Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2004 (05/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 14º.- Los puestos de venta, tendran un area minima de 5 m2, a excepcion de los puestos de venta de aves beneficiadas, carnes, pescados y mariscos, los que deberan tener 6 m2; como minimo, en ambos casos, ninguno de los dos lados debera ser menor de 2.00 m. Articulo 15º.- Los puestos de carnes, aves beneficiadas, pescados y mariscos, deberan contar con mostradores y lavaderos recubiertos de material liso, sin grietas, con surtidor de agua con llave de cierre automatico. Los lavaderos y bancos o tablas de cortes de eviscerados, deberan estar alejados del mostrador, garantizando que las operaciones de MORDAZA y corte no afecten al usuario, principalmente por el salpicado de agua, sangre, escamas y otros. Deberan contar ademas, con facilidades de refrigeracion o congelacion. Articulo 16º.- Los puestos dedicados a preparacion y expendio de comidas y bebidas, se ubicaran en una seccion separada de la MORDAZA de comercializacion de alimentos crudos, de los servicios higienicos, del colector de residuos y de cualquier otro punto de contaminacion, y a una distancia no menor de 25 m de cualquiera de ellos. El area de atencion al publico, debera estar incorporada al puesto, no esta permitido invadir en modo alguno los pasadizos o areas de circulacion, en concordancia con lo establecido en el Articulo 7º de la presente Ordenanza. Debera tener un area propia para el preparado de alimentos, MORDAZA de servicios y despensa, con buena ventilacion e iluminacion. La cocina debera tener un area de 6 m2 como minimo y contara con MORDAZA extractora de humos y olores. Esta prohibida la atencion al publico directamente de la cocina. Debera tener MORDAZA revestidas de mayolica MORDAZA, a una altura minima de 1.50 m, y pisos de loseta o similar. Articulo 17º.- Las divisiones de los puestos de ventas, asi como la cobertura, deben ser de material incombustible. Esta prohibido el uso de triplay, plastico o similar, Las puertas pueden ser enrollables metalicas. Articulo 18º.- Los puestos deberan estar agrupados en secciones, distribuidos por giros, numerados en forma correlativa y mostraran la numeracion y licencia de apertura de establecimiento, en lugares visibles. Articulo 19º.- Los puestos de venta no deben abrir hacia la via publica, debiendo atender todos ellos, hacia el interior del mercado. Articulo 20º.- Los mercados deberan respetar las normas de seguridad establecidas por INDECI y Bomberos, en relacion al numero de extintores y su ubicacion, para ser usados con prontitud en caso de incendios; y de senalizacion de areas de seguridad y evacuacion en caso de sismos. CAPITULO V REQUISITOS PARA SOLICITAR LICENCIA DE OBRA EN VIA DE REGULARIZACION Articulo 21º.- La Licencia de Obra en Via de Regularizacion, sera otorgada por la Jefatura de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, al propietario o representante legal de la persona juridica, que realice actividades comerciales en locales propios, en concordancia con lo establecido en el CAPITULO II de la presente Ordenanza. En el caso que la persona juridica no sea propietario del local que ocupa, para solicitar la Licencia de Obra en Via de Regularizacion, debera presentar Contrato de Alquiler y autorizacion expresa del propietario para solicitar la licencia y ejecutar la obra. Articulo 22º.- El representante legal de la persona juridica solicitante, debidamente acreditado, debera presentar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la siguiente documentacion: a. Carpeta, incluyendo hoja de tramite, cuadro de valores, FUO, parte 1, por triplicado, firmado por Arquitecto o Ingeniero Colegiado, y el propietario.

b. Boleta de Habilitacion del Profesional responsable. c. Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, vigente. d. MORDAZA simple del certificado literal de dominio o con dictamen legal del abogado. e. Poder otorgado al Representante Legal del propietario, inscrito en Registros Publicos; o de la persona juridica, constituida de acuerdo a lo establecido en el Articulo 2º, de la presente Ordenanza. f. Presupuesto de obra. g. Planos de acuerdo a Ley Nº 27157 y su Reglamento, firmados por el propietario, con sello y firma del Arquitecto Representante. Los planos deberan graficar la ubicacion de los puestos de venta, de acuerdo a lo indicado en el Articulo 18º de la presente Ordenanza. h. Fotos a color del local, mostrando el frente y los edificios colindantes. i. Memoria descriptiva j. Comprobante de pago por derechos:
Revision C.A.P. ___________ 0.10% valor de la obra (minimo 1% UIT) Revision Administrativa _____ 0.25% valor de la obra (minimo 1% UIT) Revision INDECI __________ 0.02% valor de la obra (minimo 1% UIT) Revision BOMBEROS ______ 0.02% valor de la obra (minimo 1% UIT)

k. Para la revision de BOMBEROS e INDECI, se debera presentar planos de evacuacion, senalizacion, calculo de evacuacion y sistema contra incendios; debidamente sellados y firmados por profesional competente. CAPITULO VI REQUISITOS PARA SOLICITAR LICENCIA GENERAL E INDIVIDUAL DE APERTURA DE ESTACIONAMIENTO Articulo 23º.- La Licencia General de Apertura de Establecimiento, sera otorgada en forma corporativa, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 2º de la presente Ordenanza; y a nombre de la razon social que los agrupa. Esta Licencia no es extensiva a los puestos de venta. Articulo 24º.- El representante legal, debidamente acreditado, debera presentar a la Gerencia de Comercializacion los siguientes documentos: a. Formato de Solicitud y Declaracion Jurada de Veracidad de los documentos que se presentan. b. Licencia de Regularizacion de Obra, otorgada por la Jefatura de Obras Privadas de la Gerencia de Desarrollo Urbano. c. Titulo de Propiedad o documento que lo acredite, o Contrato de Alquiler vigente, debidamente legalizado notarialmente, en caso de tratarse de local arrendado. d. Escritura Publica de Constitucion de la Persona Juridica, que solicita la Licencia General de Apertura de Establecimiento, inscrita en los Registros Publicos. e. Certificado de Numeracion del acceso principal del mercado. f. Fotocopia del DNI del Representante Legal solicitante. g. Certificado de Compatibilidad de Uso, con Inspeccion Tecnica Basica de Defensa Civil, para mercados con area menor de 500 m2. h. Certificado de Compatibilidad de Uso, con Inspeccion Tecnica de Detalle de Defensa Civil, para mercados con area mayor de 500 m2. i. Recibo de Pago de Derechos por Autorizacion: 10.5625% U.I.T. Articulo 25º.- La Licencia Individual de Apertura de Establecimiento sera otorgada a cada propietario o conductor de un Puesto de Venta del Mercado. Articulo 26º.- El Propietario o Conductor del Puesto de Venta debidamente acreditado, debera presentar a la Gerencia de Comercializacion, los siguientes documentos: a) Formato de Solicitud y Declaracion Jurada de Veracidad de los documentos que se presentan.

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