de seleccion de las contrataciones entre Entidades del Sector Publico; Que, conforme a lo expuesto en el Informe Legal en vistos, se establece que el Area de Infraestructura Bibliotecaria de la Oficina de Desarrollo Tecnico ha sustentado tecnicamente la exoneracion del MORDAZA de seleccion, conforme a la normatividad legal indicada en el considerando precedente; Que, asimismo, resulta de aplicacion lo dispuesto en los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM respecto a que se establece que determinada la necesidad de efectuar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos por la misma y que las exoneraciones de los procesos de seleccion realizados al MORDAZA del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, a traves del cual la autoridad competente determinara la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y en el articulo 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Resolucion del Titular del Pliego que apruebe los procesos de seleccion conforme al articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision; Que, adicionalmente, en cumplimiento del articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM se debe remitir MORDAZA de los Informes Tecnico y Legal que sustentan la resolucion al Organo de Auditoria Interna en el termino de cinco (5) dias y en cumplimiento del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 0122001-PCM a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion; Estando a lo informado por el Director Ejecutivo (e) del Area de Infraestructura Bibliotecaria de la Oficina de Desarrollo Tecnico y el Asesor Legal Externo y con

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